Aprueban modificación del Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2020
resolución directoral
Nº 053-2020-OTASS/DE
Lima, 4 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Informe N° 218- 2020-OPP-OTASS, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 361-2018-EF, del 24 de diciembre de 2018, se aprueba la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 70 000 000,00, destinada a financiar parcialmente el Programa de Inversión “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPS EMAPACOP SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huaral y EMAPA Huacho”;
Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 20-2019-OTASS/CD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto, por la suma de S/ 137 167 824,00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES);
Que, en el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se dispone que los pliegos del Gobierno Nacional y de Gobiernos Regionales que, durante el segundo semestre del Año Fiscal, y con base a las proyecciones al cierre del mismo, prevean una menor ejecución financiera de proyectos financiados con Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, provenientes de endeudamiento externo no desembolsados conforme al contrato de préstamo y normatividad aplicable, se encuentran autorizados para que, mediante resolución de su respectivo Titular del Pliego, procedan a reducir el Presupuesto Institucional en la mencionada fuente de financiamiento hasta por el monto de la referida previsión, previo informe favorable del jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, la Unidad Ejecutora 003: “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS, mediante Informe N° 021-2020-UE003/APP, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, informa que de acuerdo a las proyecciones efectuadas al cierre del ejercicio fiscal 2020, ha identificado saldos de libre disponibilidad hasta por un monto de S/ 16 887 037,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - Fondo Endeudamiento Externo;
Que, asimismo, a través del Oficio N° 0447-2020-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del MEF, teniendo en cuenta la opinión favorable de la Dirección General del Tesoro Público; emite opinión favorable para reducir el marco presupuestal, hasta por un monto de S/ 16 887 037,00, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Que, mediante Informe N° 218-2020-OPP/OTASS, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable en materia presupuestal para efectuar modificación de Presupuesto Institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 16 887 037,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS;
Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar la modificación presupuestaria en el Presupuesto Institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 16 887 037,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado por el Decreto de Urgencia N° 015-2019; en la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto Supremo N° 194-2019-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar la modificación del Presupuesto Institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento correspondiente al Año Fiscal 2020, a fin de reducir el monto de S/ 16 887 037,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado por el Decreto de Urgencia N° 015-2019, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Soles) |
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INGRESOS |
||||||||||||
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 |
: |
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito |
||||||||||
1. |
8 |
ENDEUDAMIENTO |
||||||||||
1. |
8. |
1 |
Endeudamiento Externo |
|||||||||
1. |
8. |
1 |
1. |
Créditos Externos |
||||||||
1. |
8. |
1 |
1.2 |
Provenientes de Organismos Internacionales o Agencias Oficiales |
||||||||
1. |
8. |
1 |
1. |
2 |
2 |
Banco Mundial – BIRF |
16 887 037,00 ========== |
|||||
TOTAL INGRESOS: |
16 887 037,00 ========== |
|||||||||||
(En Soles) |
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EGRESOS: |
||||||||||||
SECCIÓN PRIMERA |
: |
Gobierno Central |
||||||||||
PLIEGO |
207 |
: |
Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento |
|||||||||
UNIDAD EJECUTORA |
003 |
: |
Modernización de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento de las EPSS. |
|||||||||
PROGRAMA PRESUPUESTAL |
082 |
: |
Programa Nacional de Saneamiento Urbano |
|||||||||
PROYECTO |
2325008 |
: |
Gestión del Programa y Otros: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA BARRANCA, EMAPA HUACHO y EMAPA HUARAL |
|||||||||
FUENTE DE FINANCIAMIENTO |
3 |
: |
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito |
|||||||||
GASTOS DE CAPITAL |
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2.6 Adquisición de Activos no Financieros |
16 887 037,00 ========== |
|||||||||||
TOTAL EGRESOS: |
16 887 037,00 ========== |
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), instruye a la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Presentación de la Resolución
Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remita a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y a la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS, copia de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES
Director Ejecutivo
1909392-1