Autorizan la realización del sorteo virtual “AL DÍA CON VILLA” a favor de los contribuyentes del distrito con deuda cero
ORDENANZA Nº 440-MVES
Villa El Salvador, 13 de noviembre del 2020
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y;
VISTOS: El Dictamen N° 010-2020-CRAT-MVES de la Comisión de Rentas y Administración Tributaria, el Memorando Nº 1244-2020-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 432-2020-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 116-2020-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, sobre aprobación de Proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo “AL DÍA CON VILLA”, en el distrito de Villa El Salvador a favor de los vecinos con deuda cero, con el slogan: “PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD POR ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE TUS TRIBUTOS”, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”.;
Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir tasas o exonerar de éstas, en concordancia con la Norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que prescribe que los Gobiernos Locales, pueden crear modificar, suprimir o exonerar derechos mediante ordenanzas;
Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.”; así también el artículo 40° señala que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (…).”;
Que, el artículo 42° de la norma citada en el considerando precedente establece que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.”;
Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF modificado por el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1286 señala: “El rendimiento del impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital respectiva en cuya jurisdicción se encuentren ubicados los predios, materia del impuesto estando a su cargo la administración del mismo (…).”;
Que, el numeral 37.7 del artículo 37° de la de la Ordenanza N° 435-MVES, que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, establece como función normativa y reguladora de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, entre otras, la de: “Proponer la ordenanza municipal que aprueba el Plan de Administración Tributaria Municipal, los beneficios tributarios (…) que resulten inherentes de sus funciones.”;
Que, mediante Informe Nº 116-2020-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, con el objeto primordial de crear una cultura de pago e incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias, así como reconocer a los vecinos que cumplen puntualmente con el pago de las mismas, a fin de disminuir el grado de morosidad de las mencionadas obligaciones, remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo “AL DÍA CON VILLA”, en el distrito de Villa El Salvador a favor de los vecinos con deuda cero, con el slogan: “PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD POR ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE TUS TRIBUTOS”, para todos aquellos contribuyentes registrados en la Base de Datos del Sistema Integrado Municipal y que al 31 de diciembre del año en curso hayan cumplido con pagar todos los conceptos relaciones con el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los diferentes ejercicios fiscales, incluyendo el 2020, no registrando deudas vencidas pendientes de pago; asimismo, precisa que se deberá facultar al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía apruebe las bases del sorteo, los premios, así como otras disposiciones complementarias;
Que, con Informe N° 432-2020-OAJ/MVES la Oficina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF modificado por el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1286 y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, emite opinión precisando que resulta legalmente procedente aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo “AL DÍA CON VILLA”, en el distrito de Villa El Salvador a favor de los vecinos con deuda cero con el slogan: “PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD POR ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE TUS TRIBUTOS”, la misma que tiene como finalidad establecer las políticas y condiciones que regulan el sorteo para los contribuyentes del distrito que hayan cumplido con pagar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, por lo que deberá ponerse en consideración del Concejo Municipal para su aprobación, al amparo de lo establecido en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y posteriormente, conforme a lo estipulado en el artículo 42° de la norma antes citada, mediante Decreto de Alcaldía se apruebe las bases del sorteo, los premios, la modificación de fecha del sorteo, así como otras disposiciones complementarias, que resulten necesarias; asimismo precisa que conforme a lo señalado en el numeral 3.2) del inciso 3) del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, considera que la presente propuesta de Ordenanza, que aprueba un mecanismo para beneficiar a los contribuyentes por su actitud puntual de pago, no es necesaria la pre publicación de la misma;
Que, con Memorando N° 1244-2020-GM/MVES la Gerencia Municipal de conformidad a su función establecida en el numeral 14.20 del artículo 14° de la Ordenanza N° 435-MVES, que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que señala: “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; remite a la Secretaría General, los actuados administrativos respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo virtual “AL DÍA CON VILLA”, en el distrito de Villa El Salvador a favor de los vecinos con deuda cero con el slogan: “PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD POR ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE TUS TRIBUTOS”, a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación;
Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes y al Dictamen N° 010-2020-CAT-MVES de la Comisión de Administración Tributaria, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 25) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por Mayoría la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO VIRTUAL “AL DÍA CON VILLA”, EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR A FAVOR DE LOS VECINOS CON DEUDA CERO CON EL SLOGAN: “PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD POR ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE TUS TRIBUTOS”
Artículo Primero.- Objetivo
La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer las políticas y condiciones que regulan el Sorteo denominado “AL DÍA CON VILLA” con el slogan: “PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD POR ESTAR AL DÍA EN EL PAGO DE TUS TRIBUTOS”, previsto para el 08 de Enero del 2021, a las 10:00 am, Sorteo Virtual que se transmitirá en vivo a través de la cuenta oficial de Facebook de la Municipalidad de Villa El Salvador.
Artículo Segundo.- Aprobación
Autorizar la realización del Sorteo Virtual denominado: “AL DÍA CON VILLA”, para los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador, a realizarse el día 08 de enero del 2021, a las 10:00 am, sorteo que se transmitirá en vivo a través de la cuenta oficial de Facebook de la Municipalidad de Villa El Salvador.
Artículo Tercero.- Premios
Autorizar para el Sorteo Virtual, el otorgamiento de un Premio Principal y premios adicionales a ser sorteados entre el total de contribuyentes hábiles, premios que se encuentran señalados en el Decreto de Alcaldía que aprueba las bases del sorteo.
Artículo Cuarto.- Participantes
Todos los contribuyentes hábiles registrados en la Municipalidad de Villa el Salvador, como personas naturales y sociedades conyugales, propietarios o poseedores de uno o más predios, cuyo uso sea CASA HABITACION Y/O TERRENOS SIN CONSTRUIR y que al 31de Diciembre del 2020 hayan cumplido con pagar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, de los diferentes ejercicios, incluyendo el año 2020, no registrando deudas vencidas pendientes de pago por los referidos tributos.
Artículo Quinto.- Bases del Sorteo
Las Bases del Sorteo, serán aprobadas mediante Decreto de Alcaldía, el cual establecerá el procedimiento a llevarse a cabo para su realización.
Artículo Sexto.- Responsabilidades
i. La Gerencia de Rentas y Administración Tributaria: estará a cargo de la elaboración de las bases, y llevar a cabo el procedimiento establecido en el mismo hasta el Sorteo Virtual ante notario público,
ii. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto: estará a cargo de la realización de las acciones presupuestarias que correspondan para cumplir con lo dispuesto en la presente Ordenanza.
iii. La Unidad de Imagen Institucional estará a cargo de la difusión del Sorteo Virtual, de la transmisión en vivo a través de la cuenta oficial de Facebook de la Municipalidad y de la coordinación de la ceremonia de entrega de premios,
iv. La Unidad de Desarrollo Tecnológico estará a cargo de la elaboración de los procesos para la identificación de los contribuyentes hábiles, lo cual deberá ser validado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, además, estará encargada de la habilitación de la plataforma para el Sorteo Virtual.
Artículo Septimo.- Donación de los premios
Los premios a otorgar, que se encuentran debidamente descritos en las bases, serán entregados bajo la modalidad de donación, cumpliendo con las estipulaciones legales respectivas y actos de administración interna, a fin de que su transferencia sea legal y factible.
Artículo Octavo.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y finalizará el día del sorteo.
Artículo Noveno.- Facultades Reglamentarias
Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases del Sorteo Virtual, los premios, modificar la fecha de sorteo y las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza, en el diario oficial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del texto íntegro de la presente norma, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
C. KEVIN YÑIGO PERALTA
Alcalde
1904710-1