Aprueban las bases para el sorteo denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 16-2020-MVMT
Villa María del Triunfo, 4 de diciembre de 2020
EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
VISTOS: El Informe Nº 163-2020-SGRFT/GAT/MVMT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 289-2020-GAT-GM-MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 406-2020-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la aprobación de las Bases para el Sorteo denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, esto último, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el Artículo 42º de la mencionada Ley Nº 27972 refiere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 309-MVMT, se aprueba la realización del sorteo público denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”, en cuyo Artículo Tercero, se faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las Bases del Sorteo y dicte las demás disposiciones complementarias para su efectiva realización;
Que, a través del Informe Nº 163-2020-SGRFT/GAT/MVMT, la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, elabora y remite las Bases del Sorteo denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros” para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía, en cumplimiento del Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 309-MVMT;
Que, con el Informe Nº 289-2020-GAT-GM-MVMT, la Gerencia de Administración Tributaria, opina favorablemente respecto de la aprobación de las bases remitidas por la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria;
Que, mediante el Informe Nº 406-2020-GAJ/MVMT, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe las Bases del Sorteo denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”;
Que, a través del Memorándum Nº 1081-2020-GM-MVMT, la Gerencia Municipal, precisa que el Sorteo Público “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos tributarios, con un vehículo cero kilómetros”, se realizará” el día 04 de enero de 2021, a las 12:00 horas, en las instalaciones del Palacio de la Juventud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo;
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR LAS BASES PARA EL SORTEO denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”, cuya realización fue aprobada mediante Ordenanza Nº 309-MVMT, que como Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal gestionar las autorizaciones y la adopción de las demás medidas necesarias para la realización del sorteo en el Palacio de la Juventud de Villa María del Triunfo, el día 04 de enero de 2021 a horas 12:00 HORAS.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria, la elaboración de un módulo informático para la realización del sorteo, de acuerdo con las especificaciones contenidas en las Bases aprobadas en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (www.munivmt.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión entre los vecinos.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELOY CHAVEZ HERNANDEZ
Alcalde
ANEXO DEL DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 16- 2020-MVMT
BASES PARA EL SORTEO “LA
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO PREMIA LA PUNTUALIDAD DE PAGOS CON UN VEHÍCULO CERO KILÓMETROS”
Artículo 1.- Del sorteo
La Municipalidad de Villa María del Triunfo realizará el sorteo denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”, el día 04 de enero de 2021, a las 12:00 horas, en las instalaciones del Palacio de la Juventud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, entre los contribuyentes que se encuentren al día con sus obligaciones tributarias por Impuesto Predial.
La finalidad del sorteo es promover la cultura tributaria, el cumplimiento puntual y oportuno de pagos de los tributos entre los contribuyentes, con el propósito de otorgar un tratamiento distintivo a los contribuyentes puntuales.
Artículo 2.- Del premio
El premio del sorteo será un vehículo cero kilómetros marca Suzuki, modelo New Alto 800 ST ABS PS, valorizado en USD 7,460.19 (siete mil cuatrocientos sesenta con 19/100 dólares americanos).
Artículo 3.- De los participantes
Para efectos del presente sorteo, participarán todos aquellos contribuyentes hábiles registrados en la Municipalidad de Villa María del Triunfo como personas naturales y/o sociedades conyugales, propietarios o poseedores de uno o más predios en el distrito, cuyo uso sea casa habitación y/o terreno sin construir que, al 31 de diciembre de 2020 hayan cumplido con pagar la totalidad de los tributos municipales correspondiente al Impuesto Predial, inclusive del ejercicio 2020 y que no registren deudas vencidas pendientes de pago, de acuerdo con el reporte generado por la Gerencia de Administración Tributaria.
No se considerarán a aquellos contribuyentes que tuvieren suscrito un convenio de fraccionamiento con la administración tributaria o que se encuentren en algún proceso de fiscalización tributaria o cobranza coactiva con la Municipalidad. Tampoco se considerará a los contribuyentes omisos o subvaluadores previamente identificados por la Gerencia de Administración Tributaria.
No podrán participar del sorteo los funcionarios y servidores de la Municipalidad, cualquiera sea su régimen laboral o contractual. Tampoco participarán sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Artículo 4.- De la modalidad del sorteo
El sorteo se realizará el día 04 de enero de 2021, a las 12:00 horas, en las instalaciones del Palacio de la Juventud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo. Por motivos de la emergencia sanitaria declarada a nivel nacional, no se permitirá el ingreso del público. El sorteo y la posterior entrega del premio serán transmitidos a través de la página oficial de Facebook de la Municipalidad (www.facebook.com/VMTmunicipio/).
El procedimiento del sorteo comprende las siguientes acciones:
- La Gerencia de Administración Tributaria solicitará a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la información de los contribuyentes que cumplan los requisitos señalados en el artículo precedente, identificándolos con número de cuenta corriente, apellidos y nombres, número de documento de identidad y domicilio.
- La Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información desarrollará un módulo informático en el que cargará la información brindada, capaz de sortear y arrojar a un ganador.
- Durante toda la realización del sorteo se contará con la presencia de un notario público, quien dará fe a la legalidad y la transparencia del sorteo. Del mismo modo, se cursará la invitación al Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad para que participe, en calidad de veedor, en todas las etapas del sorteo, desde la elaboración del aplicativo informático para el sorteo hasta la realización del mismo.
- El personal de la Gerencia de Administración Tributaria, con apoyo de la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, accederá a la base de datos electrónica para obtener el nombre del ganador.
- El resultado será verificado por el notario público presente en el acto, quien luego de otorgar su conformidad, dará paso al gerente de Administración Tributaria quien proclamará al ganador.
- Antes del inicio del sorteo, el notario público presente elaborará un acta en la que se detallarán las incidencias del acto y se señalará el nombre del contribuyente ganador. Al término del sorteo, el acta será suscrita por el notario público, el gerente de Administración Tributaria, el técnico informático presente y el veedor del OCI, previa verificación de que el contribuyente ganador cumpla a cabalidad con las presentes bases.
Artículo 5.- Del ganador y la entrega del premio
La Gerencia de Administración Tributaria convocará al contribuyente que resulte ganador a apersonarse a sus instalaciones ediles en un día y hora que se pactará directamente con él. Para ello, se comunicará vía telefónica y, en caso no obtener respuesta, se le notificará por escrito en el domicilio señalado. Las coordinaciones con el contribuyente ganador deberán iniciarse, como máximo, dentro de las veinticuatro (24) horas posteriores a la realización del sorteo.
La Municipalidad entregará el premio al contribuyente ganador luego de corroborar su identidad, con la presentación del documento identidad (DNI, carné de extranjería, pasaporte u otro). Todo trámite para la entrega del premio será de carácter personalísimo.
Al momento de la entrega del premio, el Gerente de Administración Tributaria y el ganador suscribirán el acta correspondiente. Este último, además, estampará su huella digital en el documento. La Gerencia de Administración Tributaria cautelará la entrega efectiva del premio y toda la documentación necesaria al ganador.
En caso el contribuyente ganador no se apersonara a la Municipalidad en la fecha y hora indicados para recoger el premio, este se reservará por un plazo máximo de treinta (30) días calendario. Transcurrido este plazo sin que sea reclamado, el premio volverá a ser sorteado observando las disposiciones contenidas en las presentes bases.
En caso el ganador hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio únicamente quienes acrediten ser herederos legítimos del causante, mediante la presentación de la documentación que los acredite como tales.
De manera excepcional, en caso el ganador se encontrara impedido de asistir personalmente a recoger el premio, podrá presentarse un tercero debidamente acreditado como tal, mediante la presentación de la carta poder correspondiente certificada por notario público. Además, deberá sustentarse documentariamente el impedimento del ganador.
Artículo 6.- De la publicación del resultado
La Municipalidad publicará el resultado del sorteo en su portal institucional (www.munivmt.gob.pe), así como por la página oficial de Facebook (www.facebook.com/VMTmunicipio/) y en las instalaciones de la Gerencia de Administración Tributaria como máximo dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la realización del sorteo. Los resultados permanecerán publicados por un lapso de treinta (30) días calendario.
Artículo 7.- Del sometimiento a las bases
La participación en el presente sorteo es gratuita y automática para todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados. En tal sentido, los participantes aceptan y se someten a las presentes bases.
El sometimiento a las bases implica que todos los contribuyentes participantes autorizan a la Municipalidad a utilizar y difundir su imagen con fines publicitarios relacionados con el sorteo. En tal sentido, aceptan renunciar a obtener beneficios económicos o de cualquier otra índole por esta difusión o por su participación en los eventos organizados por la Gerencia de Administración Tributaria para tal efecto.
Artículo 8.- Del Comité de Solución de Conflictos y Reclamos
Confórmese el Comité de Solución de Conflictos y Reclamos, integrado por los titulares de la Gerencia Municipal, quien lo presidirá, y de las gerencias de Asesoría Jurídica y de Administración y Finanzas. El Comité será competente para conocer los reclamos que pudieran surgir de la realización del sorteo. Las decisiones que adopte el Comité serán inimpugnables. Realizado el sorteo y entregado el premio sin que hubiera reclamos o si, existiendo estos, hayan sido resueltos, el Comité cesa en sus funciones de manera automática.
Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, que no constituya un conflicto o reclamo, será resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decisión pueda ser objeto de impugnación.
1910450-3