Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Lince
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 124-2020-MDL
Lince, 13 de noviembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LINCE
VISTO: El Memorándum N° 234-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 09 de octubre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Memorándum N° 536-2020-MDL/GAF/SRH, de fecha 12 de noviembre 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Informe N° 82-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Informe N° 34-2020-MDL/GAT, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 7º, numeral 7.1, del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, y mediante Ley Nº 27204 se precisó dicha norma señalando que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y que su designación no implica que dicho cargo sea de confianza;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, para garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público;
Que, a su vez, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con Informe Técnico Nº 987-2019-SERVIR/GPGSC, de fecha 28 de junio de 2019, señala que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas, se podrá contratar Ejecutores Coactivos, mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS);
Que, mediante el Memorándum N° 234-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 09 de octubre de 2020, la Subgerencia de Ejecución Coactiva, solicita que se convoque a concurso público con la finalidad de designar un Ejecutor Coactivo;
Que, mediante la convocatoria CAS N° 014-2020-MDL-GAF/SRH, de fecha 16 de octubre de 2020, se declaró ganadora a la abogada LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE para la contratación administrativa de servicios de un Ejecutor Coactivo para la Subgerencia de Ejecución Coactiva;
Que, con Memorando N° 536-2020-MDL/GAF/SRH, de fecha 12 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Recursos Humanos, comunica a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el nombre de la ganadora para el cargo de Ejecutor Coactivo, la abogada LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE;
Que, mediante el Informe N° 82-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva y el Informe N° 34-2020-MDL/GAT, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, comunican que el concurso público del proceso de Selección CAS N° 014-2020-MDL, concluyo teniendo como resultado la contratación de la abogada LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, como EJECUTOR COACTIVO de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Lince, a la Abog. LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE, servidora contratada mediante el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Recursos Humanos, y demás unidades orgánicas que resulten competentes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICENTE AMABLE ESCALANTE
Alcalde
1905455-1