Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan el funcionamiento de Sociedad Titulizadora Sura S.A. como sociedad titulizadora

Autorizan el funcionamiento de Sociedad
Titulizadora Sura S.A. como sociedad titulizadora

Resolución de Superintendente

Nº 117-2020-SMV/02

Lima, 27 de noviembre de 2020

El Superintendente del Mercado de Valores

VISTOS:

El Expediente Nº 2020017473, así como el Informe Nº 1190-2020-SMV/10.2, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades, con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 112-2019-SMV/10.2 del 27 de noviembre de 2019, se otorgó a Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. la autorización de organización de una sociedad titulizadora a ser denominada Sociedad Titulizadora Sura S.A.;

Que, Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV autorización de funcionamiento de Sociedad Titulizadora Sura S.A. para actuar como una sociedad titulizadora;

Que, el artículo 23 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado por Resolución Conasev Nº 001-97-EF/94.10 y sus modificatorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad titulizadora;

Que, a efectos de verificar que Sociedad Titulizadora Sura S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades con participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó una inspección no presencial a través de la plataforma virtual Cisco Webex Meeting, el 3 de noviembre de 2020;

Que, de la evaluación de la documentación presentada por Sociedad Titulizadora Sura S.A. y de la verificación realizada mediante una inspección no presencial, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad titulizadora; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y modificatorias; así como por la Resolución de Superintendente Nº 046-2020-SMV/02;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Sociedad Titulizadora Sura S.A. como sociedad titulizadora.

Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Sociedad Titulizadora Sura S.A. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.smv.gob.pe).

Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Sociedad Titulizadora Sura S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

José Manuel Peschiera Rebagliati

Superintendente del Mercado de Valores

1907966-1