Nombran Cónsul General del Perú en Bogotá D.C., República de Colombia
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 133-2020-RE
Lima, 23 de noviembre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras dependencias del Estado, en las oficinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales, conforme a los objetivos de la política exterior;
Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; y,
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Víctor Alberto Altamirano Asmat, Cónsul General del Perú en Bogotá D.C., República de Colombia.
Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema N° 181-1994-RE, del 2 de junio de 1994.
Artículo 3.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes.
Artículo 4.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Viceministerial.
Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República
ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ
Ministra de Relaciones Exteriores
1905745-6