Modifican dos Fichas Técnicas del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
Resolución Jefatural
N° 131-2020-PERÚ COMPRAS
Lima, 20 de noviembre de 2020
VISTO:
El Informe N° 000091-2020-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 2 de noviembre de 2020, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000235-2020-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 14 de noviembre de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado;
Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes;
Que, el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo N° 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada a su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común; y, ii) Características específicas del bien o servicio común;
Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización; siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común;
Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC;
Que, si bien en la Directiva y en el ROF de PERÚ COMPRAS se hace referencia a los Documentos de Orientación, como aquella información complementaria a la Ficha Técnica, dicha referencia debe entenderse efectuada respecto al Documento de Información Complementaria, conforme a lo señalado en el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento;
Que, además el numeral 8.9 de las Disposiciones Específicas de la Directiva precisan que, los Documentos de Orientación contienen los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio, y los aspectos relacionados a la certificación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias del mismo, precisando en su numeral 8.10 que el mismo se aprueba, modifica o deja sin efecto mediante Resolución Jefatural;
Que, a través del Informe N° 000091-2020-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modificación de dos (2) Fichas Técnicas y del Documento de Información Complementaria del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución del Listado de Bienes y Servicios Comunes, basado en la modificación de la normatividad técnica correspondiente y en el marco del Plan de Sostenimiento Programado del LBSC 2019, a fin de contribuir a que las entidades realicen contrataciones eficientes;
Que, mediante Informe N° 000235-2020-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización, al artículo 110 del Reglamento y a lo dispuesto en la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, resulta legalmente viable la modificación de las referidas Fichas Técnicas y del Documento de Información Complementaria;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada a su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar dos (2) Fichas Técnicas del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
N° |
DENOMINACIÓN DEL BIEN |
VERSIÓN |
1 |
TUBO DE ACERO NEGRO S/C SCH-40 DE 12” |
06 |
2 |
TUBO DE ACERO NEGRO S/C SCH-40 DE 6” |
06 |
. * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc.
Artículo Segundo.- Modificar el Documento de Información Complementaria del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, como versión 03, conforme el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la Oficina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MASUMURA TANAKA
Jefe de la Central de Compras
Públicas – PERÚ COMPRAS
1905176-1