Disponen la publicación del proyecto “Lineamientos para la Gestión Integrada de los Recursos Naturales”
Resolución Ministerial
Nº 257-2020-MINAM
Lima, 7 de diciembre de 2020
VISTOS; el Informe Nº 00219-2020-MINAM/VMDERN/DGERN, de la Dirección General de Estrategias sobre los Recursos Naturales; el Memorando N° 00667-2020-MINAM/VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 00256-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 01143-2020-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00556-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;
Que, el literal g) del artículo 5 de la Ley N° 26839, Ley sobre la conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica, señala que, en cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, el Estado promueve, entre otros, el manejo integral de los recursos naturales;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, de acuerdo al artículo 6 de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en concordancia con el numeral 1 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, las competencias sectoriales, regionales y locales se ejercen con sujeción a los instrumentos de gestión ambiental, diseñados, implementados y ejecutados para fortalecer el carácter transectorial y descentralizado de la gestión ambiental; para tal efecto, el Ministerio del Ambiente debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinación de la aplicación de estos instrumentos, a través de las directrices para la gestión integrada de los recursos naturales, entre otros;
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente, cuyo primer objetivo específico es lograr la conservación y aprovechamiento sostenible del patrimonio natural del país, con eficiencia, equidad y bienestar social, priorizando la gestión integral de los recursos naturales;
Que, el artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, establece que la Dirección General de Estrategias sobre los Recursos Naturales es el órgano de línea responsable de elaborar los instrumentos de planificación ambiental de carácter nacional para la gestión integrada de los recursos naturales, en el ámbito de sus competencias y supervisar la implementación de los mismos;
Que, en ese contexto, mediante Informe Nº 00219-2020-MINAM/VMDERN/DGERN, la Dirección General de Estrategias sobre los Recursos Naturales presenta el proyecto de “Lineamientos para la Gestión Integrada de los Recursos Naturales”, el cual corresponde ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Estrategias sobre los Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 26839, Ley sobre la conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto “Lineamientos para la Gestión Integrada de los Recursos Naturales”.
Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica aportesdgern@minam.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Gabriel Quijandría Acosta
Ministro del Ambiente
1910030-1