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Aprueban la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V02 Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías – Sutran

Aprueban la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V02 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº D000058-2020-SUTRAN-SP

Lima, 13 de noviembre de 2020

VISTOS: El Informe Nº D000106-2020-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe Nº D000526-2020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando Nº D000918-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Memorando Nº D001393-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando Nº D001763-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D000206-2020-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000429-2020-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D000389-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº D000206-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional;

Que, con Resolución de Superintendencia Nº D000044-2020-SUTRAN-SP, se aprobó la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, a través del Informe Nº D000106-2020-SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta la actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, mediante el Memorando N° D000918-2020-SUTRAN-GPS, el Informe N° D000526-2020-SUTRAN-GAT y el Memorando N° D001393-2020-SUTRAN-GSF, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, la Gerencia de Articulación Territorial y la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, respectivamente, manifiestan su conformidad respecto al proyecto de actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuela de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, con el Memorando N° D001763-2020-SUTRAN-UR, la Unidad de Recursos Humanos emite opinión respecto al proyecto de actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, a través del Memorando Nº D000429-2020-SUTRAN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000206-2020-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto de actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuela de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, mediante el Informe Nº D000389-2020-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran” se adecúa a las disposiciones normativas de la Directiva D-013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01, que regula la formulación de documentos normativos en la entidad, y dado que constituiría un documento normativo que regule la gestión de aspectos técnicos y administrativos relacionados con un tipo de administrado fiscalizado, corresponde su aprobación a través de resolución de Superintendencia; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000206-2020- SUTRAN-GG;

Que, resulta necesario aprobar la actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, con el objeto de optimizar el desarrollo de la actividad de fiscalización;

De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran; la Directiva N° D-013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01 “Directiva que regula la formulación, aprobación y modificación de documentos normativos en la SUTRAN”, aprobada con la Resolución de Gerencia General Nº 112-2018-SUTRAN/01.3; en ejercicio de la atribución señalada en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; y, contando con los vistos buenos de la Unidad de Recursos Humanos, de las gerencias de Estudios y Normas, de Supervisión y Fiscalización, de Procedimientos y Sanciones y de Articulación Territorial, las oficinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y la Gerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V02 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, la misma que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº D000044-2020-SUTRAN-SP, que aprueba la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuela de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN (www.sutran.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA

Superintendente

1904062-1