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Ratifican la Ordenanza Municipal N° 241-MDS sólo en lo concerniente a la tasa o derecho administrativo detallado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Socabaya

Ratifican la Ordenanza Municipal N° 241-MDS, sólo en lo concerniente a la tasa o derecho administrativo detallado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Socabaya

Ordenanza Municipal

Nº 1199

Arequipa, 21 de setiembre de 2020

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE AREQUIPA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial de Arequipa, se ha reunido en Sesión Extraordinaria desarrollada en forma virtual mediante video conferencia, el 18 de setiembre del 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Estado en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, con Oficio Nº 172-2020-MDS, registrado con Expediente Nº 25190-2020, la Municipalidad Distrital de Socabaya, solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 241-MDS de fecha 4 de marzo del 2020, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Socabaya;

Que, con Informe Nº 023-2020-MPA/GPPR-SGR.fph. el Sub Gerente de Racionalización, concluye que la Estructura de Costos que sustenta las Tasas del Procedimiento Administrativo de la Municipalidad Distrital de Socabaya, sí cumple con la metodología de costos dispuesto por el D.S. Nº 064-2010-PCM, siendo ratificado por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, mediante Informe Nº 715-2020-MPA/GPP;

Que, mediante Informe Nº 083-2020-MPA/GAT/SGRT, la Sub Gerencia de Registro Tributario de la Municipalidad Provincial de Arequipa, concluye que el petitorio ha cumplido con las formalidades correspondientes señalando que se ratifique la Ordenanza Municipal Nº 241-MDS de la Municipalidad Distrital de Socabaya, sólo en lo concerniente a las tasas o derechos administrativos detallados en el procedimiento incorporado al Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Socabaya, circunscribiéndose a 168 procedimientos aprobados mediante Ordenanza Municipal Nº 241-MDS, y que están debidamente sustentados en los Cuadros Resúmenes de Costos de los Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Socabaya. No es competencia de la Municipalidad Provincial de Arequipa, ratificar los procedimientos incorporados en su TUPA;

Que, el inciso 43.1 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, para el caso de los Gobiernos Locales, asimismo, señala que dichos procedimientos deben de ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados por cada entidad;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en Materia Tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, para su entrada en vigencia y exigibilidad, deben de ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción;

Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y de conformidad con la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidad y de acuerdo con lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Dictamen Legal Nº 496-2020-MPA/GAJ, el Concejo Municipal Provincial, por Unanimidad aprobó la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Municipal Nº 241-MDS de fecha 4 de marzo del 2020, sólo en lo concerniente a la tasa o derecho administrativo detallado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Socabaya y que están debidamente sustentados en los Cuadros Resúmenes de Costos de los Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Socabaya.

Artículo 2º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Socabaya, proceda a publicar la Ordenanza Municipal materia de ratificación, en aplicación del Artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades.

POR LO TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

OMAR JULIO CANDIA AGUILAR

Alcalde Provincial

1910775-1