Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la R.M. N° 144-2020-EF/15
Resolución Ministerial
Nº 332-2020-EF/15
Lima, 25 de noviembre del 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 144-2020- EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA y del Estado de Emergencia Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo N° 044- 2020-PCM y sus prórrogas;
Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación;
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 170-2020-EF/15, N° 211-2020-EF/15, N° 256-2020-EF/15 y N° 295-2020-EF/15, se prorrogó el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, por ciento veinte (120) días hábiles;
Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo de fecha 3 de noviembre de 2020, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia por treinta (30) días hábiles, a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo;
Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144- 2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles.
Artículo 2. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios que integran el Grupo de Trabajo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
1906605-1