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Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayran

Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayran

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayran, mediante Oficio N° 284-2020-MDSFC/A, recibido el 16 de noviembre de 2020)

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 013-2019-MDSFC

Cayrán, 30 de diciembre del 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN FRANCISCO DE CAYRAN

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN

FRANCISCO DE CAYRAN

Visto: el Informe Nº 035-2019-MDSFC/PP suscrito por Lesly Briyitt Alvarez Laguna, Responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 35-2019MDSFC/AL/BEVC, de fecha 27 de diciembre de 2019, suscrito por la Asesora legal; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Artículo VIII de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio.

Que, numeral 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa.

Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en cuyo artículo 6º considera los criterios para su diseño organizacional, considerando entre los más importantes: a) Estrategia y prioridades institucionales, y b) Bienes y servicios que presta, evaluando el nivel de cobertura y demanda, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal. Así también en su artículo 43 Conceptualiza al Reglamento de Organización de Funciones-ROF, como: ”Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; de las funciones específicas de sus unidades de organización, así como su dependencia”. Así también en su artículo 46 estable el procedimiento para la modificación del Organigrama como del Reglamento de Organización de Funciones, al cual nos hemos acogido y tomado en consideración lo dispuesto por el DECRETO SUPREMO Nº 131-2018-PCM, que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM,

Que, mediante la Ordenanza Nº 01-2015-MDSFC, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayrán y con la Ordenanza Nº 002-2015-MDSFC, de fecha 14 de enero de 2015, se aprobó el Manual de organización y Funciones (MOF), La Estructura Orgánica y el Organigrama y en la misma ordenanza aprueban el Cuadro de Asignación Personal de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayrán. Instrumentos de Gestión que vienen cumplimiento su finalidad, sin embargo, dadas las nuevas políticas del Estado y normatividad en esta materia que busca la modernización del Estado, se hace necesario modificar el Reglamento de Organización y Funciones de nuestra Entidad, de tal manera que se adecue a la realidad actual de nuestra Entidad y con ello optimizando los servicios administrativos a favor de una comuna moderna y con un prestación eficaz a favor de la población usuaria.

Que, con Oficio Nº 414-2019-MPHCO/EXT, el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huánuco, notifica el INFORME DE ORIENTACIÓN DE OFICIO Nº 017-2019-OCI/0401-SOO, donde recomienda al titular de la Entidad adoptar las acciones administrativas respecto a los documentos de gestión los cuales podrían afectar la continuidad del proceso de gestión administrativa. Ante ello la Gerencia Municipal emite el INFORME Nº 133-2019-MDSFC/GM, donde recomiendo al implementación de un plan de acción para corregir las situaciones adversas contenidas en Informe de Orientación de Oficio y dentro de este plan se propone dejar sin efecto la Ordenanza Nº 002-2015-MDSFC y adoptar las acciones correctivas y con ello se comunica con el Órgano de Control Interno con el OFICIO Nº 289-2019MDSFC/A.

Que con INFORME Nº 26-2019-MDSFC/BEVC, la Asesora Legal de nuestra entidad, advierte la necesidad de la actualización de los documentos de gestión dado que no se encuentran actualizados a la realidad funcional de la Entidad de dada Unidad o Área. Ante esta advertencia de Asesoría Legal se emite el INFORME Nº 033-2019-MDSFC/PP, de fecha 06 de diciembre de 2019, el responsable de Planeamiento y Presupuesto emite informe técnico que sustenta la necesidad de la modificación del Reglamento de Organización de Funciones.

Que con OFICIO Nº 028-RENDRE/GG, la empresa RENDRE PRAXIS & EXPERTISE CONTRATISTAS GENERALES SAC, presenta el Reglamento de organización y Funciones y el organigrama de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayrán, para su revisión. Frente al documento presentado por la Consultora se emite el INFORME Nº 035-2019-MDSFC/PP, de fecha 09 de diciembre de 2019, el responsable de Planeamiento y Presupuesto, donde se sustenta la modificación del ROF y de la estructura orgánica, se justifica la necesidad, el análisis de la racionalidad en todos sus niveles organizacionales, la sustenta la justificación técnica y legal, como el análisis de no duplicidad de funciones y el sustento presupuestal para la implementación de la modificación de la estructura orgánica y bajo la causal establecida por el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 del Decreto Supremo 054-2018-PCM.

Que, la propuesta de Modificación del Reglamento de Organización de Funciones – ROF, se sustenta mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, amparados en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y establece que las normas referidas a organización del Estado requieren de la opinión técnica previa de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; de acuerdo a ello, se sustenta que la Modificación del Reglamento y Organización de Funciones de esta Corporación Edil, va en concordancia con el artículo 46,”Aprobacion o Modificación del ROF”, y artículo 48º “contenido del informe técnico por modificación parcial”, donde en el Inciso 48.1 “Cuando la modificación parcial reasigna o modifica funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica, el Informe Técnico que sustenta la propuesta del ROF, contiene los literales b) ( y c) de la segunda sección a los que se refiere el artículo 47º; b. Identificación y justificación técnica y legal de las funciones sustantivas asignadas a los órganos de la entidad, c. Análisis de no duplicidad de funciones. Se verifica que las funciones específicas de las unidades de organización de la entidad no se repiten entre sí ni con las de otras entidades que realizan funciones o actividades similares. Así también cumple con las exigencias establecidas por el Decreto Supremo Nº131-2018-PCM, con mayor razón que se cuenta con el sustento técnico legal de tal modo se verifica de los informes técnicos que sustentan la presente ordenanza

Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores asistentes a la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2019, y con la Dispensa de la Lectura del Acta y aprobación para ejecutar los acuerdos; se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION

DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DE CAYRAN

Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la misma que consta de ciento ochenta (180) Artículos, ordenados en ocho (08) Títulos, ocho (08) Capítulos, Ocho (08) Disposiciones Complementarias, Dos (02) Disposiciones Transitorias y Dos (02) Disposiciones Finales; la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayran, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 001-2015-MDSFC y la Ordenanza Nº 002-2015/MDSFC, de fecha 14 de enero de 2015 y sus modificatorias; así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, tomar las acciones necesarias para la adecuación e implementación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, a la Estructura Orgánica y Organigrama aprobado con la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el mural como en la página web institucional la publicación de la Ordenanza y el íntegro del ROF, así como en la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

POR LO TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase

ROLANDO JUAN DOMINGUEZ PRESENTACIÓN

Alcalde

1903504-1