Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Vigésimo Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado

Aprueban el Vigésimo Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado

RESOLUCIóN DIRECTORAL

Nº 0011-2020-EF-54.01

Lima, 16 de noviembre de 2020

VISTOS:

El Informe N° 021-2020-EF/54.03 y el Informe N° 0192-2020-EF/54.02, emitidos por la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación, y la Dirección de Normatividad, respectivamente; ambas de la Dirección General de Abastecimiento;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, el Sistema Nacional de Abastecimiento es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras orientados al logro de los resultados, a través de los procesos de la cadena de abastecimiento público, cuya rectoría es ejercida por la Dirección General de Abastecimiento;

Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1439 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF, la Dirección General de Abastecimiento es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y como tal, ejerce a nivel nacional la más alta autoridad técnico-normativa en materia de abastecimiento, y tiene dentro de sus funciones, entre otras, dictar normas relacionadas al ámbito de su competencia; aprobar la normatividad y los procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Abastecimiento; así como emitir las directivas correspondientes para efectuar el monitoreo y evaluación del desempeño del Sector Público sobre la base de la gestión por resultados, en lo concerniente al Sistema Nacional de Abastecimiento;

Que, asimismo, el artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1439 establece que el Sistema Nacional de Abastecimiento comprende: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes, siendo que este último componente comprende a los bienes inmuebles y muebles;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1439 establece que en tanto la Dirección General de Abastecimiento asuma la totalidad de competencias establecidas en citado Decreto Legislativo, de conformidad con el proceso de progresividad establecido por la Segunda Disposición Complementaria Final del mismo marco normativo, se mantienen vigentes las normas, directivas u otras disposiciones aprobadas por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en lo que resulte aplicable;

Que, el artículo 120 del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, señala que el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado contiene los tipos de bienes muebles materia de incorporación al patrimonio estatal;

Que, mediante Resolución N° 158-97-SBN de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, se aprueba el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado y la Directiva N° 001-97/SBN-UG-CIMN que contiene las normas para el uso y aplicación del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado; siendo que el artículo 2 de la citada Directiva establece que el proceso de Catalogación de los bienes del Estado permitirá: a) Contar con un documento que uniformice los criterios de incorporación de bienes en el Inventario Patrimonial de las Entidades del Estado y b) Brindar información apropiada, sistematizada, simplificada y completa de los bienes muebles del Estado;

Que, mediante Resolución N° 046-2015/SBN se aprueba la Directiva N° 001-2015/SBN, denominada “Procedimientos de Gestión de los Benes Muebles Estatales”, en cuyo numeral 6.7.1.1 referido a la aprobación y actualización del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, establece que la actualización del catálogo se realizará de manera anual y contendrá todos los nuevos códigos de tipos de bienes asignados a petición de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales;

Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1439, define al Catálogo Único de Bienes y Servicios como un instrumento de racionalización, eficiencia y economía del Sistema Nacional de Abastecimiento, que cuenta con información estandarizada para la interrelación con los otros Sistemas Administrativos, y que fortalece la programación y mejora la calidad del gasto público; estableciendo que su elaboración comprende los procedimientos, actividades e instrumentos mediante los cuales se genera, depura, estandariza, codifica, actualiza, sistematiza y proporciona información de los diferentes bienes y servicios. Asimismo, establece que su desarrollo y actualización es efectuado por la Dirección General de Abastecimiento;

Que, mediante el Informe N° 021-2020-EF/54.03, la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación de la Dirección General de Abastecimiento concluye que corresponde aprobar un nuevo Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, a fin de incorporar treinta y seis (36) nuevos tipos de bienes muebles, lo cual cuenta con opinión favorable de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Abastecimiento emitida en el Informe N° 0192-2020-EF/54.02;

De conformidad con el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el artículo 47 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el literal a) del artículo 166 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF-41, y estando a lo propuesto por la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación de la Dirección General de Abastecimiento, y contando con la opinión favorable de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Abastecimiento;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar el Vigésimo Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, que incorpora treinta y seis (36) nuevos tipos de bienes muebles, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA HERMINIA ALEGRÍA ALEGRÍA

Directora General

Dirección General de Abastecimiento

ANEXO

Vigésimo Fascículo del Catálogo

Nacional de Bienes Muebles del Estado

Incorporación de bienes al Vigésimo Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado

Código

Denominación

Unidad

1

04226429

Maquina peladora de animales menores

Unidad

2

04228777

Sistema acuaponico

Unidad

3

11226981

Sistema de enfriamiento

Unidad

4

32228565

Pistola ahumadora

Unidad

5

53220011

Sistema de electroforesis y fotodocumentacion

Unidad

6

53225912

Equipo para terapia de alto flujo

Unidad

7

53227141

Lámpara rodable tipo cuello ganso con luz led

Unidad

8

53229108

Polígrafo respiratorio ambulatorio

Unidad

9

53229445

Simulador odontológico

Unidad

10

53229577

Sistema de control de calidad en pacientes

Unidad

11

53229593

Sistema de visualización 3D para cirugía vitreorretiniana asistida por computadora

Unidad

12

60221819

Colector de datos

Unidad

13

60223644

Equipo de emisiones otoacusticas

Unidad

14

60228295

Sistema de sensores inerciales

Unidad

15

67221650

Compresor de aire respirable

Unidad

16

67223752

Equipo enfriador de pellets

Unidad

17

67225379

Equipo para planchar pieles

Unidad

18

67227531

Monocular de visión diurna y nocturna

Unidad

19

67228300

Flujometro digital de estabilidad Marshall

Unidad

20

67229443

Sistema de inspección de carga y vehículos

Unidad

21

67500625

Despulpador de fruta

Unidad

22

67647867

Grúa para estudio de televisión

Unidad

23

67820949

Carrito alegórico

Unidad

24

67829945

Vehículo utilitario

Unidad

25

81222640

Canal de retorno de balas

Unidad

26

81226260

Juego de sensor de partida

Unidad

27

81229915

Sistema de cronometraje electrónico

Unidad

28

81229920

Soporte de garrocha

Unidad

29

81229921

Soporte de varillas

Unidad

30

81640180

Banco pliometrico

Unidad

31

95221128

Bloqueador de escritura portátil de puerto USB

Unidad

32

95221129

Bloqueador de escritura portátil de puerto de discos tipo ide/sata

Unidad

33

95223112

Equipo especializado en la obtención de imágenes para análisis forense

Unidad

34

95223113

Equipo especializado duplicador que permite realizar imágenes forense o copias bit a bit

Unidad

35

95224510

Generador de imágenes forense portátil

Unidad

36

95225816

Pantalla led

Unidad

1904137-1