Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

(Se publica el presente Acuerdo a solicitud del Gobierno Regional de Ancash, mediante Oficio N° 0868-2020-GRA/SG, recibido el 2 de diciembre de 2020)

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

Nº 166-2019-GRA/CR.

Huaraz, 27 de diciembre del 2019

VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la ciudad de Huaraz el día 27 de Diciembre del 2019, la Convocatoria N° 013-2019-SE-GRA-CR/CD, de fecha 23 de Diciembre del 2019, visto y debatido el Oficio N° 253-2019-GRA-GR, de fecha 04 de Diciembre del 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de conformidad con lo previsto en los Artículos 188°, 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y sus modificatorias, con los Artículos 8º y 31º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispositivo legal concordante con el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y con el Artículo 6º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash;

Que, el Inciso a) del Artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de las Competencias Constitucionales, señala que los Gobiernos Regionales son competentes para: Aprobar su Organización Interna y su Presupuesto; asimismo, los Artículos 10°, 11º y 13° de la citada Ley, preceptúa: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas” el Inciso b) del Artículo 14° prescribe: El Consejo Regional se reúne en Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, de acuerdo a lo que establece su Reglamento, en tanto que el Inciso a) del Artículo 15º del mismo cuerpo legal precisa que: Son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y de Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional”; dispositivo legal concordante, con el Numeral 2) del Artículo 5º, el Artículo 9º, el Artículo 10º, el Inciso a) del Artículo 13º y el Inciso a) del Artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado con Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/CR;

Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que: “Las Sociedades de Auditoria para efectos de esta Ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas por la Contraloría General, previo concurso público de méritos, y contratadas por las entidades para examinar las actividades y operaciones de las mismas, opinar sobre la razonabilidad de los estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados”. El Proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General de la República;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 469-2018-CG., de fecha 21 de Setiembre de 2018, se aprobó la Directiva Nº 009-2018-CG/NORM. “Gestión de Sociedades de Auditoría”, que tiene como finalidad mejorar los procesos de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, con el fin de cubrir la demanda de control y cautelar el adecuado desarrollo de los servicios de control llevados a cabo por las mismas; teniendo como objetivo establecer el marco normativo que desarrolla los procesos de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría – INFOSOA;

Que, la Vice Contraloría de Servicios de Control Gubernamental, de la Contraloría General de la República, remite al Ex Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, el Oficio Nº 00259-2018-CG/VCSC., de fecha 17 de Setiembre de 2018, solicitando la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de Sociedad Auditora, conforme a lo previsto en la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, precisándose además, la modificación del Artículo 20º de la Ley Nº 27785; Adicionalmente señala que “(…) Las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La Resolución del Titular del Pliego y el Acuerdo de Consejo Regional se publican el Diario Oficial “El Peruano” y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su Página Web;

Que, para efectos de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 30742, la Entidad Fiscalizadora Superior ha emitido la Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG, de fecha 23 de Agosto de 2018, mediante el cual aprobó el tarifario que establece el monto por contribuciones económicas, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría; entre los cuales dispone un importe de S/. 415,005.00 (Cuatrocientos Quince Mil Cinco con 00/100 Soles) por periodo auditado que correspondería transferir por parte del Gobierno Regional de Ancash a la Contraloría General de la República;

Que, el Contralor General de la República, remite al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, el Oficio Nº 001291-2019-CG/DC, de fecha 18 de Junio de 2019, solicitando la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de Sociedad Auditora, conforme a lo previsto en la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, la cual establece normas con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental y a su vez modifica diversos Artículos de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, entre ellos el Artículo 20º de la mencionada Norma, referido a las Sociedades de Auditoría;

Que, mediante Informe Nº 356-2019-GOB.REGIONAL DE ANCASH-GRPPAT/ SGPPTO, de fecha 10 de Julio de 2019, el Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que a la fecha se cuenta con disponibilidad presupuestal para la atención del requerimiento realizado por la Contraloría General de la República, merituado con el Oficio Nº 001291-2019-CG/DC;

Que, mediante INFORME Nº 0067-2019-GRA-GRPPAT/SGPPTO, de fecha 05 de Setiembre de 2019, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, reitera autorización de Consejo Regional para efectuar proceso de Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República, manifestando que, cuando se trata de operaciones de Transferencias Financieras a otros Pliegos Presupuestales, en este caso al Pliego 019 – Contraloría General, previamente se debe de realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático es decir una Nota de Tipo 1 de Anulación de Crédito Presupuestal por la suma de S/. 388,005.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CINCO Y 00/100 SOLES), para su habilitación por parte del Pliego en mención, según se detalla en la siguiente propuesta:

DE LA: EN SOLES:

PLIEGO : 441 Gobierno Regional de Ancash

UNIDAD EJECUTORA : 001 Sede Central

CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9001 Acciones Centrales

PRODUCTO : 3999999 Sin Producto

ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 388,005.00

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TOTAL S/…………….. 388,005.00

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A LA: EN SOLES:

PLIEGO : 019 Contraloría General de la República

UNIDAD EJECUTORA : 001 Contraloría General

CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9001 Acciones Centrales

PRODUCTO : 3999999 Sin Producto

ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 388,005.00

-------------------

TOTAL S/…………… 388,005.00

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Que, mediante INFORME Nº 075-2019-GRA-GRPPAT/SGPPTO, de fecha 13 de Setiembre de 2019, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informa respecto a las acciones adoptadas referente a requerimiento de transferencia financiera para la contratación de Sociedad Auditora – CGR., y reitera la autorización del Consejo Regional para efectuar el proceso de transferencia financiera a la Contraloría General de la República, previa anulación de créditos presupuestarios del Pliego 441 del Gobierno Regional y la habilitación correspondiente por parte del Pliego 019 de la Contralora General, hasta por la suma de S/. 388,005.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CINCO Y 00/100 SOLES), indicando que NO SE REQUIERE DE CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO para esta finalidad;

Que, según INFORME Nº 333-2019-GRA/GRAJ, de fecha 16 de Agosto de 2019, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, en su OPINIÓN LEGAL, manifiesta que, resulta PROCEDENTE la autorización del Consejo Regional para efectuar el proceso de Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República, ya que se cuenta con el Informe Nº 356-2019-GOB.REGIONAL DE ANCASH-GRPPAT/SGPPTO, emitida por la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ancash;

Que, mediante DICTAMEN Nº 002-2019-GRA-CR/C-P.PyA.T-ANCASH, de fecha 23 de Octubre de 2019, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, RECOMIENDA: AUTORIZAR al ejecutivo del Gobierno Regional de Ancash, la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 388,005.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CINCO Y 00/100 SOLES), saldo a favor de la Contraloría General de la República, destinados a financiar los gastos que se deriven para la Contratación de la Sociedad de Auditoría para el Periodo Auditado 2018, en atención a solicitud de la transferencia financiera efectuada por el Contralor General de la República, conforme al Oficio Nº 001291-2019-CG/DC;

Que, es COMPETENCIA DEL CONSEJO REGIONAL DE ANCASH, emitir ACUERDOS REGIONALES como prescribe el Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precepto normativo que señala: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional y, el Inciso a) del Artículo 37º de la citada Ley señala que es atribución del Consejo Regional dictar Acuerdos de Consejo Regional; dispositivo legal concordante con los Artículos 125º y 126 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash;

Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional el Consejero Delegado da cuenta al Pleno del Consejo Regional el Oficio N° 253-2019-GRA/GR, de fecha 03 de Diciembre del 2019 del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, quien SOLICITA, autorizar la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República, en mérito a los Informes Técnicos y Legal emitidos por el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Ancash; acto seguido uno de los Miembros de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial sustenta el DICTAMEN Nº 002-2019-GRA-CR/C-P.PyA.T-ANCASH, al respecto se genera una serie de deliberaciones y se advierte del Dictamen en comento que el término del verbo rector del Primer Artículo debería ser Aprobar y no Autorizar, con esa modificación el Consejero Delegado somete a votación los Cuatro Artículos propuestos por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y lo propuesto por los Miembros del Consejo Regional, el mismo que es APROBADO por MAYORÍA; con dispensa de lectura y aprobación del Acta;

Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de Ancash y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado y sus modificatorias, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR, la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 388,005.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CINCO Y 00/100 SOLES), saldo a favor de la Contraloría General de la República, destinados a financiar los gastos que se deriven para la Contratación de la Sociedad de Auditoría para el Periodo Auditado 2018, en atención a solicitud de la transferencia financiera efectuada por el Contralor General de la República, conforme al Oficio Nº 001291-2019-CG/DC.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, para que mediante Resolución Ejecutiva Regional, formalice la Transferencia Financiera, aprobado en el artículo precedente, bajo responsabilidad de la Gerencia Regional de Administración y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quienes adoptarán las acciones administrativas que correspondan para el debido cumplimiento.

Artículo Tercero.- REMITIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, para su diligenciamiento ante la Contraloría General de la Republica, para su conocimiento y fines.

Artículo Cuarto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash; Así como, DISPONER su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE ANTONIO NORIEGA CORTEZ

Consejero Delegado

1908364-1