Modifican los artículos 1 y 2 de la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP
RESOLUCIóN DE SUPERINTENDENCIA
N° D000064-2020-SUTRAN-SP
Lima, 3 de diciembre del 2020
VISTOS: El Memorando Nº D001978-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº D000447-2020-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000113-2020-SUTRAN-OA de la Oficina de Administración, el Informe N° D000419-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000227-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP, a efectos de dar cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del covid-19, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran hasta por la suma de S/ 107 596.00 (Ciento siete mil quinientos noventa y seis con 00/100 soles), a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante el Memorando Nº D001978-2020-SUTRAN-UR, la Unidad de Recursos Humanos remite el Informe Técnico Nº 03-2020-SUTRAN/JSCT, el cual sustenta la modificación de la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP en el extremo relacionado al monto transferido, por cuanto en el monto que esta autoriza, S/ 107 596.00 (Ciento siete mil quinientos noventa y seis con 00/100 soles), se han incluido los aportes voluntarios de los servidores de la Sutran, de manera que la transferencia sólo debió considerar el monto de S/ 62 130.00 (sesenta y dos mil ciento treinta con 00/100 soles) de la partida 2.4.1.3.1.1 y la diferencia de S/ 45 466.00 (cuarenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y seis con 00/100 soles), correspondiente a los aportes voluntarios a que hace referencia la segunda disposición complementaria final del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, se debe transferir de acuerdo al procedimiento establecido en el Comunicado Nº 006-2020-EF/52.06 de la Dirección General de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, a través del Memorando Nº D000447-2020-SUTRAN-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° D0047-2020-SUTRAN-UP de la Unidad de Presupuesto, el cual adjunta la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000001636 en opinión favorable por la transferencia del monto de S/ 62 130.00;
Que, mediante el Informe N° D000113-2020-SUTRAN-OA, la Oficina de Administración opina que se debe modificar la Resolución de Superintendencia N° D000061-2020-SUTRAN-SP a fin de señalar que el monto de la transferencia financiera al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 063-2020, es de S/ 62,130.00;
Que, mediante el Informe Nº D000419-2020-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la modificación de la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP, en el extremo relacionado al monto de la transferencia, de manera tal que se indique el monto de S/ 62 130.00;
Que, a través del Informe N° D000227-2020-SUTRAN-GG, la Gerencia General hace suyo el informe de la Oficina de Asesoría Jurídica, opinando que debe modificar la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP a fin de hacer efectiva la transferencia financiera respectiva al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el menor plazo posible;
Que, conforme a lo expuesto, corresponde modificar la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP en el extremo referido al monto a transferir al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debiendo ser este S/ 62 130.00 de la partida 2.4.1.3.1.1, el cual cuenta con la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000001636; siendo que la cantidad de S/ 45 466.00, correspondiente a los aportes voluntarios, se deberá depositar en la respectiva cuenta corriente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al procedimiento establecido en el Comunicado Nº 006-2020-EF/52.06 de la Dirección General de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 063-2020 y sus normas complementarias, aprobada por el Decreto Supremo N° 220-2020-EF, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 070-2020; en ejercicio de la atribución establecida en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, y contando con los vistos buenos de la Gerencia General, de las oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica y de las unidades de Recursos Humanos y de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución de Superintendencia Nº D000061-2020-SUTRAN-SP, los cuales quedan redactados con el siguiente texto:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar la transferencia financiera del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran hasta por la suma de S/ 62 130.00 (sesenta y dos mil ciento treinta con 00/100 soles) a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la covid-19, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 063-2020.
Artículo 2.- Financiamiento
El egreso que demande el cumplimiento del artículo 1 de la presente resolución, se afecta con cargo al presupuesto del Pliego 0202 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran, Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000001636, Nemónico 0041, Clasificador 2 4 1 3 1 1, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, conforme a lo informado por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia General, a la Unidad de Recursos Humanos y a las oficinas de Administración y de Planeamiento y Presupuesto, para su conocimiento y los fines correspondientes.
Artículo 3.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el portal institucional de la Sutran, www.sutran.gob.pe, y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA
Superintendente
1909236-1