Aprueban transferencia financiera del Programa “Trabaja Perú”, a favor de organismos ejecutores del sector público
Resolución Ministerial
N° 274-2020-TR
Lima, 25 de noviembre de 2020
VISTOS: Los Informes N° 217-2020-TP/DE/UGI-CFATEP y N° 223-2020-TP/DE/UGI-CFATEP, de la Unidad de Gestión de Intervenciones; los Informes N° 01016-2020-TP/DE/UPPSM-CFPP y N° 1075-2020-TP/DE/UPPSM-CFPP, de la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización; el Informe N° 074-2020-TP/DE/UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; el Oficio N° 1019-2020-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0798-2020-MTPE/3, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorando N° 1096-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 2161-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR y modificatorias, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, otorgando a cambio un incentivo económico;
Que, el Manual de Operaciones del Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR y modificatorias, establece en el artículo 1, que el Programa tiene por finalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural;
Que, el artículo 4 del citado Manual establece, entre otras, las siguientes funciones generales del Programa: a) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC); y c) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de los proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales;
Que, el literal c) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y modificatorias, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales; asimismo, el numeral 17.2 del citado artículo dispone que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, con la finalidad de generar empleo temporal a través de la modalidad No Concursable, en los ámbitos del Plan de Cierre de Brechas, Corredor Vial Sur, y VRAEM, en el marco de la reactivación económica frente al COVID-19, implementada por el Ministerio de Economía y Finanzas, el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” propuso ampliar su intervención, a través del financiamiento de cuarenta y dos (42) proyectos de inversión;
Que, mediante Oficio N° 1737-2020-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Secretaría General, solicita una Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales por el importe de S/ 36 784 535,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), para financiar la ejecución de cuarenta y dos (42) proyectos de inversión, a fin de reactivar la economía y beneficiar a los habitantes afectados en los ámbitos anteriormente señalados, a consecuencia del COVID-19;
Que, a través del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 126-2020, se aprobó autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 36 784 535,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar la ejecución de cuarenta y dos (42) inversiones mediante el Programa “Trabaja Perú”, que contribuyan a la generación de empleo temporal;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 249-2020-TR, se aprueba la desagregación de los recursos aprobados en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 126-2020, que autoriza una Transferencia de Partidas por un monto de S/ 36 784 535,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito;
Que, por su parte, el Programa, mediante Resolución Directoral N° 131-2020-TP/DE, aprueba el “Cronograma de Actividades para Proyectos No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-07, en el marco del Decreto de Urgencia N° 126-2020”, conforme al anexo que forma parte de dicha Resolución Directoral;
Que, a través del Informe N° 217-2020-TP/DE/UGI-CFATEP, la Unidad de Gestión de Intervenciones informa a la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización sobre la aprobación de la Resolución Directoral antes mencionada, por lo que solicita la certificación presupuestal respectiva, con la finalidad de iniciar el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera de cuarenta y dos (42) proyectos de inversión de la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-07, en el marco del Decreto de Urgencia N° 126-2020, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 36 784 535,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles);
Que, con Informe N° 01016-2020-TP/DE/UPPSM-CFPP, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización informa a la Unidad de Gestión de Intervenciones sobre la aprobación de la Certificación del Crédito Presupuestario N° 1101-2020, por el importe de S/ 36 784 535,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles) para financiar el Aporte Total del Programa de los cuarenta y dos (42) proyectos de inversión señalados precedentemente;
Que, a través del Informe N° 223-2020-TP/DE/UGI-CFATEP, la Unidad de Gestión de Intervenciones solicita a la Dirección Ejecutiva dar inicio al trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera de cuarenta y uno (41) convenios suscritos por los organismos ejecutores respectivos, por un importe total de S/ 36 213 570,00 (Treinta y Seis Millones Doscientos Trece Mil Quinientos Setenta y 00/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión en los departamentos de Apurímac (02), Ayacucho (02), Cusco (18), Huancavelica (01) y Loreto (18), con el cual se estima generar 2 713 empleos temporales en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-07, en el marco del Decreto de Urgencia N° 126-2020; asimismo, dicha Unidad de línea precisa que el proyecto con CUI N° 2464646 de la Municipalidad Distrital de Maquia no forma parte de la mencionada solicitud, toda vez que fue declarada No Conforme;
Que, con Informe N° 1075-2020-TP/DE/UPPSM-CFPP, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización señala que se cuenta con la Certificación del Crédito Presupuestario N° 1101-2020, por el importe de S/ 36 784 535,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), por lo que considera procedente que se efectúe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa de los cuarenta y uno (41) convenios suscritos con los organismos ejecutores en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-07, en el marco del Decreto de Urgencia N° 126-2020, cuyo importe total asciende a S/ 36 213 570,00 (Treinta y Seis Millones Doscientos Trece Mil Quinientos Setenta y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 17.1 y el inciso 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Que, mediante Informe N° 074-2020-TP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera antes descrita;
Que, asimismo, mediante Memorando N° 1096-2020-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, remite los informes N° 0673-2020-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y N° 0469-2020-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, las cuales emiten opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que autoriza transferencias financieras del Programa “Trabaja Perú”, a favor de organismos ejecutores del sector público;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; y el literal c) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de cuarenta y uno (41) convenios en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-07, en el marco del Decreto de Urgencia N° 126-2020, por el importe total de S/ 36 213 570,00 (Treinta y Seis Millones Doscientos Trece Mil Quinientos Setenta y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- La presente resolución y su Anexo se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1906930-1