Aprueban modificación de la Ordenanza N° 000293/MDSA, que aprobó beneficios tributarios y administrativos, denominado “Amnistía Total Tributaria 2020”
ORDENANZA Nº 000296/MDSA
Santa Anita, 26 de noviembre de 2020
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA ANITA
POR CUANTO:
VISTO: El Concejo Municipal de Santa Anita, en Sesión Ordinaria de la fecha, y estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8, del artículo 9, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por Mayoría la siguiente:
ORDENANZA que APRUEBA la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 000293/MDSA SOBRE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS, DENOMINADO “AMNISTÍA TOTAL TRIBUTARIA 2020”
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del inciso 1 del artículo tercero y el artículo cuarto, en los términos siguientes:
Artículo Tercero.- ALCANCES DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS:
1. Condónese la totalidad de los intereses moratorios de la deuda tributaria por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias correspondiente al ejercicio 2020 y/o años anteriores, cualquiera sea el estado en que se encuentren a todos los contribuyentes y/o administrados.
Artículo Cuarto.- BENEFICIO PARA LAS OBLIGACIONES DE CARÁCTER NO TRIBUTARIO:
Los administrados que mantengan obligaciones no tributarias como resoluciones de sanción y/o multas administrativas impuestas al 31 de diciembre de 2019, tendrán un descuento del 80%, y para aquellas impuestas hasta un día antes de la aprobación de la presente norma, tendrán un descuento del 50% del monto de la sanción, siempre que paguen al contado. No se incluyen las multas por conceptos relacionados a construcción y/o demolición sin contar con la debida autorización municipal. El pago de la multa no exime al administrado de la subsanación de la obligación administrativa y/o la medida correctiva que corresponda.
Para el caso de papeletas de infracción impuestas a los conductores de vehículos menores o mototaxis se les aplicará un descuento del 50% del monto de la sanción, siendo aplicable el beneficio para todas aquellas impuestas hasta un día antes de la aprobación de la presente norma y que los vehículos cuenten con autorización municipal.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el inciso 1 del Artículo Sexto de las Condiciones para acogerse a los Beneficios Tributarios 2020.
DISPOSICIones COMPLEMENTARIAs
Primera: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Segunda: Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2020 los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 000293/MDSA y sus modificatorias aprobadas por la presente norma.
Tercera: Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSE LUIS NOLE PALOMINO
Alcalde
1908252-3