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Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Resolución Ministerial

N° 0858-2020-MTC/01

Lima, 26 de noviembre de 2020

VISTOS: El Oficio N° 091-2020-EF/15.01, el Memorando N° 111-2020-EF/68.03 y el Informe N° 096-2020-EF/68.03 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum N° 1799-2020-MTC/09 y los Informes Nos. 015 y 016-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en adelante, el Decreto Legislativo N° 1362, tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1362 señala que la fase de Planeamiento y Programación comprende la planificación de los proyectos y de los compromisos, firmes o contingentes, correspondientes a Asociaciones Público Privadas, disponiendo que dicha planificación se articula con la Programación Multianual de Inversiones y se materializa en el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, el cual incluye los proyectos a ejecutarse mediante las modalidades de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante, el Reglamento), establece que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado por cada entidad pública titular del proyecto, que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos, a fin de ser incorporados al Proceso de Promoción en los siguientes tres (03) años a su elaboración; asimismo, el citado numeral prevé que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas tiene una vigencia de tres (03) años contados a partir de su aprobación;

Que, los numerales 40.3 y 40.4 del artículo 40 del Reglamento establecen que la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es realizada por el órgano encargado de planeamiento de la entidad pública titular del proyecto y que corresponde al Comité de Promoción de la Inversión Privada dar su conformidad a la propuesta presentada por dicho órgano;

Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del Reglamento dispone que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones y actualizaciones son aprobadas mediante Resolución Ministerial del sector, Acuerdo de Consejo Regional, Acuerdo de Concejo Municipal o resolución del titular de la entidad pública titular habilitada mediante ley expresa, según corresponda; asimismo, el mencionado numeral establece el contenido mínimo que debe tener el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1362, de manera previa a la aprobación del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, la entidad pública titular del proyecto solicita la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la modalidad de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos propuesta y sobre la programación presupuestal multianual para asumir dichos proyectos, la cual es vinculante para efectos de la inclusión de proyectos en el referido informe bajo las modalidades de promoción de la inversión privada reguladas en el Decreto Legislativo N° 1362;

Que, de acuerdo con lo previsto en el numeral 41.4 del artículo 40 del Reglamento, el Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión sobre la modalidad de Asociación Público Privada y sobre la programación presupuestal multianual, referida al análisis de Capacidad Presupuestal para asumir los proyectos contenidos en el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2019 MTC/01, se conformó el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Transportes y el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Comunicaciones, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1362 y su Reglamento;

Que, por Resolución Ministerial N° 782-2019 MTC/01, se modificó el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 228-2019 MTC/01, respecto de la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Transportes;

Que, mediante Informe N° 015-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta y emite opinión favorable respecto de la aprobación de la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, según consta en las Actas Nos. 004-2020-MTC-CPIP-T y 006-2020-MTC-CPIP-C, el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Transportes y el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Comunicaciones, respectivamente, acuerdan por unanimidad otorgar conformidad a la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, a través del Oficio N° 676-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicita al Ministerio de Economía y Finanzas emitir opinión sobre la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, por Oficio N° 091-2020-EF/15.01, el Ministerio de Economía y Finanzas remite el Memorando N° 111-2020-EF/68.03, a través del cual la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada remite el Informe N° 096-2020-EF/68.03, elaborado por la Dirección de Promoción de Inversión Privada, que consolida la opinión de las áreas técnicas del Ministerio de Economía y Finanzas y mediante el cual el citado Ministerio emite opinión favorable sobre la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al no existir observaciones de sus áreas técnicas, recomendando efectuar ajustes de forma en la referida propuesta, conforme a lo indicado en el citado informe;

Que, mediante Informe N° 016-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con los ajustes de forma solicitados por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Informe N° 096-2020-EF/68.03;

Que, según consta en las Actas Nos. 005-2020-MTC-CPIP-T y 007-2020-MTC-CPIP-C, el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Transportes y el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Comunicaciones, respectivamente, acuerdan por unanimidad que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remita a la Oficina General de Asesoría Jurídica la versión ajustada de la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de continuar con el trámite correspondiente;

Que, con Memorándum N° 1799-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la versión ajustada de la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como el Informe N° 016-2020-MTC/09, a efectos de continuar el trámite de aprobación;

Que, el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Ministro de Estado tiene entre sus funciones expedir Resoluciones Ministeriales;

Que, el literal g) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01, establece que el Despacho Ministerial tiene entre sus funciones proponer o aprobar, según corresponda, los instrumentos de gestión institucional del Ministerio y de las entidades del sector;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; y el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1907374-1