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Modifican el diseño del formato de instrumento de formalización de COFOPRI aprobado con R.D. N° 041-2018-COFOPRI/DE

Modifican el diseño del formato de instrumento de formalización de COFOPRI, aprobado con R.D. N° 041-2018-COFOPRI/DE

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° D000103-2020-COFOPRI-DE

Lima, 25 de noviembre de 2020

VISTOS:

El Memorando N° D000533-2020-COFOPRI-DFIND del 10 de noviembre de 2020, emitido por la Dirección de Formalización Individual; el Informe Nº D000011-2020-COFOPRI-UII del 19 de noviembre de 2020 y Memorando N° D000040-2020-COFOPRI-UII del 24 de noviembre de 2020, emitidos por la Unidad de Imagen Institucional, y el Informe N°D000161-2020-COFOPRI/OAJ del 24 de noviembre de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, concordante con el tercer párrafo del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, establecen que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal;

Que, el numeral 1.2.1 del inciso 1.2 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444–Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que no son actos administrativos, “Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan”;

Que, el inciso 7.1 del artículo 7 del mismo cuerpo legal, señala que “Los actos de administración interna se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios y a los fines permanentes de las entidades. Son emitidos por el órgano competente, su objeto debe ser física y jurídicamente posible (…)”;

Que, por su parte el artículo 16° del citado Reglamento de Organización y Funciones – COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, la Unidad de Imagen Institucional es la responsable de diseñar y ejecutar estrategias de imagen institucional, monitoreo de prensa y producción de medios de información y comunicación, con la finalidad de difundir en la opinión pública los logros y beneficios de los programas y actividades que desarrolla el COFOPRI;

Que, conformidad con el artículo 66° y el literal a) del artículo 67° del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección de Formalización Individual es la responsable de planificar, organizar y conducir las acciones de empadronamiento, calificación y titulación, según la normatividad vigente;

Que, mediante Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE del 05 de abril de 2018, se aprobó el diseño del formato de los instrumentos de formalización de COFOPRI, modificado mediante Resolución Directoral N° 177-2018-COFOPRI/DE del 21 de diciembre de 2018;

Que, con documento de vistos, la Dirección de Formalización Individual sobre la base de lo señalado en el Informe N° D000062-2020-COFOPRI-SCAL del 10 de noviembre de 2020, de la Subdirección de Calificación, comunica que a fin de continuar con la emisión de los instrumentos de formalización autorizados por las Oficinas Zonales de COFOPRI, es necesario la modificación del diseño aprobado por Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE y modificado por Resolución Directoral N° 177-2018-COFOPRI/DE;

Que, con los documentos de vistos, la Unidad de Imagen Institucional sobre la base de lo indicado por la Dirección de Formalización Individual y atendiendo a la recomendación efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propone retirar del diseño del formato modificado con la Resolución Directoral N° 177-2018-COFOPRI/DE, la frase y logo “EL PERÚ PRIMERO”, el nombre del ex Presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, el logo Presidencia de la República y modificar el orden de los logos institucionales, alcanzando para ello el nuevo diseño;

Que, con el informe de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que en atención al marco legal vigente y a la propuesta alcanzada por la Unidad de Imagen Institucional resulta procedente la modificación del diseño del formato de instrumento de formalización de COFOPRI, aprobado con Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE y modificado por Resolución Directoral N° 177-2018-COFOPRI/DE;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 803, la Ley N° 28923, los Decretos Supremos Nros. 025-2007-VIVIENDA y 009-2019-JUS, y con el visado de Gerencia General, la Dirección de Formalización Individual, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Imagen Institucional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el diseño del formato de instrumento de formalización de COFOPRI, aprobado con Resolución Directoral N° 041-2018-COFOPRI/DE, modificado por la Resolución Directoral N° 177-2018-COFOPRI/DE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia a los siete (7) días hábiles de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese en el Portal Institucional.

CÉSAR ROBERTO FIGUEREDO MUÑOZ

Director Ejecutivo - Cofopri

1906402-1