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Incorporan diversos servicios al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Surquillo

Incorporan diversos servicios al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Surquillo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 012-2020-MDS

Surquillo, 30 de noviembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SURQUILLO:

VISTO; el Memorándum Nº 643-2020-GM-MDS de fecha 27 de noviembre de 2020 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 303-2020-GAJ-MDS de fecha 24 de noviembre de 2020 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 169-2020-GPPCI-MDS de fecha 24 de noviembre de 2020 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional; el Memorando Nº 399-2020-GSC-MDS de fecha 23 de noviembre de 2020 emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; respecto a los costos por los Servicios de Guardianía, Entrega y Remolque (Grúa) derivados del Decreto de Alcaldía Nº 010-2020-MDS; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras;

Que, mediante Ordenanza Nº 452-MDS, se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Surquillo, con el objeto de normar los procedimientos de fiscalización, imposición y ejecución de las sanciones administrativas dentro del distrito de Surquillo;

Que, el numeral 37.4. del artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, indica que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, en ese contexto a través del Decreto de Alcaldía Nº 003-2012-MDS de fecha 08 de junio de 2012, y publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 29 de junio de 2012; se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Entidad Municipal, siendo dicho instrumento de gestión donde se establecen servicios que prestan a la población, obedeciendo a una demanda insatisfecha o limitada del mercado y que puede ser brindado por la institución o por un tercero;

Que, el artículo 7º del Reglamento del Internamiento y Liberación de Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Depósito Municipal del distrito de Surquillo, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 010-2020-MDS, precisa que las tasas constituyen el hecho imponible a Ia prestación exclusiva por parte del depósito por los conceptos de orden de libertad, servicio de guardianía y remolque de vehículos con grúas, internados de acuerdo a los porcentajes y requisitos establecidos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, que deberá ser aprobado por Decreto de Alcaldía;

Que, de conformidad con el Informe Nº 169-2020-GPPCI/MDS de fecha 24 de noviembre de 2020 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, en el marco de sus competencias y sobre la base de lo informado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, sustenta la propuesta de incorporación de servicios en el Texto Único de Servicios No exclusivos – TUSNE, por razones de integrar adecuación y nuevos servicios de carácter no exclusivo que responden a un interés público;

Que, en ese sentido el Memorando Nº 399-2020-GSC-MDS de fecha 23 de noviembre de 2020 emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, eleva la propuesta de costos por los servicios de guardianía, entrega y remolque (grúa), derivados del internamiento del vehículo por aplicación de una medida preventiva; complementaria o accesoria, como consecuencia de acciones de fiscalización en materia administrativa regulado en la Ordenanza Nº 452-2020-MDS y el Decreto de Alcaldía Nº 010-2020-MDS. El mismo que, cuenta con opinión favorable por parte de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 303-2020-GAJ-MDS;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 38º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- INCORPORAR al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2012, los costos por los Servicios de Guardianía, Entrega y Remolque (Grúa), derivados del internamiento del vehículo por aplicación de una medida preventiva complementaria o accesoria, como consecuencia de acciones de fiscalización en materia administrativa, a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, establecidos en el anexo que forma parte del presente decreto.

Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga al presente decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de acuerdo a sus competencias.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ

Alcalde

1908651-1