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Aprueban el Dictamen Nº 018-2020-GRC / CR - CAR y autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprueban el Dictamen Nº 018-2020-GRC / CR - CAR y autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Acuerdo de Consejo Regional

Nº 042

Callao, 23 de noviembre de 2020

El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria Virtual celebrada el 23 de noviembre de 2020, con el voto mayoritario de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao.

VISTOS:

El Oficio Nº 000417 – 2020 – CG / GAD de fecha 12 de octubre de 2020 (H.R. Nº SGR – 017152), emitido por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 369 – 2020 – GRC / GA – CONTA de fecha 19 de octubre de 2020, emitido por la Oficina de Contabilidad de la Gerencia de Administración, el Informe Nº 2350 – 2020 – GRC / GRPPAT / OPT de fecha 21 de octubre de 2020, emitido por la Oficina de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Informe Nº 808 – 2020 – GRC / GRPPAT de fecha 22 de octubre de 2020, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 904 – 2020 – GRC / GAJ de fecha 28 de octubre de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao; y, el Dictamen Nº 018 – 2020 – GRC / CR – CAR de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, sobre Sociedades de Auditoría, establece que: “Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. (…) los gobiernos regionales (…) quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego (…)”;

Que, la Ley Nº 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dicta las disposiciones orientadas a modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; que asimismo la Tercera Disposición Complementaria Final de la presente Ley, dispone lo siguiente en el cuarto párrafo: “Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web. El proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General”;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369 – 2019 – CG de fecha 22 de octubre de 2019, se resolvió “Aprobar el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresarial del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo (…)”;

Que, mediante Oficio Nº 000417 – 2020 – CG / GAD de fecha 12 de octubre de 2020 (H.R. Nº SGR – 017152), el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, solicita al Gerente de Administración del Gobierno Regional del Callao, la Transferencia Financiera por el monto de S/. 390,723.00, para la designación de Sociedad de Auditoría que efectúe la Auditoría Financiera Gubernamental del periodo 2020;

Que, mediante Proveído de fecha 15 de octubre de 2020 recaído en la H.R. Nº SGR – 017152, la misma que adjunta el Oficio Nº 000417 – 2020 – CG / GAD, el Gerente de Administración remite la solicitud de Transferencia Financiera para la designación de sociedad de auditoría que efectúe la auditoría financiera gubernamental del período 2020, a la Oficina de Contabilidad, para su urgente atención;

Que, con Informe Nº 369 – 2020 – GRC / GA – CONTA de fecha 19 de octubre de 2020, el Jefe de la Oficina de Contabilidad, manifiesta al Gerente de Administración, que la Contraloría General de la República, de conformidad según lo dispuesto en el inciso 7.2, del numeral 7 de la Directiva Nº 009 – 2018 – CG / NORM “Gestión de Sociedades de Auditoría”, dicho ente realizará el concurso de méritos para designar una sociedad auditora a fin que efectúe la auditoría del período 2019 y el período 2020, una vez que las Entidades efectúen las transferencias según lo establecido en el tarifario aprobado con Resolución de Contraloría Nº 369 – 2019 – CG de fecha 22 de octubre de 2019, y teniendo en cuenta que el Gobierno Regional del Callao, ya cumplió con efectuar la transferencia financiera de los recursos para la auditoría financiera del año 2019, deberá realizar la transferencia financiera del período 2020 por el importe de S/. 390,723.00. Por lo que considera que la decisión de la transferencia solicitada debe trasladarse a la Oficina de Presupuesto y Tributación, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que evalúe si cuenta con disponibilidad suficiente, y luego de ello debe continuarse el trámite de elevación al Consejo Regional para su aprobación;

Que, mediante Proveído de fecha 19 de octubre de 2020 recaído en el Informe Nº 369 – 2020 – GRC / GA – CONTA, el Gerente de Administración remite la solicitud de Transferencia Financiera para designación de sociedad auditora que efectúe la auditoría financiera gubernamental del Año 2020, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para su atención;

Que, por Informe Nº 2350 – 2020 – GRC / GRPPAT / OPT de fecha 21 de octubre de 2020, el Jefe la Oficina de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, precisa que, las transferencias financieras se aprueban con resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional o por acuerdo del consejo regional o concejo municipal, en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; siendo que la resolución del titular del pliego y el acuerdo del consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; concluyendo dicha oficina que es de opinión favorable que se realice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de Sociedad de Auditoría que realizará la auditoría financiera del período 2020 del Gobierno Regional del Callao, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, así como su modificatoria por la Ley Nº 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, publicada el 28 de marzo de 2018, informando de la existencia de disponibilidad presupuestal en el presente año, por el monto de S/. 390,723.00, por la fuente de financiamiento de Recursos Determinados; recomendando remitir los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica y su continuación del trámite para la aprobación del Consejo Regional;

Que, con Informe Nº 808 – 2020 – GRC / GRPPAT de fecha 22 de octubre de 2020, la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General Regional, el Informe Nº 2350 – 2020 – GRC / GRPPAT / OPT, mediante el cual se emite opinión favorable para que se realice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, mencionando de la existencia de disponibilidad presupuestal por el importe de S/. 390,723.00, indicando que, teniendo en cuenta que, la Contraloría General de la República, menciona como plazo para la transferencia 10 días calendario contados desde la recepción del oficio, solicitando la aprobación de la mencionada transferencia financiera por el Consejo Regional, previa opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

Que, mediante Proveído de fecha 26 de octubre de 2020 recaído en el Informe Nº 808 – 2020 – GRC / GRPPAT, el Gerente General Regional remite la solicitud de Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad de auditoría, a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para que emita informe legal;

Que, por Informe Nº 904 – 2020 – GRC / GAJ de fecha 28 de octubre de 2020, el Gerente de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, concluye que, por los fundamentos expuestos e informes emitidos por las áreas competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en función a lo previsto en el numeral 2), del Artículo 41º del Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao; opina que la solicitud de aprobación de Transferencia Financiera para la Contratación de Sociedad de Auditoría hecha por la Contraloría General de la República, corresponde ser aprobada por Acuerdo de Consejo Regional;

Que, mediante Proveído de fecha 28 de octubre de 2020 recaído en el Informe Nº 904 – 2020 – GRC / GAJ, el Gerente General Regional remite la solicitud de Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad de auditoría, a la Secretaría del Consejo Regional, para su trámite correspondiente;

Que, mediante Proveído de fecha 28 de octubre de 2020 recaído en el Informe Nº 904 – 2020 – GRC / GAJ, el Secretario del Consejo Regional remite la solicitud de Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad de auditoría, al Consejero Delegado, para su trámite correspondiente;

Que, cabe indicar que, por Oficio Nº 33 – 2020 – GRC – CR / JSGA de fecha 24 de agosto de 2020, la Consejera Regional, Lic. Johanna Shirley Gutiérrez Alvarado, presenta renuncia a la condición de miembro de la Comisión de Administración Regional;

Que, la Comisión de Administración Regional sesionó el 06 de noviembre de 2020, en vista a la presentación de la renuncia de uno de sus miembros que se cita en el considerando anterior, dicha comisión sesionó con dos de sus miembros, el Consejero Delegado, Roberto Eliazar Fernández Geldres en su calidad de Presidente de Comisión y el Consejero Regional, César Augusto Vargas Arévalo, en su calidad de miembro de la Comisión;

Que, por Dictamen Nº 018 – 2020 – GRC / CR – CAR de fecha 06 de noviembre de 2020, con el voto aprobatorio de los señores Consejeros Regionales Roberto Eliazar Fernández Geldres y César Augusto Vargas Arévalo, la Comisión de Administración Regional recomienda al Consejo Regional, autorizar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/. 390,723.00 Soles, por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, indicado en el Informe Nº 2350 – 2020 – GRC / GRPPAT / OPT de fecha 21 de octubre de 2020, de la Oficina de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, según lo señalado en el Cuadro del Oficio Nº 000417 – 2020 – CG / GAD de fecha 12 de octubre de 2020 (H.R. Nº SGR – 017152), emitido por el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República del Perú, en atención a lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, sobre Sociedades de Auditoría y al Tarifario aprobado con Resolución de Contraloría Nº 369 – 2019 – CG de fecha 22 de octubre de 2019;

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las facultades establecidas en el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en virtud de los considerandos establecidos, por mayoría:

SE ACUERDA:

1. Aprobar el Dictamen Nº 018 – 2020 – GRC / CR – CAR de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Comisión de Administración Regional; en consecuencia, autorizar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/. 390,723.00 Soles, por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, indicado en el Informe Nº 2350 – 2020 – GRC / GRPPAT / OPT de fecha 21 de octubre de 2020, de la Oficina de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, según lo señalado en el Cuadro del Oficio Nº 000417 – 2020 – CG / GAD de fecha 12 de octubre de 2020 (H.R. Nº SGR – 017152), emitido por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República del Perú, en atención a lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742 – Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, sobre Sociedades de Auditoría y al Tarifario aprobado con Resolución de Contraloría Nº 369 – 2019 – CG de fecha 22 de octubre de 2019.

2. Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia de Asesoría Jurídica, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional.

3. Encargar a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25º y siguientes de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

4. Dispensar el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO

Mando se registre y cumpla.

ROBERTO ELIAZAR FERNÁNDEZ GELDRES

Consejero Delegado

1909458-1