Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 029-2020-MDB
Bellavista, 26 de noviembre de 2020
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, los Oficios N° 000002 y 0000060 -2020-CG/GDEE de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República, los memorandos N°416, 1596 y 1676 -2020-MDB/GAF emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, los memorandos N° 554, 1553, 1601 y 1708 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 280-2020-MDB/GAF-SGT de la Sub Gerencia de Tesorería y el Informe Legal N° 173-2020-GAJ/MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen 11-2020-MDB/CAR de la Comisión de Administración y Rentas.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, el artículo VIII del citado dispositivo legal señala que; Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio.
Qué; el artículo 1° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del sistema Nacional de Control, señala que el objeto de tal norma jurídica es el de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y suficiente del control gubernamental, así como también optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción.
Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 30742, menciona que “Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del gobierno nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en los casos de gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente.
Que, en ese contexto, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República; siendo que, para efectos del financiamiento de los Órganos de Control Institucional, la mencionada Ley autoriza a dichas entidades, la realización de manera excepcional la transferencia financiera en a favor de esta Entidad Fiscalizadora Superior, previa solicitud, para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional.
Que, el artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, anota que “El Presupuesto comprende: a) Los gastos que, como máximo, pueden contraer las Entidades durante el año fiscal, en función a los créditos presupuestarios aprobados y los ingresos que financian dichas obligaciones” Por lo cual la cobertura presupuestaria estará sujeta a la disponibilidad financiera de la entidad municipal.
Que, mediante Oficio N° 000002-2020-CG/GDEE la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República, en atención a lo señalado por la Ley 30742, solicita la transferencia financiera en favor de la Contraloría General de la República de S/ 294,000.00; solicitud que es reiterada con el Oficio N° 000060-2020-CG/GDEE.
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas con el Memorando N° 416-2020-MDB/GAF, con la finalidad de continuar el trámite de la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del presente año fiscal 2020 a favor de la Contraloría General de la República de la Ley N° 30742, solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la certificación del crédito presupuestario por el importe S/ 294,000.00.
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, con el memorando N° 554-2020-MDB/GPP, otorga la certificación del crédito presupuestario por el importe S/ 294,000.00.
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas con el Memorando N° 1359-2020-MDB/GAF, ante la anulación del certificado del crédito presupuestario otorgado con el memorando N° 554-2020-MDB/GPP, solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto una nueva certificación de crédito presupuestario por S/ 294,000.00.
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con el Memorando N° 1553-2020-MDB/GPP informa a la Gerencia de Administración y Finanzas que dado el avance presupuestario del gasto en los rubros de financiamiento 08 IM y 09 RDR, rubros considerados para la atención de transferencias a la CGR, se tiene que presentan mayores certificaciones en relación a la disponibilidad efectiva, por lo que las proyecciones de recaudación al cierre del año permitirán atender los gastos, como también los servicios de locadores, no contando con saldos para la atención solicitada.
Que, con el memorando N° 1601-2020-MDB/GPP, señala que para dar cumplimiento Ley N° 30742, en consideraciones a la transferencia económica y compromisos aún pendientes, se determina que existen saldos presupuestarios para la atención solicitada mediante la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, Rubo 18 Canon, sobre canon, Renta de Aduanas y Participaciones, hasta por la suma de S/ 294.000.00 soles, debiendo priorizar financieramente su atención, conforme a las prioridades establecidas.
Que, mediante memorando N°1670-2020-MDB/GAF , la Gerencia de Administración y Finanzas solicita a la Sub Gerencia de Tesorería la disponibilidad financiera para la transferencia S/ 294,000.00. Con el Informe N° 280-2020-MDB/GAF-SGT, la Sub Gerencia de Tesorería informa que cuenta con saldos en el rubro 18 el importe de S/ 100.000.00.
Que, con el Memorando N° 1675-2020-MDB/GAF la Gerencia de Administración y Finanzas, solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la previsión presupuestal por S/ 194.000.00 para el año 2021 en mérito de lo informado por la Sub Gerencia de Tesorería.
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con el Memorando N° 1708-2020-MDB/GPP otorga la previsión presupuestal N° 009-2020-MDB/GPP, por la suma de S/ 194,000.00 en la fuente de financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados.
Que, mediante memorando, la Gerencia de Administración y Finanzas, señala que como consecuencia del estado de emergencia sanitaria iniciada el 16 de marzo 2020 y prolongada hasta fines de noviembre por la expansión del coronavirus -COVID 19, ha impactado en los ingresos, por lo que solo se puede transferir S/ 100.000.00 a favor de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N°30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, por lo que solicita que el Concejo Municipal apruebe la Transferencia Financiera de S/ 294,000.00 ( doscientos noventa y cuatro mil con 00/ 100 soles).
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal emite opinión legal favorable, para que mediante acuerdo de concejo se apruebe la transferencia financiera a la Contraloría General de la República por el monto de S/ 294,000.00 en el marco de lo establecido Ley 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y su Directiva N° 011-2018-CG/GPL Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 520-2018-CG y modificada por Resolución de Contraloría N° 278-2019-CG.
Que, la Comisión de Administración y Rentas del regidores, recomienda que el Concejo Municipal apruebe la transferencia Financiera por el monto S/ 100,000.00 soles ( cien mil 00/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República según el memorando N° 1676-200-MDB/GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas con lo que se cuenta financieramente, sin perjuicio de que en el más breve plazo se disponga con los recursos directamente recaudados y se complete el monto faltante que asciende a S/ 194,000.00 ( ciento noventa y cuatro mil 00/100 soles) bajo responsabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, asimismo que habiéndose evidenciado dilación de tiempo para atender lo solicitado por la Contraloría General de la República recomendamos el inicio de acciones para el deslinde de responsabilidades.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la ley Nº 30742, por unanimidad de los votos emitidos por los señores regidores del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Bellavista y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se emite el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- APROBAR la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la república por el monto de s/. 294,000.00 (doscientos noventa y cuatro mil 00/100 soles) en favor de la Contraloría General de la República en cumplimiento de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el fiel cumplimiento del presente acuerdo, bajo responsabilidad.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente acuerdo de concejo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR que la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, cumpla con realizar la publicación del presente acuerdo en la página web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista. (www.munibellavista.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO
Alcalde
1908007-1