El Peruano/ S?bado 12 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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terrestre regular de personas de ?mbito provincial?, seg?n
el texto que, en Anexo, forma parte integrante de la
presente Resoluci?n Ministerial.
Art?culo 3.- Disponer la publicaci?n de la presente
Resoluci?n Ministerial y suAnexo, en el Portal Institucional
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.
gob.pe/mtc), el mismo d?a de la publicaci?n de la presente
Resoluci?n Ministerial en el diario o?cial El Peruano.
de la circulaci?n y el tr?nsito terrestre por parte de las
Municipalidades Provinciales y la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercanc?as
- SUTRAN; en ese sentido, propone la publicaci?n del
proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento
del Sistema de Control de Licencias de Conducir por
Puntos;
Que, el art?culo 14 del Reglamento que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicaci?n de
proyectos normativos y difusi?n de normas legales de
car?cter general, aprobado por Decreto Supremo N?
001-2009-JUS, se?ala que las entidades p?blicas deben
disponer la publicaci?n de los proyectos de normas
de car?cter general que sean de su competencia en el
Diario O?cial ?El Peruano?, en sus portales electr?nicos
o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que
las personas interesadas formulen comentarios sobre las
medidas propuestas;
Que, el numeral 5.1 de la Directiva N? 010-2018-
MTC/01 ?Directiva que establece el procedimiento para
realizar la publicaci?n de proyectos normativos?, aprobada
por Resoluci?n Ministerial N? 977-2018-MTC/01, se?ala
que mediante resoluci?n ministerial publicada en el Diario
O?cial El Peruano se dispone la difusi?n de todo proyecto
normativo de car?cter general, en el portal institucional del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante
cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10)
d?as h?biles, salvo que por mandato legal expreso se
establezca un plazo diferente;
Reg?strese, comun?quese y publ?quese.
EDUARDO GONZ?LEZ CH?VEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1911369-1
Disponen publicar proyecto de Decreto
Supremo que aprueba el Reglamento del
Sistema de Control de Licencias de Conducir
por Puntos
Reso l uci?n Minist eRiAl
n? 936 -2020-Mt c/01.02
Lima, 11 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Memor?ndum N? 1482-2020-MTC/18
y Memor?ndum N? 1279-2020-MTC/18 de la Direcci?n
GeneraldePol?ticasyRegulaci?nenTransporteMultimodal
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y;
Que, en consecuencia, es necesario disponer la
publicaci?n del proyecto de Decreto Supremo que aprueba
el Reglamento del Sistema de Control de Licencias
de Conducir por Puntos, en el portal institucional del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos
de permitir que los interesados formulen sugerencias y
comentarios;
CONSIDERANDO:
Que,laLeyN?29370,LeydeOrganizaci?nyFunciones
del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, establece
que el Ministerio tiene competencia de manera exclusiva
en materia de servicios de transporte de alcance nacional
e internacional, entre otras; asimismo, ejerce competencia
de manera compartida con los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, en materia de servicios de transporte
de alcance regional y local, circulaci?n y tr?nsito terrestre;
Que, el art?culo 3 de la Ley N? 27181, Ley General de
Transporte y Tr?nsito Terrestre, establece que la acci?n
estatal en materia de transporte y tr?nsito terrestre se
orienta a la satisfacci?n de las necesidades de los usuarios
y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud,
as? como a la protecci?n del ambiente y la comunidad en
su conjunto; y conforme al literal a) del art?culo 16 de la
misma Ley, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
es el ?rgano rector a nivel nacional en materia de
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N?
29370,
la Ley de Organizaci?n y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley
N? 27181, Ley General de Transporte y Tr?nsito
Terrestre; la Ley N? 29365, Ley que crea el Sistema
de Control de Licencias de Conducir por Puntos; el
Decreto Supremo N? 001-2009-JUS, que aprueba el
Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a
la Publicidad, Publicaci?n de Proyectos Normativos
y Difusi?n de Normas Legales de Car?cter General;
y, la Directiva N? 010-2018-MTC/01 ?Directiva que
establece el procedimiento para realizar la publicaci?n
de proyectos normativos?, aprobada por Resoluci?n
Ministerial N? 977-2018-MTC/01;
SE RESUELVE:
transporte
y tr?nsito terrestre, y tiene competencia
normativa para dictar los reglamentos nacionales y las
disposiciones necesarias para el desarrollo del transporte
y el ordenamiento del tr?nsito;
Art?culo 1.- Publicaci?n del proyecto
Disponer la publicaci?n del proyecto de Decreto
Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema de
Control de Licencias de Conducir por Puntos y de su
Exposici?n de Motivos, en el Portal Institucional del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.
pe/mtc), el mismo d?a de la publicaci?n de la presente
Resoluci?n Ministerial en el Diario O?cial ?El Peruano?,
con el objeto de recibir los comentarios y/o aportes de
las entidades p?blicas, privadas y de la ciudadan?a en
general, dentro del plazo de quince (15) d?as h?biles,
contados a partir del d?a siguiente de la publicaci?n de la
presente resoluci?n.
Que, asimismo, el art?culo 28 de la Ley N? 27181, Ley
General de Transporte y Tr?nsito Terrestre, establece
que la acumulaci?n de infracciones de tr?nsito que han
quedado ?rmes en instancia administrativa, de acuerdo
con lo establecido en la citada Ley y en el Reglamento
Nacional de Tr?nsito, se inscriben debidamente en el
Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos,
y que dicho Sistema se implementa y ejecuta por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante la Ley N? 29365, Ley que establece el
Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos,
se crea el Sistema de Control de Licencias de Conducir
por Puntos, estableciendo un puntaje espec??co para
cada infracci?n de tr?nsito contenida en el Reglamento
Nacional de Tr?nsito, el mismo que tiene un tope m?ximo
de cien (100) puntos para cada conductor con licencia
de conducir h?bil; asimismo, dispone que dicho Sistema
es implementado y ?scalizado por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Art?culo
comentarios
2.- Recepci?n y sistematizaci?n de
Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el
proyecto de Decreto Supremo a que se re?ere el art?culo 1
de la presente Resoluci?n Ministerial, deben ser remitidas
al Ministerio de Transportes y Comunicaciones con
atenci?n a la Direcci?n de Seguridad Vial de la Direcci?n
General
de Pol?ticas y Regulaci?n en Transporte
Multimodal, a la direcci?n electr?nica onsv@mtc.gob.pe.
Reg?strese, comun?quese y publ?quese.
Que, mediante los documentos de vistos, la Direcci?n
de Pol?ticas y Regulaci?n en Transporte
General
Multimodal sustenta la necesidad de reorganizar el
marco regulatorio del Sistema de Control de Licencias
de Conducir por Puntos, mediante la aprobaci?n de un
reglamento que de manera sist?mica ordene las normas
aplicables, recon?gurando su operatividad con el prop?sito
de asegurar la efectividad del control y supervisi?n
EDUARDO GONZ?LEZ CH?VEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1911373-1