Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la publicación en el Portal Institucional del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba la Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional

Disponen la publicación en el Portal Institucional del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba la “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº D000060-2020-SUTRAN-SP

Lima, 19 de Noviembre del 2020

VISTOS: Los Informes Nº D000103-2020-SUTRAN-GEN y N° D000107-2020-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe N° D000392-2020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando N° D001055-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Informe N° D000065-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Memorando N° D001155-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D000204-2020-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000425-2020-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000395-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000210-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional;

Que, el inciso 1 del artículo 4 de la Ley N° 29380 y el inciso a) y b) del artículo 4 del Reglamento de la Sutran, aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2009-MTC, establecen que la función normativa de la Sutran comprende la facultad de dictar disposiciones normativas en materia de fiscalización al transporte terrestre dentro del ámbito de su competencia;

Que, a través del Informe Nº D000103-2020-SUTRAN-GEN, complementado con el Informe N° D000107-2020-SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone la publicación del proyecto de “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”;

Que, mediante el Informe N° D000392-2020-SUTRAN-GAT, el Memorando N° D001055-2020-SUTRAN-GSF, el Informe N° D000065-2020-SUTRAN-GPS y el Memorando N° D001155-2020-SUTRAN-UR, la Gerencia de Articulación Territorial, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones y la Unidad de Recursos Humanos, respectivamente, manifiestan su conformidad respecto al proyecto de “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”;

Que, a través del Memorando Nº D000425-2020-SUTRAN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000204-2020-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”;

Que, mediante el Informe N° D000395-2020-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la publicación del proyecto de “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”, a fin de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000210-2020-SUTRAN-GG;

Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto normativo “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”, a fin de recibir comentarios de los interesados;

De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el Reglamento de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2009-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba la “Directiva para la fiscalización del servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional”, y de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional de la Sutran (www.sutran.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus comentarios vía correo electrónico a schunqui@sutran.gob.pe, dentro del plazo de treinta (30) días calendarios, contando a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, con el asunto “Comentarios a la Directiva de Fiscalización al Transporte Terrestre”.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Estudios y Normas de la Sutran, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA

Superintendente

1904826-1