Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020 de la Unidad Ejecutora 402 Dirección Ejecutiva de Redes de Salud Periférica de Madre de Dios

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020, de la Unidad Ejecutora 402, Dirección Ejecutiva de Redes de Salud Periférica de Madre de Dios

CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

ORDENANZA REGIONAL

Nº 007-2020-RMDD/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria Descentralizada, llevada a cabo el día viernes 09 de octubre del 2020, en el Distrito de Huepetuhe, Provincia de Manu, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de gestión institucional que consolida la estructura orgánica de la Entidad y describe las funciones generales de la misma y las funciones específicas de sus órganos y unidades conformantes, estableciendo relaciones y responsabilidades, bajo los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM.

Que, la Unidad Ejecutora N° 402, Redes de Salud Periféricas en el Departamento de Madre de Dios, integrante del Pliego Presupuestario Código 454, Gobierno Regional de Madre de Dios, fue creada por la Nonagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la cual fue objeto de aprobación por Resolución Ejecutiva Regional Nº 164-2018-GOREMAD/GR.

Que, mediante Ordenanza Regional N° 015-2018-RMDD/CR, de fecha 17 de diciembre del 2018, se aprobó el primer Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Unidad Ejecutora N° 402, Dirección Ejecutiva de Redes de Salud Periféricas de Madre de Dios.

Que, para su actualización, bajo la forma de modificación, la Dirección Ejecutiva, en mención ha conformado, mediante Resolución Directoral N° 133-2020-GOREMAD/DERSP-MDD-DE, una Comisión de Reorganización de los Documentos de Gestión de la Unidad Ejecutora Redes de Salud Periféricas en el Departamento de Madre de Dios 402; la cual, mediante Oficio N° 001-2020-GOREMAD/UE-DERSP-CRDG, ha remitido el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF), para su derivación a la Comisión Técnica encargada de la Reestructuración Orgánica, Administrativa y Funciones del GOREMAD.

Que, la modificatoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Ejecutiva de Redes Periféricas de Salud de Madre de Dios, tiene como fundamentos, los cambios producidos en su estructura orgánica y la necesidad de adecuar su estructura a las nuevas funciones asignadas al Sector Salud, en función del proceso de modernización de la gestión pública, conforme lo explica el Informe Técnico N° 009-2020-GOREMAD/GRPPYAT/SGDIEI, en cuanto refiere la “necesidad de adecuarse a la implementación de la Calidad de Servicios de Salud en la Región de Madre de Dios y a las “nuevas exigencias de la modernidad, que permitan el cumplimiento de los objetivos institucionales, considerando que actualmente la entidad no tiene una estructura adecuada a las nuevas funciones asignadas para el Sector Salud…”.

Que, en la Presentación del documento de gestión propuesto, se advierte que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aún vigente, contiene algunas inconsistencias de carácter técnico y legal, en cuanto califica como órganos de administración interna a los de asesoramiento: Oficina de Planeamiento Estratégico y Oficina de Asesoría Jurídica. Se aclara además, que las Oficinas de Cuidado Integral y la Oficina de Inteligencia Sanitaria debe caracterizarse como órganos de línea de la Dirección Ejecutiva de Redes Periféricas de Salud de Madre de Dios, y las Micro Redes, por su naturaleza y características, deben ser consideradas como órganos desconcentrados, por ser prestadoras de bienes y servicios y representar a la Unidad Ejecutora. Asimismo, señala que el Centro de Salud San Martín de Porres al haber perdido la categoría de Hospital y funcionar ahora como un Establecimiento de Salud de Primer Nivel debe adherirse a una Micro Red.

Que, el literal a) del artículo 15 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, atribuye al Consejo Regional, entre otras, la prerrogativa de “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”.

Que, la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de Madre de Dios, considera que el Proyecto se ajusta a los presupuestos técnicos y normativos establecidos para su aprobación, el Consejo Regional de Madre de Dios, tiene competencia legal para aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020, de la Dirección Ejecutiva de Redes Periféricas de Salud de Madre de Dios; por lo que, recomienda al Pleno del Consejo Regional, su aprobación mediante Ordenanza Regional, conforme a las consideraciones antes expuestas

Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; con el voto aprobatorio por mayoría de votos:

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

Artículo Primero.- APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) 2020, de la Unidad Ejecutora 402, Dirección Ejecutiva de Redes de Salud Periférica de Madre de Dios, integrante del Pliego Presupuestario Gobierno Regional de Madre de Dios, que consta de VI Títulos, Sesenta y nueve (69) Artículos, Dos Disposiciones Complementarias y Una Disposición Final y cuyo Organigrama Estructural, también forma parte de la presente norma regional.

Artículo Segundo.- DERÓGUESE, la Ordenanza Regional N° 015-2018-RMDD/CR, promulgada con fecha 17 de diciembre del 2018 y, las demás disposiciones que se opongan a la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.

En la ciudad de Puerto Maldonado, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veinte.

FÁTIMA PIZANGO SALAZAR

Consejera Delegada

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veinte.

LUIS GUILLERMO HIDALGO OKIMURA

Gobernador Regional

1909299-1