Otorgan a favor de Consorcio Transmantaro S.A. concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en proyecto ubicado en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura
Resolución Ministerial
Nº 347-2020-MINEM/DM
Lima, 24 de noviembre de 2020
VISTOS: El Expediente Nº 14391119, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Ampliación de la S.E. Pariñas, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Pariñas – S.E. La Brea (S.E. Intermedia), S.E. La Brea (S.E. Intermedia) de 220/66 kV y Línea de Transmisión en 66 kV S.E. La Brea (S.E. Intermedia) – S.E. GE1 (Planta Talara)”, presentada por Consorcio Transmantaro S.A.; los Informes Nº 250-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 378-2020-MINEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 793-2020-MINEM/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con registro Nº 3005015, de fecha 18 de diciembre de 2019, Consorcio Transmantaro S.A. solicita el otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Ampliación de la S.E. Pariñas, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Pariñas – S.E. La Brea (S.E. Intermedia), S.E. La Brea (S.E. Intermedia) de 220/66 kV y Línea de Transmisión en 66 kV S.E. La Brea (S.E. Intermedia) – S.E. GE1 (Planta Talara)”; ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura;
Que, en los Informes de Vistos de la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, se verifica que Consorcio Transmantaro S.A. ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Ampliación de la S.E. Pariñas, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Pariñas – S.E. La Brea (S.E. Intermedia), S.E. La Brea (S.E. Intermedia) de 220/66 kV y Línea de Transmisión en 66 kV S.E. La Brea (S.E. Intermedia) – S.E. GE1 (Planta Talara)”;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de Consorcio Transmantaro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Ampliación de la S.E. Pariñas, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Pariñas – S.E. La Brea (S.E. Intermedia), S.E. La Brea (S.E. Intermedia) de 220/66 kV y Línea de Transmisión en 66 kV S.E. La Brea (S.E. Intermedia) – S.E. GE1 (Planta Talara)”, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
Salida/Llegada de la Línea de Transmisión |
Tensión (kV) |
Nº de Ternas |
Longitud (km) |
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) |
S.E. Pariñas – S.E. La Brea (S.E. Intermedia) S.E. La Brea (S.E. Intermedia) – S.E. GE1 (Planta Talara) |
220 66 |
02 02 |
13,88 0,28 (aéreo) y 2,27 (subterráneo) |
25 16 |
Subestaciones |
Características técnicas |
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Ampliación de la S.E. Pariñas |
Contempla la ampliación de la S.E. Pariñas 220 kV en configuración de doble barra con seccionador de transferencia, mediante la implementación de dos (02) celdas de línea en 220 kV para la salida hacia la nueva S.E. La Brea 220/66 kV (S.E. Intermedia), las celdas de línea son del tipo convencional al exterior y cada celda de línea contará con un (01) tablero de control, protección y medida. |
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S.E. La Brea 220/66 kV (S.E. Intermedia) |
Contempla la implementación de una nueva subestación La Brea 220/66 kV, del tipo encapsulada aislada en gas SF6 (GIS) para instalación del tipo interior, en 220 kV y 60 kV contará con una configuración de doble barra. La subestación contará con dos (02) transformadores de potencia 220/66 kV con una potencia de 50/65 MVA ONAN/ONAF con regulador bajo carga. En 220 kV contará con (05) cinco celdas, conformadas por: dos (02) celdas de transformación, dos (02) celdas de línea y una (01) celda de acople. En 60 kV contará con (08) ocho celdas, conformadas por: dos (02) celdas de transformación, dos (02) celdas de línea, tres (03) celdas de bancos de condensadores y una (01) celda de acople. Cada celda contará con su respectivo gabinete de control, protección y medida. |
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 551-2020 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Consorcio Transmantaro S.A. el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 551-2020 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 551-2020, referido en el artículo 3 de la presente resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Consorcio Transmantaro S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Jaime Gálvez Delgado
Ministro de Energía y Minas
1906962-1