Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Expiden duplicados de diplomas de títulos profesionales y grado de bachiller otorgados por la Universidad Nacional Agraria La Molina

Universidad Nacional

Agraria La Molina

RESOLUCIÓN Nº 0086-2020-CU-UNALM

La Molina, 12 de marzo de 2020

VISTO:

El Formulario Único de Trámite– FUT, presentado el 28 de febrero de 2020, por Becerra Romaní, Antonio Martín, ex-alumno de la Facultad de Pesquería;

CONSIDERANDO:

Que, Becerra Romaní, Antonio Martín, mediante Formulario Único de Trámite del visto, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero, por motivo de pérdida;

Que, Becerra Romaní, Antonio Martín, obtuvo el diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero, mediante Resolución Nº 0468-2014-CU-UNALM,de fecha 04 de agosto de 2014, encontrándose inscrito en el Libro Nº 33, Folio Nº 178 del Registro Nº 12105, de esta Casa de Estudios;

Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente;

Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley Nº 28626 y artículo 310º literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14º del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión extraordinaria de la fecha;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Anular el diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero de Becerra Romaní, Antonio Martín, expedido el 04 de agosto de 2014.

Artículo 2º.- Expedir el duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Pesquero, a favor de Becerra Romaní, Antonio Martín, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro.

Artículo 3º.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Enrique Ricardo Flores Mariazza

Rector

JOGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ

Secretario general (e)

1904128-4