Aprueban el Plan Regional de Contingencia por Sismo de la Región Tacna para el año 2020-2021 y el Plan Regional de Contingencia por Tsunami de la Región Tacna para el año 2020-2021
ORDENANZA REGIONAL
Nº 010-2020-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de setiembre de dos mil veinte, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 61 sobre funciones en materia de defensa civil y seguridad ciudadana, indica lo siguiente: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas regionales en materia de defensa civil y seguridad ciudadana (...)”.
Que, la Ley Nº 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), modificada por la Ley Nº 30831, en su artículo 14 sobre los gobiernos regionales y gobiernos locales señala: “14.1 Los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del Sinagerd, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento (…)”.
Que, el Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión de riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado con Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en su artículo 2 sobre definiciones señala: “(…) 2.16 Plan de contingencia: Son los procedimientos específicos preestablecidos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios definidos. Se emite a nivel nacional, regional y local (…)”.
Que, el Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-PLANAGERD 2014-2021, en su artículo 3 sobre cumplimiento de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres señala: “Las Entidades Públicas responsables de cumplir con la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, a fin de elaborar y presentar sus evaluaciones semestrales a las que se hace referencia en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, deben considerar como lineamientos para la formulación de sus metas concretas e indicadores de desempeño, las acciones estratégicas contenidas en el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD, aprobado en el artículo 1 del presente dispositivo”.
Que, mediante Oficio Nº 731-2020-ORAJ-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de agosto de 2020 emitido por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna se solicita al Consejo Regional de Tacna aprobar mediante Ordenanza Regional el PLAN REGIONAL DE CONTINGENCIA POR SISMO DE LA REGIÓN TACNA PARA EL AÑO 2020-2021 y el PLAN REGIONAL DE CONTINGENCIA POR TSUNAMI PARA EL AÑO 2020-2021, para lo cual se adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido.
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 095-2020-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de agosto de 2020 se acordó: “(…) Artículo SEGUNDO: DERIVAR a la Comisión Ordinaria de Seguridad, Defensa Nacional y Civil del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna el Oficio Nº 731-2020-ORAJ-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de agosto de 2020, remitido por Gobernación Regional de Tacna sobre solicitud de Aprobación del Plan Regional de Contingencia por Sismo de la Región Tacna para el Año 2020 - 2021 y el Plan Regional de Contingencia por Tsunami para el Año 2020 – 2021, para su estudio y evaluación correspondiente”.
Que, con el Informe Nº 134-2020-OSDNCI/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de junio de 2020, emitido por la Oficina de Seguridad, Defensa Nacional y Civil; la Opinión Legal Nº 633-2020-ORAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 03 de agosto de 2020, emitida por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión Nº 002-2020-COSDNyC-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 14 de setiembre de 2020; y, demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Seguridad, Defensa Nacional y Civil del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 002-2020-COSDNyC-CR de fecha 14 de Setiembre de 2020, sobre: APROBACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE CONTINGENCIA POR SISMO DE LA REGIÓN TACNA PARA EL AÑO 2020-2021 Y DEL PLAN REGIONAL DE CONTINGENCIA POR TSUNAMI DE LA REGIÓN TACNA PARA EL AÑO 2020-2021, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de setiembre de 2020, realizada mediante videoconferencia.
Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, corresponde la aprobación del Plan Regional de Contingencia por Sismo de la Región Tacna para el año 2020-2021 y del Plan Regional de Contingencia por Tsunami de la Región Tacna para el año 2020-2021.
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria (Realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Contingencia por Sismo de la Región Tacna para el año 2020-2021, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- APROBAR el Plan Regional de Contingencia por Tsunami de la Región Tacna para el año 2020-2021, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Oficina de Seguridad, Defensa Nacional y Civil del Gobierno Regional de Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Contingencia por Sismo de la Región Tacna para el año 2020-2021 y el Plan Regional de Contingencia por Tsunami de la Región Tacna para el año 2020-2021.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
Artículo Sexto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día treinta de setiembre del año dos mil veinte.
ARNOLD ELVIS CONDORI CUTIPA
Presidente
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 09 OCT. 2020.
JUAN TONCONI QUISPE
Gobernador Regional
1908003-1