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Ordenanza que aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Miraflores

Ordenanza que aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Miraflores

ORDENANZA Nº 557/MM

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

MIRAFLORES;

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE MIRAFLORES;

VISTO, en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2020, el Dictamen N° 083-2020/MM de fecha 20 de noviembre de 2020 de la Comisión de Asuntos Jurídicos; el Informe Técnico N° 084-2020-SGRE-GPP/MM de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Informe N° 085-2020-SGRE-GPP/MM de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Memorándum N° 364-2020-GPP/MM de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 242-2020-GAJ/MM de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 616-2020-GM/MM de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 177-2020-SG/MM de fecha 16 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que, entre otros, se logre una mejor atención a la ciudadanía;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de enero de 2013, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 18 de mayo de 2018, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2018, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, los cuales tienen por objeto regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;

Que, asimismo, el artículo 43º de los lineamientos antes señalados, dispone que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, el literal a) del artículo 46º de los referidos lineamientos, señala que en el supuesto de modificación de la estructura orgánica, por el incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales, se requiere la aprobación o modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por lo que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces es la responsable de la propuesta de ROF y de elaborar el informe técnico que lo sustenta, el mismo que debe estar conforme con lo dispuesto en el artículo 47° de los citados lineamientos;

Que, a través de la Resolución de la Secretaría de Gestión Pública N° 002-2020-PCMSGP publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 22 de mayo de 2020, se aprobaron los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos” siendo que posteriormente, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de setiembre de 2020, se aprobaron los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP;

Que, mediante la Ordenanza N° 475/MM publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de diciembre de 2016, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Miraflores, modificado por la Ordenanza N° 488/MM y cuyo texto definitivo ha sido aprobado por la Ordenanza N° 504/MM del 15 de noviembre de 2018, como el documento técnico normativo de la gestión administrativa institucional, estableciendo la naturaleza, finalidad, ámbito, funciones generales y base legal de los órganos que lo conforman;

Que, mediante el Memorándum N° 364-2020-GPP/MM de fecha 06 de noviembre del 2020, la Gerencia de Planificación y Presupuesto remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe Nº 085-2020-SGRE-GPP/MM y el Informe Técnico N° 084-2020-SGRE-GPP/MM ambos de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, señalando que se encuentra conforme con la propuesta de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Miraflores;

Que, en ese sentido la Subgerencia de Racionalización y Estadística ha sustentado la eliminación de la Oficina del Gabinete de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de los Lineamientos de Organización del Estado antes citados, que dispone que los órganos de la Alta Dirección son responsables de dirigir la entidad, supervisar y regular sus actividades y, en general ejercer las funciones de dirección política y administrativa de la entidad, señalando en el numeral 10.4 que los asesores de la Alta Dirección no constituyen un órgano o una unidad orgánica, sino un equipo de trabajo y no debe verse reflejado en el Reglamento de Organización y Funciones;

Que, asimismo, la Subgerencia de Racionalización y Estadística ha sustentado la creación de la Oficina de Integridad Institucional como órgano de apoyo de la Alcaldía, lo cual permitirá orientar las acciones internas que promuevan una cultura de integridad, ética pública de prevención de la corrupción y fortalecimiento de los mecanismos de denuncias, así también ha sustentado la incorporación del Centro de Operaciones de Emergencia Distrital de la Municipalidad de Miraflores (COED-MM) como órgano consultivo y de coordinación a nivel local dentro de la estructura de la entidad de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía N° 133-2020-A/MM, lo que constituye una modificación a la estructura orgánica, que si bien acarrea cambios no irroga incremento presupuestal y que además dicha modificación obedece a la normativa vigente;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 242-2020-GAJ/MM de fecha 13 de noviembre de 2020, opina favorablemente respecto a la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Miraflores toda vez que la misma se encuentra acorde a la normativa vigente, por lo que habiéndose verificado la procedencia legal de la propuesta presentada por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, correspondería continuar con el procedimiento regular remitiendo lo actuado al Concejo Municipal a efecto que proceda conforme a sus atribuciones;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNAMINIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES

Artículo Primero.- APROBAR la incorporación de la Oficina de Integridad Institucional y del Centro de Operaciones de Emergencia Distrital (COED-MM) y la eliminación de la Oficina del Gabinete de la Estructura Orgánica del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Miraflores aprobado mediante la Ordenanza N° 475/MM, modificado por la Ordenanza N° 488/MM y por la Ordenanza N° 504/MM, y cuyos anexos forman parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y a la Subgerencia de Racionalización y Estadística, conforme al ámbito de sus competencias.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la ordenanza, y de los anexos correspondientes al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Miraflores en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano www.perú.gob.pe

Artículo Cuarto.- DISPONER que la implementación de la nueva estructura orgánica y Reglamento de Organización y Funciones entre en vigencia una vez aprobado el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP-P con la emisión del Informe correspondiente de SERVIR.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Miraflores, 25 de noviembre de 2020

LUIS MOLINA ARLES

Alcalde

1906910-1