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Ordenanza que aprueba las normas específicas y parámetros urbanísticos y edificatorios de la tipología de zonificación Parque Industrial-1 PI1 y modifica el plano de zonificación del distrito de Ancón aprobado por la Ordenanza Nº 2103-MML

Ordenanza que aprueba las normas específicas y parámetros urbanísticos y edificatorios de la tipología de zonificación Parque Industrial-1 PI1 y modifica el plano de zonificación del distrito de Ancón, aprobado por la Ordenanza Nº 2103-MML

ORDENANZA N° 2281

Lima, 13 de noviembre de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la referida Ley Orgánica, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que, mediante la Ordenanza Nº 2103, publicada en el diario Oficial El Peruano el 03 de junio de 2018, se aprueba la Propuesta de Organización y Estructuración físico – espacial de las Pampas de Ancón y Piedras Gordas del distrito de Ancón; contemplando en su artículo 6, encargar al Instituto Metropolitano de Planificación – IMP, coordinar con los Organismos Especializados del Ministerio de la Producción, para la elaboración de las Normas Específicas y los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de la nueva tipología de Zonificación Parque Industrial – PI;

Que, con Expediente N° 2386-2019-IMP de fecha 17 de diciembre de 2019, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Diversificación Productiva del Ministerio de la Producción, solicita la aprobación de la propuesta de reglamentación de las “Normas Específicas y los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de la nueva tipología de zonificación: Parque Industrial”, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2103;

Que, el Instituto Metropolitano de Planificación remite el Oficio N° 0557-20-MML-IMP-DE de fecha 24 de julio de 2020, adjuntando el Informe N° 010-20-MML-IMP-DE/DGPT de la Dirección General de Planificación Territorial y el Informe N° 0062-20-MML-IMP-DE/DGVT-MCA de la Dirección General de Vialidad y Transporte, mediante el cual se analiza la información proporcionada por el Ministerio de la Producción y se encuentra conforme la propuesta de zonificación, Normas Específicas, Parámetros Urbanos y Edificatorios e Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas, señalando que: se ha determinado que el ACR Sistema de Lomas de Lima, específicamente el ACR Lomas de Ancón, no se superpone con el suelo calificado como Parque Industrial–1 PI1 del Ministerio de la Producción, además, se ha caracterizado el ámbito de estudio en base a 3 variables físicas con lo cual se identifica la aptitud de suelo urbano para fines industriales tomando en cuenta medidas para mitigar posibles riesgos a futuro. En ese sentido, se asigna zonificación de Riesgo Geotécnico (RG) en zonas donde existe evidencia de escorrentías con el fin de que queden como zonas libres de ocupación como medida de prevención ante la ocurrencia de eventos climáticos anómalos que generen movimientos en masa o flujo de detritos provenientes de las quebradas que rodean el parque industrial. Además, en las zonas que coinciden con los cerros cuya pendiente no es apta para uso industrial se califica como Zona de Protección y Tratamiento Paisajístico (PTP) con el fin de evitar la ocupación con usos urbanos y fomentar usos forestales. Asimismo, en el borde límite con el terreno del Ministerio del Ambiente, se asigna la misma zonificación de Zona Ecológica Paisajística 2 – ZEP 2 por considerarse un continuo con una misma característica física y ambiental;

Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 0122-2020-MML-CMDUVN, de fecha 09 de setiembre de 2020 y con dispensa del trámite de aprobación del acta, ha dado la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA LAS NORMAS ESPECÍFICAS Y PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS DE LA TIPOLOGÍA DE ZONIFICACIÓN PARQUE INDUSTRIAL-1 PI1 Y MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ANCÓN, APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 2103-MML

Artículo 1. Modificar el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo de las Pampas de Ancón y Piedras Gordas del distrito de Ancón, aprobado por Ordenanza Nº 2103-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de junio del 2018 que, como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2. Aprobar la Especificación Normativa y los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de la tipología de Zonificación Parque Industrial–1 PI1 definida como el patrón de asentamiento para actividades productivas correspondiente al sector industrial, servicios, almacenaje y otras actividades económicas complementarias o de soporte, planificado de manera integral cuya área está dotada de infraestructura, equipamientos, servicios comunes y servicios públicos necesarios.

Las especificaciones Normativas están conformadas por el Anexos 02 – Normas Específicas de la tipología de Zonificación Parque Industrial-1 PI1, el Anexo 03 – Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y el Anexo 04 – Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas.

Artículo 3. Establecer para el caso del proyecto Parque Industrial de Ancón, el régimen de aportes se ha aplicado a la totalidad del terreno propiedad de PRODUCE. En este sentido, los aportes correspondientes para servicios públicos complementarios se han reservado en las zonas calificadas como OU y E2 aprobados por la Ordenanza N° 2103-MML, quedando pendiente los aportes para Parques Zonales y para Renovación Urbana según la normativa vigente.

Artículo 4. Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonificación del distrito de Ancón, la modificación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza.

Artículo 5. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que los Anexos que forman parte del presente dispositivo legal (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde de Lima

1903809-4