Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 293-2020/MDSJM
San Juan de Miraflores, 6 de noviembre del 2020
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
VISTOS:
El Informe N° 666-2020-MDSJM-GAF/SGRRHH, de la Subgerencia de Recursos Humanos, sobre el proceso de selección Convocatoria N° 25-2020-MDSJM, el Memorándum N° 1865-2020-GAF-MDSJM de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe Nº 446-2020-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 1° de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza, establece que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley Nº 26979, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala que, la designación del Ejecutor como del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, el cual su designación se hará mediante la emisión de una Resolución de Alcaldía que le permitan ejercer sus funciones. Asimismo, el numeral 7.2 estipula que tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva”;
Que, el Informe N° 666-2020-MDSJM-GAF/SGRRHH emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos da cuenta que en virtud al Proceso de Selección CAS N° 025-2020/MDSJM se declaró ganador al señor Mendieta Flores Pablo Steven en el puesto de Ejecutor Coactivo.
Que, el Informe N° 446-2020-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal FAVORABLE para la emisión de las Resoluciones de Alcaldía mediante las cuales se designara a un (01) Ejecutor Coactivo y dos (02) Auxiliares Coactivos respectivamente;
Que, el artículo 43° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, al señor MENDIETA FLORES PABLO STEVEN identificado con Documento Nacional de Identidad N° 41720676 en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, bajo el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y normas complementarias, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario Oficial “El Peruano”
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARIA CRISTINA NINA GARNICA
Alcaldesa
1905051-1