Aprueban designación de representantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional de Los Andes para el Periodo 2020
(Se publica el presente Acuerdo a solicitud del Gobierno Regional de Ayacucho, mediante Oficio N° 287-2020-GRA/CR-PCR, recibido el 3 de diciembre de 2020)
Acuerdo de Consejo Regional
Nº 019-2020-GRA/CR
Ayacucho, 21 de febrero de 2020
EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero de 2020, trató el tema relacionado a la designación de tres (03) representantes del Consejo Regional de Ayacucho ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional de Los Andes – Periodo 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado modificado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título VI, establece: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, el artículo 13º de la Ley Nº 29053 - Ley que modifica la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas, está integrado por los Consejeros Regionales;
Que, mediante Oficio Nº 004-2020-MRDL/GG, de fecha 05 de febrero de 2020, el señor Gerente General de la Mancomunidad Regional de Los Andes solicita al Consejo Regional la designación de Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho como representantes ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional de Los Andes para el periodo 2020, la misma que se requiere para llevar a cabo la Sesión de Instalación de la Asamblea, precisando que uno de los representantes es el Consejero Delegado (Presidente del Consejo Regional), en cumplimiento a lo establecido por el numeral 17.1 del artículo 17º del Reglamento de la Ley Nº 29768 – Ley de Mancomunidad Regional aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2013-PCM;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006-2012-GRA/CR, de fecha 15 de febrero del 2012, se Declara la voluntad del Gobierno Regional de Ayacucho de constituir la “Mancomunidad Regional Apurímac- Ayacucho – Huancavelica”, como una persona jurídica de derecho público para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29768 – Ley de la Mancomunidad Regional;
Que, la Ley Nº 29768 - Ley de Mancomunidad Regional, regula el marco legal de la Mancomunidad Regional, estableciendo un mecanismo de coordinación entre Gobiernos Regionales y desarrollar el ejercicio de las competencias constitucionales señaladas en la Constitución Política del Estado;
Que, la Mancomunidad Regional es el acuerdo voluntario de dos o más Gobiernos Regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización;
Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2013-PCM, establece que la Mancomunidad Regional de los Andes es una entidad con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal, constituida a partir del acuerdo de dos o más gobiernos regionales, tiene carácter ejecutivo con el objeto de la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras o proyectos de inversión pública, en el marco de la promoción de la creación de regiones y la Mancomunidad Regional no constituye nivel de gobierno;
Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten lo asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano en asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 29053 y Ley Nº 28968, el Consejo Regional con el voto unánime de los miembros, y la dispensa de aprobación del Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 21 de febrero de 2020, aprobó el siguiente:
ACUERDO REGlONAL
Artículo Primero.- APROBAR la designación de tres (03) representantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional de Los Andes para el Periodo 2020, conforme se detalla:
1. C.R. HEISER ALEJANDRO ANAYA ORIUNDO
Presidente del Consejo Regional de Ayacucho
2. C.R. YSABEL DE LA CRUZ JORGE
3. C.R. WELFRIDO TENORIO VELÁSQUEZ
Artículo Segundo.- COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Mancomunidad Regional de Los Andes, Ejecutivo del Gobierno Regional de Ayacucho, Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM y miembros representantes del Consejo Regional ante la Mancomunidad Regional de Los Andes para conocimiento y fines.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, en todos sus extremos el Acuerdo de Consejo Regional Nº 014-2019-GRA/CR, de fecha 18 de febrero de 2019.
Artículo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho para conocimiento y fines.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla.
HEISER ALEJANDRO ANAYA ORIUNDO
Presidente
Consejo Regional
1908754-1