Designan responsable de entregar la información que se solicite, en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas complementarias
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 129-2020-GRA-GR
Huaraz, 23 de junio de 2020
EL GOBERNADOR REGIONAL DE ANCASH
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales gozan autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía es reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales;
Que, conforme lo establece el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido;
Que, mediante Ley N° 27806, Ley de transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas complementarias, se promueven la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrada en la Carta Magna;
Que, conforme establece el inciso a) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la máxima autoridad de la entidad deberá adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública dentro de su competencia funcional; por lo que, según dispone el inciso b) del mismo artículo, está obligado a designar al funcionario responsable de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad;
Que, así mismo, el artículo 4° del citado Reglamento dispone que la designación del funcionario responsable de entregar información se efectúe mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 382-2019-GRA-GR de fecha 16 de octubre de 2019, se designó al Abogado JOSÉ ENRIQUE JERI ORÉ, Secretario General del Gobierno Regional de Ancash, como el funcionario responsable de entregar la información que se solicite, en virtud de lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias;
Que, en uso a las atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos;
RESUELVE:
Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional N° 382-2019-GRA-GR de fecha 16 de octubre de 2019, que designó al Abogado JOSÉ ENRIQUE JERI ORÉ, Secretario General del Gobierno Regional de Ancash, como el funcionario responsable de entregar la información que se solicite, en virtud de lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias;
Artículo Segundo. - DESIGNAR al Abogado GARY ANTONIO MARROQUIN MENDOZA, Secretario General del Gobierno Regional de Ancash, como el funcionario responsable de entregar la información que se solicite, en virtud de lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias.
Artículo Tercero.- DISPONER que los funcionarios y servidores del Gobierno Regional de Ancash proporcionen la información y documentación que solicite la Secretaría General, en virtud de la normativa en mención, dentro del plazo establecido en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS MORILLO ULLOA
Gobernador Regional
1906040-1