Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Fajardo
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Fajardo, mediante Oficio N° 717-2020-MPF-H/A, recibido el 26 de noviembre de 2020)
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 014-2019-MPF/H
Huancapi, 31 de diciembre del 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FAJARDO
POR CUANTO:
VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre de 2019, el INFORME TÈCNICO Nº 001-2019-OPP-MPF de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, INFORME LEGAL Nº 080-2019-MPVF/AMC-AYA de la Asesoría Jurídica, sobre Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Fajardo y su Estructura Orgánica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3º del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, con INFORME TÉCNICO Nº 001-2019-OPP-MPF de fecha 12 de diciembre de 2019 con visto bueno previo de los Gerentes y el Recurso Humano, remite a la Gerencia Municipal el Proyecto del “Reglamento de Organización y Funciones - (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial del Fajardo”, solicitando su aprobación;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que se ha elaborado dicho instrumento de gestión de acuerdo a los alcances del Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que a su vez deroga al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que regula y da los lineamientos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones – ROF;
Que, el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama Estructural propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fines de la Corporación Edil con mayor eficiencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afines, la eliminación de posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;
Que, contando con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Asesoría Jurídica y con los aportes de todas las Gerencias de Línea;
Estando, a lo expuesto de conformidad con lo establecido en los numerales 3º y 8º del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 30 de diciembre del 2019 por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ordenanza con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FAJARDO
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF (Anexo 01) y la Estructura Orgánica (Anexo 2) de la Municipalidad Provincial de Fajardo, el cual consta de ocho (08) Títulos, (197) ciento noventa y siete Artículos; que los mismos forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Segundo.- DISPONER, la adecuación progresiva de todos los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, adoptar las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Fajardo, a la nueva Estructura Orgánica, aprobada por la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Cuarto.- DEROGAR, las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano; y el texto íntegro del ROF y el nuevo Organigrama Estructural al responsable de imagen institucional publicar en el Portal Institucional de la entidad.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese.
CÉSAR MARTI PALOMINO CÁRDENAS
Alcalde
1906752-1