Ordenanza Municipal, que establece incentivo tributario “TRABAJANDO POR TI, PONTE AL DÍA” a favor de los contribuyentes de uso casa habitación dentro del Cercado del Callao
CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza Municipal
Nº 014-2020
Callao, 26 de noviembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 034-2020-MPC/CMPC-SR-COADPA de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en ejercicio de las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972 y el Informe Nº 917-2020-MPC-GGATR-GR de fecha 17 de agosto del 2020 de la Gerencia de Recaudación, el Memorando Nº 1041-2020-GGATR de fecha 17 Agosto del 2020 de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el Memorando Nº 2201 -2020-MPC-GGAJC de fecha 18 de agosto del 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el Memorando Nº 124-2020-MPC-GGPPIDI de fecha 21 de agosto del 2020 de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional; Memorando Nº 2315-2020-MPC-GGAJC de fecha 25 de agosto de 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación; Informe N° 149-2020-MPC-GGA-GA/CP y el Informe N° 1630- 2020-MPC-GGA/GA de la Gerencia de Abastecimiento; Memorando N° 1323-2020-MPC-GGATR de fecha 17 de setiembre de 2020 de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas; Informe N° 1160-2020-MPC-GGATR-GR de fecha 28 de setiembre de 2020; Memorando N° 3006-2020-MPC/GGAJC de fecha 14 de octubre de 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación los cuales aprueban los lineamientos de la presente Ordenanza, teniendo el voto APROBATORIO del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política, en el artículo Nº 194°, otorga autonomía Política, Económica y Administrativa a las Municipalidades, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico, lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 40° de la ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que las Ordenanzas Municipales, en la materia de competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los tributos, tasas licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley (…), asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;
Que, en el caso de los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 195° de la Constitución, ejerciendo dicha función a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Estado Peruano;
Que, es necesario establecer en la jurisdicción del distrito el reconocimiento a los vecinos que cumplen con el pago de sus obligaciones tributarias, de las cuales son sujetos pasivos en ésta jurisdicción;
Que, la presente Administración considera pertinente disminuir el grado de morosidad de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del Distrito del Callao, incentivando a través de sorteo el otorgamiento de premios, la disminución de la brecha morosidad-pago, tendiendo con ésta acción a incrementar los niveles de cumplimiento;
La presente Ordenanza, no aplica a lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 010-2016-IN, toda vez que la actividad denominada: “TRABAJANDO POR TI PONTE AL DIA”, organizada por la Municipalidad Provincial del Callao, no se configura como “Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales o Colectas Públicas”, así como que dicha actividad no involucra la venta o comercialización, con la finalidad de incentivar dichas actividades; las mismas que tampoco representan la naturaleza o razón de ser de ésta Corporación Edil;
Que, sobre el particular diversas Administraciones Tributarias de los Gobiernos Locales, han establecido políticas para el otorgamiento de premios a los contribuyentes que son puntuales en el cumplimiento de sus obligaciones, en vista de que los mismos, históricamente no han recibido reconocimiento alguno, a pesar de contar con estas características positivas a favor de las mismas;
Que, la aprobación del presente procedimiento no sólo originará la disminución de los grados de morosidad de las obligaciones tributarias, sino que inductivamente propiciará el incremento de la Base Tributaria, fomentando cultura tributaria e incrementando los niveles de las mismas, motivo por el cual se hace necesario se proceda a la emisión de la presente norma;
Que, mediante el Informe Nº 917-2020-MPC-GGATR-GR de fecha 17 de agosto del 2020, presenta el Proyecto de Ordenanza denominado “TRABAJANDO POR TI, PONTE AL DIA”, con la finalidad de incentivar a los contribuyentes del Distrito del Callao el pago de sus tributos 2020, para el cual se propone el sorteo de ARTEFACTOS ELECTRODOMÉSTICOS y GIFT CARDS.
a. Los contribuyentes que cumplan con lo establecido en la presente ordenanza entraran en un sorteo de artefactos electrodomésticos, Gift cards por su participación y su conciencia tributaria como buen contribuyente, a los cuales una vez concluida la fecha de acogimientos de la presente ordenanza y dentro de los veinte días posteriores se sortearán los electrodomésticos y Gift Cards, los cuales serán publicados en la página WEB de la Municipalidad Provincial del Callao o será entregados en el domicilio fiscal que se encuentre registrado en nuestra base de datos del sistema de rentas.
b. Se consideran contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público todas las personas naturales y sucesiones intestadas debidamente inscritas en los Registros Públicos, registradas como contribuyentes (activos) del Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del Distrito del Callao, cuyo único predio y uso sea CASA HABITACION incluyendo accesorios al predio principal, si se diera el caso que utilizara parte del predio para fines productivos, comerciales y/o profesionales ello no restringe su participación.
c. De la misma manera se incentiva el pago de las deudas tributarias 2020, a pesar de estar en un estado de emergencia sanitaria de la pandemia en el Perú, que dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, presentamos la presente ordenanza que premiara los esfuerzos de los contribuyentes
Que, mediante Memorando Nº 1041-2020/MPC/GGATR de fecha 17 de Agosto del 2020, la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas hace suyo el Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Recaudación mediante el Informe Nº 917-2020-MPC-GGATR-GR, con la propuesta presentada en el Proyecto de Ordenanza Municipal, con la finalidad de incentivar el pago de la deuda tributaria, indicando que el presente incentivo es por única vez, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente.
Que la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional mediante el Memorando Nº 2113-2020-MPC-GGPPIDI-GPTO de fecha 24 de agosto del 2020 otorga la cobertura presupuestal correspondiente.
Que la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación emite el Memorando Nº 2315- 2020-MPC-GGAJC de fecha 25 de agosto del 2020 y el Memorando Nº 3006- 2020-MPC/GGAJC de fecha 14 de octubre del 2020, el cual determina que la propuesta de la presente Ordenanza Municipal es viable y procedente.
Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972, artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, con dictamen favorable de la Comisión de Administración y Protección Ambiental del Concejo Provincial del Callao.
Que, debido al Estado de Emergencia Sanitaria decretada por el Ministerio de Salud el 11 de marzo de 2020, mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA y Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM de fecha 15 de marzo del 2020 el cual Declara Estado de Emergencia Nacional, como resultado de la inmovilización sanitaria fue modificado mediante el Decreto Supremo 051-2020-PCM del 27 de marzo del 2020 y el Decreto Supremo 064-2020-PCM del 09 de abril del 2020, Decreto Legislativo 075-2020-PCM del 23 de abril del 2020 , Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM del 8 de mayo del 2020 y el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM de fecha 23 de mayo del 2020, última ampliación del estado de emergencia sanitaria de la pandemia en el Perú, que dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, hasta el 30 de junio del 2020, en la que en las actuales circunstancias la economía familiar se encuentra muy vulnerable, es en estas circunstancias que se nos permite presentar la Ordenanza Municipal con la denominación “TRABAJANDO PARA TI, PONTE AL DIA”.
ORDENANZA MUNICIPAL, QUE ESTABLECE INCENTIVO TRIBUTARIO “TRABAJANDO POR TI, PONTE AL DÍA” A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DE USO CASA HABITACIÓN DENTRO DEL CERCADO DEL CALLAO
Articulo 1º.- Finalidad
Reconocer, premiar e incentivar a los vecinos del Cercado del Callao, por el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tales como el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, con lo cual se consolida las políticas de gestión tributaria municipal y se reduce los índices de morosidad.
Articulo 2º.- Objetivo
Aprobar la Ordenanza denominada “TRABAJANDO POR TI, PONTE AL DIA” y establecer las disposiciones que regulen el desarrollo del sorteo para los contribuyentes chalacos que se encuentren al día en sus obligaciones tributarias.
Artículo 3º.- Alcance
Participarán todos los contribuyentes que cumplan con todas las condiciones de ser considerado participante.
Articulo 4º.- Participantes
a. Los participantes del sorteo serán las personas naturales, y/o sucesiones intestadas debidamente inscritas en los Registros Públicos, cuyo único predio y uso sea CASA HABITACION incluyendo los accesorios al predio principal. si se diera el caso que utilizara parte del predio para fines productivos, comerciales y/o profesionales ello no restringe su participación, los mismos que contarán con las siguientes condiciones:
• Contribuyentes que efectúen el pago anual y adelantado del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales 2020 y no registren deuda de años anteriores por concepto tributario hasta la fecha del tercer vencimiento.
• Contribuyentes que efectúen el pago de sus tributos dentro de cada vencimiento y no registren deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por ejercicios anteriores.
• Contribuyentes que se encuentren al día hasta el mes de noviembre de 2020 y no registren deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por ejercicios anteriores.
• No contar con algún proceso contencioso o no contencioso contra la municipalidad y que éste se encuentre en trámite, debiendo desistirse de ellos si lo tuvieran.
Los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados, integrarán el padrón de contribuyentes hábiles para el presente sorteo.
No ingresan al sorteo los contribuyentes cuyo predio(s) este destinado simplemente a comercios u otros usos distintos a casa habitación.
Articulo 5º.- Comisión Organizadora
A fin de efectuar un acto que brinde la debida transparencia la comisión Organizadora estará integrada:
- Presidente–Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas.
- Secretario–Gerencia de Recaudación.
- Miembro–Gerencia General de Administración.
- Miembro–Gerencia General de Relaciones Públicas.
- Miembro–Gerencia de Informática.
Como miembro invitado estará
- Notario Público.
Apoyo:
- Gerencia de Abastecimiento
Articulo 6º.- Premios
Los premios que se otorgarán a través del sorteo son de dos clases, los mismos que se detallan a continuación:
• 55 Premios de Combos de Electrodomésticos.
• 01 Premio Mayor
• 100 Gift Card.
Los cuales se sortearán 20 días posteriores a la culminación de la presente ordenanza cuya relación será publicada en la página Web de la Municipalidad Provincial del Callao.
Articulo 7º.- DE LAS EXCLUSIONES
Se encuentran excluidos de participar en el sorteo:
a) El Alcalde.
b) Los Regidores del Concejo.
c) Los funcionarios, trabajadores nombrados, así como el personal contratado cualquiera fuera la modalidad de su contrato.
d) Cónyuges y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas señaladas en los incisos a), b) y c).
e) Sucesiones Intestadas no inscritas en los Registros Públicos.
Articulo 8º.- Responsabilidades de los Integrantes de la Comisión.
Encargar a la comisión organizadora las acciones necesarias para llevar a cabo el sorteo en el mes de diciembre.
Encargar a la Gerencia de Relaciones Publicas la difusión, publicación y distribución de la propaganda en todos los medios que correspondan en la realización de dichos eventos;
Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Informática la identificación de todos los contribuyentes aptos para el sorteo.
Encargar a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional la parte presupuestal y la Gerencia General de Administración y Gerencia de Abastecimientos la compra y adquisición de los premios propuestos.
Articulo 9º.- CONVOCATORIA.
El sorteo de premios a los contribuyentes al día, será convocado con una anticipación no menor de 5 días calendario al acto del sorteo, mediante avisos publicitarios adecuados.
Articulo 10º.- PADRÓN DE CONTRIBUYENTES APTOS PARA EL SORTEO.
El padrón de contribuyentes aptos para el Sorteo, será elaborado por la Gerencia de Informática y publicado en el portal web de ésta Corporación Edil, con una anticipación no menor a 10 días de la fecha fijada para la realización del Sorteo.
A efectos de que el padrón proporcionado se encuentre debidamente actualizado, la Gerencia encargada de su elaboración deberá coordinar con la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, a efectos de que esta última otorgue la conformidad de su contenido.
El padrón de contribuyentes aptos para el sorteo estará en función al art. 4º de la Ordenanza y deberá contener la siguiente información:
• Apellidos y Nombres completos de los contribuyentes.
• Dirección Fiscal del Contribuyente registrado.
• Código de Contribuyente.
• Documento de Identidad.
Articulo 11º.- PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACION DEL SORTEO
• El sorteo se llevará a cabo a través de la página web de la Municipalidad con la presencia de todos los miembros titulares establecidos en el artículo 4° de la presente Ordenanza, a fin de evitar las aglomeraciones.
• La relación de contribuyentes aptos para el sorteo, será ingresada por la Gerencia de Informática de manera aleatoria de sorteos, el mismo que será cotejado por el notario público para dar fe de la información a procesar en el sorteo.
• La fecha de corte estará sujeto a la fecha de aprobación de la presente ordenanza.
• Los contribuyentes que resulten ganadores serán publicados en la página web de la Municipalidad Provincial del Callao (no habrá padrón de excluidos). Asimismo, se notificará en el domicilio fiscal registrado en la base de datos de la Municipalidad, para que haga efectivo el recojo del premio en la sede central de la Municipalidad Provincial del Callao.
• Una vez concluido el sorteo los integrantes de la Comisión Organizadora suscribirán un acta detallando las incidencias del evento realizado.
Articulo 12º.- CONDICIONES PARA LLEVAR A CABO EL SORTEO
El sorteo se llevará a cabo en acto público, con la presencia de un Notario Público que dará fe de los actos de sorteo, y de la actuación de la Comisión Organizadora del sorteo para los vecinos que cumplen con sus obligaciones tributarias, no siendo necesario la presencia de los contribuyentes. Asimismo, podrá contarse con la presencia máxima de dos veedores asignados.
Si por caso fortuito o fuerza mayor, el sorteo de premios tuviera que suspenderse, la Comisión Organizadora del Sorteo señalará nueva fecha para llevar a cabo el sorteo de los premios pendientes de sortear.
Artículo 13º.- ENTREGA DE LOS PREMIOS
El representante de la Municipalidad hará entrega de los premios a los contribuyentes (beneficiario) debidamente identificados con su documento de identidad (DNI, Carnet de Extranjería u otro, según corresponda).
En caso de que por algún motivo el ganador no pudiera acercarse personalmente a recoger su premio, podrá ser representado por un tercero, quien deberá acreditar mediante carta poder con firma legalizada ante notario, asimismo deberá suscribir la Acta de Entrega del premio en señal de conformidad y en presencia del Notario Público, representantes de la Municipalidad y la Comisión Organizadora del Sorteo.
Para el caso de que el ganador sea una persona fallecida automáticamente perderá su derecho y nuevamente será sorteado el premio.
El premio de no ser reclamado dentro de los 30 días calendario, computados desde el día siguiente de haber sido notificado a su domicilio fiscal, será nuevamente sorteado.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primero. -
Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Recaudación, Gerencia General de Administración, Gerencia de Abastecimiento, Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional, Gerencia General de Relaciones Publicas, Gerencia de Informática.
Segundo. -
La presente ordenanza denominada “TRABAJANDO POR TI, PONTE AL DIA” entrará en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
1909836-1