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Aprueban disposiciones para el Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Miraflorino-VPM 2020 (Sorteo VPM)

Aprueban disposiciones para el Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Miraflorino-VPM 2020, (“Sorteo VPM”)

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 019-2020/MM

Miraflores, 3 de diciembre de 2020

EL ALCALDE DE MIRAFLORES:

VISTO, el Informe N° 70-2020-SGR-GAT/MM de fecha 19 de noviembre de 2020, emitido por la Subgerencia de Recaudación; el Memorándum N° 423-2020-GAT/MM de fecha 24 de noviembre de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoria Jurídica; el Memorándum N° 219-2020-GAJ/MM de fecha 25 de noviembre de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 144-2020-SGP-GPP/MM de fecha 24 de noviembre de 2020, emitido por la Subgerencia de Presupuesto; el Memorándum N° 236-2020-SGR-GAT/MM de fecha 25 de noviembre, emitido por la Subgerencia de Recaudación; el Memorándum N° 426-2020-GAT/MM de fecha 25 de noviembre de 2020, emitido por Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 258-2020-GAJ/MM de fecha 26 de noviembre de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 649-2020-GM/MM de fecha 27 de noviembre de 2020, emitido por Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, declaró el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA y N° 031-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19;

Que, según la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza N° 355/MM, publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de julio de 2011, que aprueba el Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino-VPM, promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias; se ha previsto la realización de sorteos anuales, como parte del grupo de beneficios tributarios otorgados a los contribuyentes que cumplen con el pago oportuno de sus tributos;

Que, en ese contexto resulta necesario determinar las disposiciones necesarias para la realización del sorteo del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, así como la asignación de opciones al sorteo a los contribuyentes que reúnan los requisitos fijados en el artículo tercero de la Ordenanza N° 355/MM;

Que, en mérito de la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza N° 355-MM, se faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de dicha ordenanza;

Que, con Memorándums N° 423-2020-GAT/MM y N° 426-2020-GAT/MM, la Gerencia de Administración Tributaria remite el Informe N° 70-2020-SGR-GAT/MM, elaborado por la Subgerencia de Recaudación con el que se pone de conocimiento las disposiciones que regularán el sorteo del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino- VPM, así como las propuestas de los premios a entregarse, respectivamente en coordinación con las áreas pertinentes;

Que, con el Informe N° 258-2020-GAJ/MM de fecha 26 de noviembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que, con la finalidad de incentivar y premiar a los vecinos miraflorinos que cumplen en forma permanente y puntual con sus obligaciones tributarias, es favorable emitir el decreto de alcaldía a fin de aprobar las disposiciones para regular el sorteo anual del programa referido a líneas precedentes;

Que, teniendo en cuenta el marco legal expuesto y los informes técnicos sustentatorios, siendo la política de la actual gestión municipal reconocer el esfuerzo y responsabilidad de los vecinos que cumplen en forma permanente y puntual con sus obligaciones tributarias, a pesar de encontrarnos en estado de emergencia sanitaria a nivel nacional, el cual ha venido afectando a los ciudadanos en su economía; resulta procedente emitir las disposiciones para el Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Miraflorino 2020;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR las Disposiciones para el Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Miraflorino-VPM 2020, (“Sorteo VPM”), cuyo texto forma parte integrante del presente decreto.

Artículo Segundo.- CONFORMAR la Comisión Organizadora del “Sorteo VPM”, la que estará integrada por los funcionarios mencionados en el numeral 7.4 de las disposiciones aprobadas según el Artículo Primero, precisándose que la misma se encargará de la ejecución y control del sorteo, así como de todas las disposiciones necesarias para tal efecto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información el cumplimiento del presente decreto, de acuerdo a sus atribuciones.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía, en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Miraflores (www.miraflores.gob.pe).

Artículo Quinto.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

LUIS MOLINA ARLES

Alcalde

DISPOSICIONES PARA EL SORTEO ANUAL

DEL PROGRAMA VECINO PUNTUAL

MIRAFLORINO – VPM 2020

1. OBJETIVO

Establecer las disposiciones que regulen el sorteo de premios entre los contribuyentes que cumplan puntualmente con pagar el Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo.

2. FINALIDAD

Premiar a nuestros contribuyentes calificados como Vecinos Puntual Miraflorino, en reconocimiento al cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias observadas durante el ejercicio fiscal 2020.

3. ALCANCE

• Gerencia de Administración Tributaria.

• Gerencia de Administración y Finanzas.

• Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información.

• Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional.

4. BASE LEGAL

- Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, publicada el 27.5.2003.

- Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.

- Ordenanza N° 475/MM, modificada por la Ordenanza N° 488/MM, cuyo texto definitivo del Reglamento de Organización y Funciones, ha sido aprobada mediante Ordenanza N° 504/MM del 15 de noviembre de 2018 y modificada mediante Ordenanza N° 557/MM publicada con fecha 28 de noviembre 2020.

- Ordenanza Nº 355/MM, Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino – VPM.

- Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM y sus modificatorias

5. VIGENCIA

El presente documento rige a partir del día siguiente de su aprobación mediante Decreto de Alcaldía, así como en la página web de la Municipalidad de Miraflores.

6. DEFINICIONES

VPM.- Vecino Puntual Miraflorino.- Vecinos que cumplen con sus obligaciones tributarias en forma puntual ante la Municipalidad.

Padrón de Contribuyentes Hábiles.- Listado de contribuyentes que cumplen con la condición para ser catalogados como Vecino Puntual Miraflorino – VPM.

Opción.- Número de alternativas que tienen derecho los contribuyentes hábiles en relación a la modalidad de pago registrada, sea por cuota o anual.

7. DISPOSICIONES GENERALES

7.1. Participantes del sorteo

Tienen derecho a participar en el sorteo, los contribuyentes activos que sean personas naturales (incluye sociedades conyugales) propietarias de por lo menos un predio dedicado a casa - habitación, que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias municipales del ejercicio 2020 y que no tengan deuda de años anteriores pendientes de pago o fraccionados. Asimismo, no deberán registrar recursos impugnatorios respecto de obligaciones tributarias, debiendo en su caso desistirse de los mismos.

Los contribuyentes que cumplan los requisitos precedentes integrarán el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo”.

No podrán participar en el Sorteo el Alcalde, los miembros del Concejo Municipal, los funcionarios, los trabajadores y el personal contratado que presten servicios en la Municipalidad bajo cualquier modalidad, así como también sus respectivos cónyuges.

Asimismo, se excluye de participar al Notario que brinde los servicios de fé pública notarial y de transparencia en el presente sorteo.

7.2. Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo

El Padrón de Contribuyentes será elaborado por la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, siendo el responsable de asegurar la asignación de opciones conforme a lo establecido en el numeral 7.3 del presente documento. Debiendo remitir el Padrón a la Subgerencia de Recaudación, la que aprobará y enviará en forma oportuna a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional para su difusión en la página Web Institucional, la cual deberá efectuarse como mínimo tres (03) días antes de la fecha fijada para el sorteo, permaneciendo hasta la realización del mismo.

La información contenida en el Padrón estará ordenada alfabéticamente y contendrá lo siguiente:

- Nombres y apellidos de la totalidad de contribuyentes – personas naturales propietarias de predios destinados a uso casa - habitación que cumplan las condiciones establecidas en el numeral 7.1 del presente documento.

- Código de Contribuyente.

- Cantidad y número correlativo de opciones que corresponde a cada contribuyente hábil para el sorteo.

- Cada opción será representada por un número y se asignará a cada contribuyente hábil en forma progresiva hasta completar la cantidad de opciones que le correspondan. El universo de opciones del padrón de contribuyentes hábiles comenzará con la numeración 000001.

- El listado del padrón deberá indicar el Nº menor y el Nº mayor de las opciones, para el procedimiento del sorteo.

7.3. Opciones del sorteo

Los contribuyentes que integren el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo”, tendrán opciones, según la fecha de pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio del presente año y dependiendo de la cantidad de predios destinados a casa - habitación que posean en el distrito.

Cada contribuyente que efectúe el pago de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta la fecha de vencimiento para el pago de Tributos, tendrá derecho a:

a. Del Impuesto Predial

01 opción por el pago de cada cuota hasta la fecha de su vencimiento.

04 opciones adicionales por la cancelación anual del tributo hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota.

b. De los Arbitrios Municipales

01 opción por el pago de la cuota hasta la fecha de vencimiento, por cada predio destinado a casa - habitación.

04 opciones adicionales por la cancelación anual del tributo hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota, respecto a cada predio destinado al uso antes referido.

A los contribuyentes condóminos se les asignarán las mismas opciones que tienen los contribuyentes propietarios únicos, para participar en el sorteo.

A los contribuyentes registrados en nuestro sistema como Pensionistas o Adulto Mayor, sólo se les asignarán opciones por concepto de Impuesto Predial en el caso que, aplicada la deducción, su autovalúo supere las 50 UIT y se les genere cuotas a pagar por el referido tributo. Para el caso de los Arbitrios Municipales se procederá a asignar el número de opciones según lo indicado en el literal b.

En ese sentido, para la asignación de opciones del presente sorteo, se tomará en cuenta como fecha máxima de cancelación hasta el vencimiento de la Cuarta Cuota (30 de noviembre de 2020), tanto para el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales respecto a cada predio destinado al uso casa - habitación.

7.4. Comisión del sorteo

La Comisión Organizadora del “SORTEO VPM” estará integrada por los siguientes miembros:

a. Gerente de Administración Tributaria, quien la presidirá.

b. Gerente de Administración y Finanzas, como miembro

c. Gerente de Sistemas y Tecnologías de la Información, como miembro.

d. Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional, como miembro.

e. Subgerente de Logística y Control Patrimonial, como miembro

f. Subgerente de Recaudación, como Secretario.

El presidente y los miembros de la Comisión deberán encargarse de organizar, controlar y ejecutar el “SORTEO VPM”.

7.5. Periodicidad del sorteo

Se realizará un único sorteo durante el mes de diciembre del año 2020.

7.6. Premios a otorgarse

Los premios que se sortearán se sujetarán al presupuesto asignado al programa VPM, los mismos que se detallan a continuación:

1. Bicicleta de Paseo (15 unidades)

2. Bicicleta Plegable (15 Unidades)

3. Laptop (05 Unidades)

4. Televisor LED de 43” (02 Unidades)

Los premios a sortear serán adquiridos por la Municipalidad de Miraflores, siendo la responsable de dicha adquisición la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial.

7.7. Custodia de los premios

La Subgerencia de Logística y Control Patrimonial será la encargada de custodiar y disponer las medidas necesarias para que los premios a entregar se mantengan en el mismo estado de conservación en que fueron recibidos, hasta su entrega física al beneficiario.

8. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

8.1. Organización del sorteo

La comisión dispondrá el lugar, fecha, hora y convocará la presencia de un Notario Público.

8.2. Sorteo

8.2.1 El sorteo se realizará en presencia de un Notario Público y los miembros de la Comisión Organizadora del Sorteo VPM, y será transmitido en vivo en la Página Web y/o redes sociales de la institución.

8.2.2. Procedimiento:

El mecanismo para elegir a los ganadores de los premios a sortearse, se basa en un sistema informático que determina de manera aleatoria a cada uno de ellos en función al Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo al que se hace referencia en el numeral 7.2 del presente documento.

El sistema informático aleatorio elegirá al contribuyente ganador del premio, debiendo previamente excluir a los ganadores de los otros premios.

El sorteo se realizará en presencia de un Notario Público de Lima.

El módulo informático a utilizarse podrá ser verificado aleatoriamente por un Notario Público de Lima, antes de iniciarse el sorteo respectivo.

8.2.3 Funciones del módulo informático

El sistema funcionará de la siguiente manera:

1. Iniciar el contador de premios, empezando en uno.

2. Para cada nuevo premio, buscar de forma aleatoria un registro del total de registros, no considerándose los registros que ya tienen un ganador (valor en el campo número de premio). Dicho registro aleatorio será el ganador del premio.

3. Mostrar el nombre del contribuyente correspondiente a dicho número aleatorio y actualizar el campo número de premio con el número de premio del paso 2 a todos los registros que pertenezcan a dicho contribuyente ganador. De esta forma el contribuyente ganador de un premio ya no puede participar en el Sorteo de los siguientes premios.

8.2.4 Del ganador

El número ganador se leerá desde la visualización de la pantalla dispuesta para el sorteo y será declarado por el señor Notario.

8.2.5 Suscripción del acta

Concluido el sorteo el Notario Público elaborará un “Acta del Sorteo VPM”, según Anexo 1, en la que se detallaran las incidencias del acto y en la que se especificarán los datos de los contribuyentes ganadores de los sorteos. La mencionada acta deberá ser suscrita por los miembros que conforman la Comisión del Sorteo, además del técnico informático de la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información designado como responsable del módulo informático creado para estos efectos.

8.3 Difusión del resultado del sorteo

Los resultados del sorteo serán publicados por la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en la página Web de la Municipalidad de Miraflores y notificados de manera personal al contribuyente ganador en su domicilio fiscal, durante las siguientes dos semanas de realizado el Sorteo.

8.4 Entrega del premio y difusión

El Presidente de la Comisión Organizadora del Sorteo VPM en representación de la Entidad, procederán a efectuar la transferencia de los bienes a favor de cada uno de los beneficiarios.

La entrega física de los premios será efectuada por la Subgerencia de Recaudación en coordinación con la Oficina Vecino Puntual Miraflorino – VPM a los contribuyentes beneficiarios o a sus representantes debidamente autorizados, mediante carta poder con firma legalizada, quienes deberán suscribir el Acta de Entrega del Premio Sorteo VPM, ver Anexo 2, en señal de conformidad, en presencia de los miembros de la Comisión Organizadora y Autoridades que se designen. Se suscribirán tantas actas como premios existen. Para dicha entrega de premios, se programará una fecha posterior a la Ceremonia del Sorteo VPM, la cual será comunicada al beneficiario.

En caso el contribuyente ganador del sorteo no se acerque a recoger su premio durante el lapso de seis (06) meses de realizarse la Ceremonia del Sorteo VPM, la comisión organizadora del sorteo en la persona de su presidente, comunicará a la Gerencia Municipal tal hecho, para que ésta, disponga del bien según las necesidades de la corporación.

El premio no recogido será entregado a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial por los miembros de la comisión organizadora del sorteo, para su custodia respectiva hasta la disposición final del premio por parte de la Gerencia de Administración Tributaria, para el próximo Sorteo VPM o lo que considere.

La difusión de la entrega del premio estará a cargo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional.

9. ANEXOS

- Anexo 1 – Acta del sorteo VPM.

- Anexo 2 – Acta de entrega “Sorteo VPM”

ANEXO 1

ACTA DEL SORTEO VPM

En Lima, a los.........días del mes de……….., del año dos mil............., yo………………... .................................................................... Notario de Lima, me constituí en la Municipalidad de Miraflores, sito en la Av. Larco N° 400, Miraflores, a efectos de llevar a cabo el “SORTEO VPM”, cuyo objetivo es premiar a los contribuyentes que han cumplido puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al presente ejercicio fiscal.

Siendo las ...........horas, se da inicio al “SORTEO VPM”, contando con la presencia de los Miembros de la Comisión Organizadora del Sorteo.

- Sr(a)........., Gerente de Administración Tributaria y Presidente de la Comisión.

- Sr(a)........., Subgerente de Recaudación y Secretario de la Comisión.

- Sr(a)........., Representante de la Gerencia de Administración y Finanzas y miembro de la Comisión.

- Sr(a)........., Representante de la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información y miembro de la Comisión.

- Sr(a)........., Representante de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, y miembro de la Comisión.

- Sr(a)……., Representante de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, y miembro de la Comisión.

Al término del procedimiento resultaron premiados los siguientes contribuyentes:

Siendo las ........horas, se dio por concluido el “SORTEO VPM”, procediendo a redactar la presente Acta con el resultado obtenido, suscribiendo los asistentes, en señal de conformidad:

ANEXO 2

ACTA DE ENTREGA DEL PREMIO “SORTEO VPM”

En Lima, a los..............días del mes de……….. del año dos mil............., yo ..................................................................................................................................., registrado con código de contribuyente N° ………………., identificado con Documento (DNI, Carnet de extranjería u otro), me constituí en la Subgerencia de Recaudación de la Municipalidad de Miraflores, a efectos de recepcionar el premio otorgado en el “SORTEO VPM”, aprobado mediante Ordenanza Nº 355/MM., publicada en el Diario Oficial El peruano con fecha 13 de julio de 2011, llevado a cabo el día ………………………… de 2020 en el Salón de Actos del Palacio Municipal.

Se hace entrega del premio consistente en…………………………………………………….., al:

- ( ) Beneficiario

- ( ) Representante, debidamente autorizado mediante carta poder con firma legalizada, adjunta a la presente

Siendo las .......... horas, se deja constancia de la entrega del premio, en óptimas condiciones, otorgado por la Municipalidad de Miraflores al Contribuyente Puntual Beneficiario del “SORTEO VPM”, procediendo a redactar la presente Acta que suscriben los asistentes:

1909320-1