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Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Juliaca

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Juliaca

Universidad Nacional de Juliaca

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 390-2020-CCO-UNAJ

Juliaca, 30 de octubre de 2020

VISTOS:

El Informe Técnico Nº 002-2020/OPP-UPm/UNAJ, de fecha 30 de setiembre de 2020, Informe Nº 451-2020-OPEP/UNAJ, de fecha 30 de setiembre de 2020; Oficio Nº 00919-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU, de fecha 26 de octubre de 2020; Informe Legal Nº 167-2020/OAJ-CO-UNAJ, de fecha 27 de octubre de 2020, Acuerdo Nº 627-2020-SO-CCO-UNAJ, de Sesión Ordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, de fecha 29 de octubre de 2020 y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes.

Que, la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, en su Art. 8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico.

Que, la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones del Presidente; señalando son funciones del Presidente, literal a) Ejercer la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora, literal i) emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; literal j) Otras que, en el ámbito de su competencia, le asigne el MINEDU o aquellas que correspondan al Titular del Pliego en el marco de la normatividad vigente.

Que, en fecha 26 de agosto de 2018, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución del Consejo Directivo Nº 097-2018-SUNEDU/CD, que resuelve en su Artículo Primero: OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional de Juliaca, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en el Jr. Manco Inca s/n, Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Departamento de Puno.

Que, mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº127-2020-CCO-UNAJ, de fecha 08 de abril de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Juliaca, el mismo que consta de 158 artículos y que a folios ochenta y seis (86) y en anexo forma parte del acto resolutivo

Que, mediante Informe Técnico Nº002-2020/OPP-UPm/UNAJ, de fecha 30 de setiembre de 2020, el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Modernización de la UNAJ, Ing. José Luis Velarde Choque, sustenta la propuesta de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Juliaca, por aplicación de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, que aprueba los lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organizaciones y funciones de las Universidades Públicas.

El ROF es un instrumento de gestión institucional, de carácter normativo, en el que se precisa la naturaleza, finalidad, jurisdicción y formaliza la estructura orgánica de la Universidad orientada al logro de su misión y objetivos definidos en el Plan Estratégico Institucional. También establece las funciones generales de la institución y las funciones específicas de los órganos, unidades y sub unidades orgánicas, según los niveles de jerarquía y con responsabilidades administrativas.

Que, mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 588-2019-MINEDU, de fecha 02 de diciembre del 2019, se aprueban los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, cuyo objetivo: “Es establecer criterios y reglas, especiales y flexibles, para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas, a fin que desarrollen sus estructuras orgánicas; así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus unidades de organización que la componen, a fin que contribuyan en el desarrollo de los objetivos y las estrategias de la universidad pública; en donde las universidades públicas cuentan con un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario, para la adecuación de aquellos Reglamentos de Organización y Funciones aprobados con anterioridad a la vigencia de los presentes Lineamientos.

Que, mediante Informe Nº 451-2020-OPEP/UNAJ, de fecha 30 de setiembre de 2020, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Ing. Héctor Percy Pajsi Bautista remite la propuesta del reglamento de Organizaciones y Funciones y el correspondiente Informe sustentatorio, sugiriendo que en conformidad a la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, la propuesta sea remitida a la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, al presidente de la Comisión Organizadora de la UNAJ, quien mediante Oficio Nº 146-2020/P-CO-UNAJ, remite al Director General de Educación Superior Universitaria la mencionada propuesta a fin de que emita la opinión correspondiente.

Que, mediante Oficio Nº 00919-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU, de fecha 26 de octubre de 2020, el Director General de Educación Superior Universitaria Jorge Mori Valenzuela, remite el Informe Nº 208-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, mediante el cual el Director (e) de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria Danny Mathews Fernández, concluye que la propuesta del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Universidad Nacional de Juliaca cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU.

Que, mediante Informe Legal Nº 167-2020/OAJ-CO-UNAJ, de fecha 27 de octubre de 2020, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la UNAJ, Abog. Neil Quiroz Villavicencio, al realizar la revisión de los informes correspondientes concluye: Que, la propuesta del ROF de la UNAJ se establece que son válidas las funciones sustantivas asignadas no templándose duplicidad en funciones a los lineamientos de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, así mismo menciona textualmente que teniéndose la documentación idónea es procedente la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Juliaca.

Que, el Pleno del Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, en su Sesión Ordinaria de fecha 29 de octubre de 2020, mediante Acuerdo Nº 627-2020-SO-CCO-UNAJ, acordó POR UNANIMIDAD, Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el mismo que consta de 93 artículos y cuarenta y cinco (45) folios.

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la nueva Ley Universitaria Nº 30220, la Norma Técnica “Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada bajo Resolución Vice Ministerial Nº 088-2017-MINEDU y el Estatuto de la UNAJ;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Juliaca, el mismo que consta de 93 artículos y que a folios cuarenta y cinco (45) y en anexo forma parte del presente acto resolutivo.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº127-2020-CCO-UNAJ, de fecha 08 de abril de 2020.

Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento y acatamiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional de Juliaca.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

FREDDY MARTÍN MARRERO SAUCEDO

Presidente

Comisión Organizadora

MADELEINE NANNY TICONA CONDORI

Secretaria General

1904969-1