Modifican el artículo 1 de la R.VM. Nº 335-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de diversas localidades del departamento de Apurímac
Resolución Viceministerial
N° 542-2020-MTC/03
Lima, 27 de noviembre de 2020
VISTO, el Informe N° 0948-2020-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 11 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;
Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;
Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modificatorias, establece en su Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no otorgará nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión basado en la tecnología analógica a partir de la entrada en vigencia de la citada norma, salvo los supuestos de excepción previstos en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;
Que, en forma concordante, el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro, se puede otorgar a pedido de parte nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera o en localidades donde no exista alguna estación de televisión autorizada, de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 273-2004-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias para la banda de VHF, para diversas localidades del departamento de Ayacucho;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 335-2005-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda de VHF, para diversas localidades del departamento de Apurímac;
Que, con Resolución Ministerial Nº 245-2017-MTC/01.03, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 16 de abril de 2017, se aprobaron los criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social para los servicios de radiodifusión;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0948-2020-MTC/28.01, propone la incorporación de las localidades de SAÑAYCA, PICHIHUA-TAPAIRIHUA, YANACA, AYAHUAY-POCOHUANCA, TORAYA, COLCABAMBA, LUCRE - TINTAY, SAN JUAN DE CHACÑA, PICHIRHUA, CIRCA, LAMBRAMA, CACHORA, HUANIPACA, KISHUARA, CARAYBAMBA-COTARUSE, MOLLEBAMBA, MAMARA-OROPESA, SAN JUAN DE VIRUNDO, PATAYPAMPA-SAN ANTONIO, TURPAY, COTABAMBAS, CHIARA, CHACCRAMPA y HUANCABAMBA al Plan de Canalización y Asignación del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Apurímac, así como modificar los planes de las localidades de SORAYA, CHAPIMARCA y PROGRESO para pasar a ser de la localidad de SORAYA a CAPAYA-IHUAYLLO-SORAYA, de la localidad de CHAPIMARCA a CHACOCHE-CHAPIMARCA, y de la localidad de PROGRESO a CURASCO-PROGRESO, y la aprobación del plan de canalización de la localidad de HUAYANA-POMACOCHA-SORAS-UMAMARCA ubicada en los departamentos de Apurímac y Ayacucho, indicando que todas las localidades cumplen con los criterios establecidos para ser consideradas como áreas rurales; asimismo, la Dirección General señala que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;
De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019-MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 335-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de diversas localidades del departamento de Apurímac, a fin de incorporar los planes de las localidades de SAÑAYCA, PICHIHUA-TAPAIRIHUA, YANACA, AYAHUAY-POCOHUANCA, TORAYA, COLCABAMBA, LUCRE - TINTAY, SAN JUAN DE CHACÑA, PICHIRHUA, CIRCA, LAMBRAMA, CACHORA, HUANIPACA, KISHUARA, CARAYBAMBA-COTARUSE, MOLLEBAMBA, MAMARA-OROPESA, SAN JUAN DE VIRUNDO, PATAYPAMPA-SAN ANTONIO, TURPAY, COTABAMBAS, CHIARA, CHACCRAMPA y HUANCABAMBA; conforme se indica a continuación:
Localidad: SAÑAYCA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
3 |
61.25 |
65.75 |
6 |
83.25 |
87.75 |
8 |
181.25 |
185.75 |
10 |
193.25 |
197.75 |
12 |
205.25 |
209.75 |
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: PICHIHUA-TAPAIRIHUA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
2 |
55.25 |
59.75 |
4 |
67.25 |
71.75 |
5 |
77.25 |
81.75 |
7 |
175.25 |
179.75 |
9 |
187.25 |
191.75 |
11 |
199.25 |
203.75 |
13 |
211.25 |
215.75 |
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3200 m.s.n.m.
Localidad: YANACA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
3 |
61.25 |
65.75 |
6 |
83.25 |
87.75 |
8 |
181.25 |
185.75 |
10 |
193.25 |
197.75 |
12 |
205.25 |
209.75 |
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: AYAHUAY-POCOHUANCA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
2 |
55.25 |
59.75 |
4 |
67.25 |
71.75 |
5 |
77.25 |
81.75 |
7 |
175.25 |
179.75 |
9 |
187.25 |
191.75 |
11 |
199.25 |
203.75 |
13 |
211.25 |
215.75 |
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: TORAYA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
3 |
61.25 |
65.75 |
6 |
83.25 |
87.75 |
8 |
181.25 |
185.75 |
10 |
193.25 |
197.75 |
12 |
205.25 |
209.75 |
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: COLCABAMBA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
2 |
55.25 |
59.75 |
4 |
67.25 |
71.75 |
5 |
77.25 |
81.75 |
7 |
175.25 |
179.75 |
9 |
187.25 |
191.75 |
11 |
199.25 |
203.75 |
13 |
211.25 |
215.75 |
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: LUCRE-TINTAY
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
3 |
61.25 |
65.75 |
6 |
83.25 |
87.75 |
8 |
181.25 |
185.75 |
10 |
193.25 |
197.75 |
12 |
205.25 |
209.75 |
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: SAN JUAN DE CHACÑA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
2 |
55.25 |
59.75 |
4 |
67.25 |
71.75 |
5 |
77.25 |
81.75 |
7 |
175.25 |
179.75 |
9 |
187.25 |
191.75 |
11 |
199.25 |
203.75 |
13 |
211.25 |
215.75 |
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3100 m.s.n.m.
Localidad: PICHIRHUA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
3 |
61.25 |
65.75 |
6 |
83.25 |
87.75 |
8 |
181.25 |
185.75 |
10 |
193.25 |
197.75 |
12 |
205.25 |
209.75 |
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: CIRCA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
3 |
61.25 |
65.75 |
6 |
83.25 |
87.75 |
8 |
181.25 |
185.75 |
10 |
193.25 |
197.75 |
12 |
205.25 |
209.75 |
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3300 m.s.n.m.
Localidad: LAMBRAMA
Plan de Asignación de Frecuencias |
||
Plan de Canalización |
Plan de Asignación |
|
Canales |
Frec. Video (MHz) |
Frec. Audio (MHz) |
2 |
55.25 |
59.75 |
4 |
67.25 |
71.75 |
5 |
77.25 |
81.75 |
7 |
175.25 |
179.75 |
9 |
187.25 |
191.75 |
11 |
199.25 |
203.75 |
13 |
211.25 |
215.75 |
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3500 m.s.n.m.
Localidad: CACHORA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3500 m.s.n.m.
Localidad: HUANIPACA
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.
Localidad: KISHUARA
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: CARAYBAMBA-COTARUSE
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.
Localidad: MOLLEBAMBA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.
Localidad: MAMARA-OROPESA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3650 m.s.n.m.
Localidad: SAN JUAN DE VIRUNDO
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3950 m.s.n.m.
Localidad: PATAYPAMPA-SAN ANTONIO
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: TURPAY
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.05 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3600 m.s.n.m.
Localidad: COTABAMBAS
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.
Localidad: CHIARA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3400 m.s.n.m.
Localidad: CHACCRAMPA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3800 m.s.n.m.
Localidad: HUANCABAMBA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
La máxima altura del centro de radiación en esta localidad es 3700 m.s.n.m.
El patrón de radiación debe ser conformado, a efectos de evitar interferencia con las estaciones de la localidad de PACUCHA.
Artículo 2.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 335-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de diversas localidades del departamento de Apurímac, a fin de modificar los planes de las localidades de SORAYA, CHAPIMARCA y PROGRESO; conforme se indica a continuación:
Localidad: CAPAYA-IHUAYLLO-SORAYA
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: CHACOCHE-CHAPIMARCA
Total de canales: 7
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Localidad: CURASCO-PROGRESO
Total de canales: 6
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Artículo 3.- Aprobar el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para la localidad de HUAYANA-POMACOCHA-SORAS-UMAMARCA, ubicada en los departamentos de Apurímac y Ayacucho, conforme se indica a continuación:
Localidad: HUAYANA-POMACOCHA-SORAS-UMAMARCA
Total de canales: 5
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Artículo 4.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas.
Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES
Viceministra de Comunicaciones
1907836-1