Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen ampliar plazo para la recepción de sugerencias y comentarios al Documento de Trabajo denominado Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz y 26 GHz e Identificación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá

Disponen ampliar plazo para la recepción de sugerencias y comentarios al Documento de Trabajo denominado “Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz, y 26 GHz e Identificación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá”

resolución ministerial

N° 0903-2020-MTC/01.03

Lima, 2 de diciembre de 2020

VISTO:

El Informe N° 1022-2020-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0796-2020-MTC/01.03 publicada el 03 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso la publicación en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Documento de Trabajo denominado “Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz, y 26 GHz e Identificación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá”, el cual desarrolla la atribución, canalización y grado de asignación actual de las bandas de espectro radioeléctrico para servicios públicos en las bandas de 26 GHz y 3.5 GHz; la propuesta de atribución que implica la modificación del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias para el caso de la banda 26 GHz; así como, la identificación de bandas de uso privado por industrias verticales y nuevas bandas no licenciadas para los usuarios para los próximos cinco (05) años;

Que, en el artículo 1 de la mencionada resolución ministerial se estableció un plazo de treinta (30) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación para recibir sugerencias y comentarios de los interesados sobre el referido Documento de Trabajo, por lo que dicho plazo vencerá el 03 diciembre de 2020;

Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha recibido diversas solicitudes por parte de la empresa Entel Perú S.A., la Cámara de Comercio Americana del Perú – AMCHAM, la GSMA Latin America y la sección de Ingeniería de Telecomunicaciones del Departamento de Ingeniería de la Pontificia Universidad Católica del Perú sobre ampliación del plazo previsto en la Resolución Ministerial N° 0796-2020-MTC/01.03, a efectos de presentar comentarios y sugerencias sobre el Documento de Trabajo debido a su gran relevancia para el desarrollo de las comunicaciones futuras en el país;

Que, cabe señalar que de acuerdo al artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley, para lo cual las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley;

Que, de acuerdo al Principio de Participación contemplado en el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por ley; y extender las posibilidades de participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión, el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión;

Que, en ese marco, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo N° 020-98-MTC mediante Decreto Supremo N° 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes, con la finalidad de asegurar el acceso a toda la información relevante para los agentes del mercado y la ciudadanía en general, y, de esa manera, promover y garantizar la transparencia en la gestión del Estado; norma que resulta aplicable en el presente caso, por tratarse de un documento de trabajo que contiene información relevante relacionada a servicios públicos de telecomunicaciones y asignación de espectro radioeléctrico;

Que, si bien el 03 de noviembre de 2020 se publicó la Resolución Ministerial N° 0796-2020-MTC/01.03 en el Diario Oficial El Peruano, que dispone la publicación por treinta (30) días calendario del Documento de Trabajo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), es razonable otorgar un plazo adicional de treinta (30) días calendario para la presentación de opiniones y comentarios al Documento de Trabajo, considerando el tiempo que podrían requerir terceros interesados para analizar su contenido y teniendo en cuenta la relevancia e impacto del mismo para el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones en el Perú;

Que, en ese sentido, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informe N° 1022-2020-MTC/26, propone ampliar el plazo de publicación del Documento de Trabajo denominado “Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz, y 26 GHz e Identificación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá”, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), por el plazo de treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo establecido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0796-2020-MTC/01.03, es decir, hasta el 02 de enero de 2021, a efectos de permitir que los interesados formulen sugerencias y comentarios;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01, y los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliación del plazo

Disponer la ampliación del plazo previsto en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0796-2020-MTC/01.03, por el plazo de treinta (30) días calendario, para la recepción de las sugerencias y comentarios al Documento de Trabajo denominado “Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz, y 26 GHz e Identificación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá”, hasta el 02 de enero de 2021.

Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el Documento de Trabajo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección mcorreap@mtc.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1908628-1