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Modifican el Anexo de la R.D. Nº 42-2017-OTASS/DE correspondiente a la estructura de financiamiento de las acciones de asistencia técnica de EPS GRAU S.A.

Modifican el Anexo de la R.D. Nº 42-2017-OTASS/DE, correspondiente a la estructura de financiamiento de las acciones de asistencia técnica de EPS GRAU S.A.

resolución directoral

N° 056-2020-OTASS/DE

Lima, 10 de diciembre de 2020

VISTO

El Informe N° 008-2019-DO/HAB/OTASS, de la Dirección de Operaciones; el Informe Legal N° 184-2019-OAJ/OTASS e Informe Legal N° 328-2020-OTASS-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante TUO de la Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector;

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 80.1 del artículo 80 del TUO de la Ley Marco, el OTASS dentro de sus competencias cuenta entre otros, con la función de fortalecer las capacidades de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal no incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, y de los demás prestadores del ámbito urbano, con la finalidad de contribuir a la mejora de la gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento;

Que, en concordancia con ello, el numeral 80.2 del artículo 80 de la norma antes citada establece que, para cumplir con sus funciones, el OTASS está facultado para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto, para la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal;

Que, aunado a ello, el numeral 220.2 del artículo 220 del Reglamento, dispone que los recursos públicos transferidos a la empresa prestadora, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia; caso contrario los funcionarios de la empresa prestadora serán susceptibles de las responsabilidades administrativas, civiles y penales que hubiere lugar por el uso indebido de los recursos públicos;

Que, el numeral 15.2. del artículo 15, de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, precisa que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 del citado artículo, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, lo cual es concordante con lo dispuesto en el numeral 220.1 del artículo 220 del Reglamento de la Ley Marco, el cual establece que las transferencias financieras que realiza el OTASS a las empresas prestadoras en función a lo regulado en el numeral 80.1. del artículo 80 del TUO de la Ley Marco, son aprobadas por resolución del Titular del Pliego, requiriéndose informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces;

Que, en el marco de las normas antes citadas, con fecha 25 de agosto de 2017, se suscribe el Convenio Nº 011-2017/OTASS, entre el OTASS y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima – EPS GRAU S.A., en adelante EPS GRAU S.A., con el objeto de establecer los compromisos de las partes para viabilizar la transferencia financiera del Pliego 207: OTASS a favor de la citada empresa, hasta por el monto de S/ 17 469,548.17 (Diecisiete Millones Cuatrocientos Sesenta y Nueva Mil Quinientos Cuarenta y Ocho y 17/100 Soles), para la ejecución de diecisiete (17) acciones de asistencia técnica;

Que, asimismo, mediante Resolución Directoral N° 042-2017-OTASS/DE, de fecha 1 de setiembre de 2017, se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 207: OTASS, hasta por la suma antes indicada, con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de EPS GRAU S.A., destinada a la ejecución de diecisiete (17) acciones de asistencia técnica;

Que, con fecha 17 de diciembre de 2018, se suscribió la Adenda N° 01 al Convenio Nº 011-2017/OTASS, la cual, entre otros aspectos, contempla la ampliación del financiamiento otorgado a la EPS GRAU S.A., situación que dio mérito a la emisión de la Resolución Directoral N° 102-2017-OTASS/DE de fecha 18 de diciembre de 2017;

Que, posterior a ello, con fecha 09 de marzo de 2020, se suscribe la Adenda N° 02 al Convenio Nº 011-2017/OTASS, la cual contempla entre otros aspectos, la modificación de las Fichas N° F-08-GOM y F-09-GOM en su denominación, descripción, justificación, objetivos, metas físicas, entre otros componentes de las fichas antes indicadas;

Que, conforme a lo establecido en el Informe Legal N° 328-2020-OTASS-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante la adenda antes indicada se reformularon las fichas técnicas que se habían aprobado inicialmente, situación que se configura como una modificación a la estructura de financiamiento de la EPS GRAU S.A. que consta como Anexo de la Resolución Directoral N°042-2017-OTASS/DE publicada en el Diario Oficial El Peruano, por lo cual amerita la emisión y publicación de una Resolución Directoral que incluya las modificaciones antes expuestas, considerando la eficacia anticipada de sus efectos;

Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Operaciones y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido por el TUO del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA; y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación de Anexo de Resolución

Modifíquese el Anexo de la Resolución Directoral Nº 42-2017-OTASS/DE, correspondiente a la estructura de financiamiento de las acciones de asistencia técnica de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima – EPS GRAU S.A., el mismo que queda redactado conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en consecuencia, se consigna la denominación de la Ficha F-08-GOM como “Reducción de Costos mediante la optimización de la eficiencia energética del sistema de arranque de los equipos de bombeo en el ámbito de la EPS GRAU S.A.” y la Ficha F-09-GOM como “Mejoramiento del servicio de agua potable del sector operacional IV de Piura, provincia y departamento de Piura”.

Artículo 2.- Precisión

Precisar que la modificación de las Fichas Técnicas F-08-GOM y F-09-GOM, se efectúan con eficacia anticipada al 09 de marzo de 2020.

Artículo 3.- Notificación

Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Operaciones y la Dirección de Monitoreo y Evaluación, para los fines correspondientes en el marco de sus competencias.

Artículo 4.- Publicidad

Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.otass.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES

Director Ejecutivo

ANEXO

ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANONIMA

Item

Código de Ficha

Descripción de la Ficha/ Nombre de la acción o medida

MONTO TOTAL (S/.)

1

F-01-GOM

REPOSICIÓN DE EQUIPOS DE BOMBEO DE LAS CAMARAS DE AGUAS RESIDUALES EN EL AMBITO DE LA EPS GRAU S.A.

3,281,541.00

2

F-02-GOM

MEJORAMIENTO DEL MANTENIMIENTO ELECTROMECANICO DE EQUIPOS DE BOMBEO AGUAS RESIDUALES EN EL AMBITO DE LA EPS GRAU

1,712,102.00

3

F-03-GOM

REPOSICION DE EQUIPOS DE BOMBEO PARA FUENTES SUBTERRANEAS DE AGUA POTABLE ZONAL PIURA

1,325,120.00

4

F-04-GOM

MEJORAMIENTO DEL MANTENIMIENTO ELECTROMECANICO DE EQUIPOS DE AGUA POTABLE EN LA EPS GRAU

959,166.00

5

F-05-GOM

MEJORAMIENTO DE EQUIPAMIENTO ELECTROMECANICO DEL SISTEMA DE BOMBEO DE LA PTAP EL ARENAL

1, 163,583.00

6

F-06-GOM

MEJORAMIENTO DE UNIDADES DE TRATAMIENTO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE EL ARENAL

779,803.00

7

F-07-GOM

REPOSICION DEL SISTEMA ELECTROMECANICO DE ZONA DE CAPTACION DE EMERGENCIA (CAPTACION RIO PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE SULLANA)

624,820.00

8

F-08-GOM

REDUCCION DE COSTOS MEDIANTE LA OPTIMIZACION DE LA EFICIENCIA ENERGETICA DEL SISTEMA DE ARRANQUE DE LOS EQUIPOS DE BOMBEO EN EL AMBITO DE LA EPS GRAU S.A.

997,000.00

9

F-09-GOM

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL SECTOR OPERACIONAL IV DEL DISTRITO DE PIURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PIURA

1, 149,608.00

10

F-01-GC

PROGRAMA DE ACTUALIZACION DEL CATASTRO COMERCIAL EN LA EPS GRAU

2,088,366.54

11

F-02-GC

PROGRAMA DE ADQUISICION DE MACRO MEDIDORES A NIVEL DE ZONALES DE EPS GRAU S.A.

532,500,00

12

F-03-GC

PROGRAMA DE ADQUISICION E INSTALACION DE MICRO MEDIDORES PARA REEMPLAZO

1,252,758.39

13

F-04-GC

RENOVACION DE MACRO MEDIDORES Y OPTIMIZACION DE LECTURAS EN ALTOS CONSUMIDORES EN LA ZONA INDUSTRIAL II DE PAITA

609,300.00

14

F-05-GC

PROGRAMA DE ADQUISICION E INSTALACION DE MICRO MEDIDORES EN USUARIOS QUE NO CUENTAN CON MEDICION

466,179.68

15

F-06-GC

PROGRAMA DE ADQUISICION E INSTALACION DE MICRO MEDIDORES EN EL SECTOR OPERACIONAL 4 DE PIURA

162,599.56

16

F-07-GC

OPTIMIZACION DEL BANCO DE MEDIDORES TIPO ARAD

346,747.00

17

F-08-GC

ADQUISICION DE EQUIPOS Y HERRAMIENTAS PARA TALLER DE MEDIDORES

18,354.00

TOTAL

17,469.548.17

1910886-1