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Ordenanza que aprueba la conformación de los Grupos Técnicos de la Comisión Ambiental Municipal de Mariscal Nieto

Ordenanza que aprueba la conformación de los Grupos Técnicos de la Comisión Ambiental Municipal de Mariscal Nieto

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, mediante Oficio N° 0847-2020-A/MPMN, recibido el 20 de noviembre de 2020)

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 015-2019-MPMN

Moquegua, 17 de Junio de 2019

EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:

VISTO: En Sesión Ordinaria del 13-06-2019, el Dictamen N° 007-2019-GDUAAT/MPMN de Registro N°1920115 de fecha 03-06-2019, sobre la conformación de los Grupos Técnicos de la Comisión Ambiental Municipal de la Provincia Mariscal Nieto. Y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 14.2 del Artículo 14° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil;

Que, el Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, precisan que los gobiernos locales aprueban la creación, el ámbito, la composición y las funciones de las Comisiones Ambientales Municipales – CAM; y que el Ministerio del Ambiente apoya el cumplimiento de los objetivos de las CAM, en el marco de la política ambiental nacional, manteniendo estrecha coordinación con ellas;

Que, el Artículo VIII de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, tal como lo señala, sobre la aplicación de Leyes Generales, Políticas y Planes Nacionales;

Que el numeral 3 del Artículo 73° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que las municipalidades asumen competencias en materia de protección y conservación del ambiente, correspondiéndoles entre otras funciones; formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental;

Que mediante Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 008-2005-PCM se regula el Sistema Nacional de Gestión Ambiental el cual tiene como finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de la política, planes programas y acciones destinadas a la protección de ambiente y contribuir a la conversación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;

Que la gestión ambiental es un proceso permanente y continúo orientado a administrar lo intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política nacional ambiental y alcanzar así una mejor calidad de vida para la población, el desarrollo de las actividades económicas, el mejoramiento del ambiente urbano y rural, así como la conservación del patrimonio natural del país, entre otros objetivos;

Que, el Artículo 24° de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, precisan que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, y en el marco de los principios de la gestión ambiental, y los gobiernos locales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental;

Que, el Artículo 25° del mismo cuerpo legal regula la creación, funciones y composición de las Comisiones Ambientales Municipales, precisando que las mismas, son las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal que promueve el dialogo y el acuerdo entre los sectores público y privado, y que articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el Ministerio del Ambiente;

Que mediante la Ordenanza Municipal N° 0015-2017-MPMN de fecha de 6 de julio del 2017, se actualiza la Conformación de la Comisión Ambiental de Mariscal Nieto y su Reglamento, contempla la conformación de Equipos Técnicos Locales y en su Artículo 34° establece que estos, son creados con carácter permanente o transitorio para el seguimiento, análisis y evaluación de las políticas, proyectos, programas, acuerdos y acciones determinados por la comisión. Así como plantean propuestas de solución a problemas ambientales y la búsqueda de mecanismos operativos que faciliten los instrumentos de gestión ambiental.

Que, siendo necesario contar con los Grupos Técnicos de la Comisión Ambiental Municipal de Mariscal Nieto, por ser necesario para el sustento técnico – normativo de los asuntos ambientales de interés, considerándose adicionalmente la facultad que se me otorga como Presidente de la Comisión Ambiental Municipal de Mariscal Nieto;

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Mariscal Nieto en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27922 de fecha 26-05-2003 y Ley N° 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 13-06-2019, lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS TÉCNICOS DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DE MARISCAL NIETO

Artículo Primero.- Conformación de los Grupos Técnicos de La Comisión Ambiental Municipal de Mariscal Nieto, según el siguiente orden:

GRUPO TÉCNICO DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO (Presidente)

MUNICIPALIDADES DISTRITALES

UGEL MARISCAL NIETO

GERENCIA REGIONAL DE SALUD

MESA DE CONCERTACIÓN DE LUCHA CONTRA LA POBREZA

GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

GERENCIA REGIONAL DE VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA

UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI

GRUPO TÉCNICO DE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE (Presidente)

GERENCIA REGIONAL DE PRODUCCIÓN

GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO

MUNICIPALIDADES DISTRITALES Y DE CENTROS POBLADOS

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA

Asesoría técnica

SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE

GRUPO TÉCNICO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL MARISCAL NIETO (Presidente)

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO

MUNICIPALIDADES DISTRITALES Y DE CENTROS POBLADOS

GERENCIA REGIONAL DE SALUD

EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS - EPS MOQUEGUA

ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL AGUA - ALA

GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA

MESA DE CONCERTACION PARA LUCHA CONTRA LA POBREZA

UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI

GRUPO TÉCNICO DE RECURSOS HÍDRICOS

ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL AGUA (Presidente)

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO

MUNICIPALIDADES DISTRITALES Y DE CENTROS POBLADOS

EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS – EPS MOQUEGUA

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

JUNTA DE USUARIOS DE MOQUEGUA

PROYECTO ESPECIAL REGIONAL PASTO GRANDE

GERENCIA REGIONAL DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

COLEGIOS PROFESIONALES

GERENCIA REGIONAL DE SALUD

GRUPO TÉCNICO DE GOBERNANZA AMBIENTAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO (Presidente)

MUNICIPALIDADES DISTRITALES Y DE CENTROS POBLADOS

MESA DE CONCERTACIÓN PARA LUCHA CONTRA LA POBREZA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA

UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI

COLEGIOS PROFESIONALES

Asesoría técnica

MINISTERIO DEL AMBIENTE

GRUPO DE ESTUDIO TÉCNICO AMBIENTAL DE CALIDAD DEL AIRE – GESTA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO (Presidente)

GERENCIA REGIONAL DE SALUD

GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS

GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA

GERENCIA REGIONAL DE PRODUCCIÓN

GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN REGIONAL DR-07 DEL SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA

COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ – CONSEJO REGIONAL XXI- MOQUEGUA

COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ – CONSEJO DEPARTAMENTAL DE MOQUEGUA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA

SECTOR EMPRESARIAL PRIVADO - MOQUEGUA

ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL – OD MOQUEGUA

Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Municipal a cada una de las Instituciones Conformantes de los Grupos Técnicos, para su conocimiento.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información y Estadística la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto.

POR TANTO:

Mando se regístre, publique y cúmpla.

ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO

Alcalde

1904946-1