Prorrogan Beneficios Tributarios para el pago de obligaciones municipales, prediales y arbitrios, en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 016-2020/MLV
La Victoria, 27 de noviembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA;
VISTOS: El Informe N°079-2020-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe N°085-2020-SROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el art. 194º de la Constitución Política y en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 39° de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; de este modo el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza N°353/MLV se aprobó los Beneficios Tributarios que otorga el pago de obligaciones municipales, prediales y arbitrios, en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19; asimismo, en su tercera disposición complementaria y finales faculta al señor Acalde para que mediante el presente dispositivo legal dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso;
Que, mediante el Informe N°079-2020-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios de Administración hace suyo el Informe N°085-2020-SGROCRYEC-GASAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva y proponen se prorrogue la vigencia la vigencia de los beneficios establecidos en la Ordenanza N°353/MLV hasta el 31 de diciembre de 2020;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaria General;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2020 los Beneficios Tributarios para el pago de obligaciones municipales, prediales y arbitrios, en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19 establecido en la Ordenanza N°353/MLV.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas competentes el cumplimento de la presente norma.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones en el portal web de la entidad www.munilavictoria.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SALVATIERRA
Alcalde
1907280-1