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Modifican la Res. N° 267-2020-CU-R de la Universidad Nacional de Ucayali

Modifican la Res. N° 267-2020-CU-R de la Universidad Nacional de Ucayali

UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI

RECTORADO

RESOLUCIÓN N° 368-2020-UNU-R

Pucallpa, 4 de noviembre de 2020.

VISTO, el acuerdo de sesión extraordinaria de 11 de Marzo de 2020; la Resolución N° 267-2020-UNU-CU-R, del 11 de Marzo de 2020 y la Invitación del 14 de Octubre vía correo electrónico; y;

CONSIDERANDO:

Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario del 11 de Marzo de 2020, se AUTORIZO EL VIAJE AL EXTERIOR del señor Rector DR. CARLOS ENRIQUE FACHIN MATTOS, en calidad de Titular de esta Casa Superior de Estudio, del Dr. PEDRO JULIAN ORMEÑO CARMONA en calidad de Vicerrector Académico, del Dr. JULIO CESAR PASTOR SEGURA en calidad de Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables y del Dr. JORGE LUIS HILARIO RIVAS en calidad de Director General del CEPREUNU de esta Casa Superior de Estudios a fin de participar en la VISITA PROTOCOLAR Y ACADEMICA, Y MOVILIDAD DOCENTES A LA FUNDACION UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES – COLOMBIA, del 21 al 29 de marzo de 2020 en el país de Colombia, y

Que, con la Resolución N° 267-2020-UNU-CU-R, del 11 de marzo de 2020, se oficializó el acuerdo a que se contrae el considerando anterior;

Que, por DECRETO SUPREMO N° 044-2020-PCM, se establece la cuarentena en Perú, denominada «aislamiento social obligatorio», cuya medida de contención fue establecida por el Gobierno Peruano el domingo 15 de marzo de 2020, debido al número creciente de casos de COVID-19 durante la pandemia de enfermedad por coronavirus en 2020. Esta medida fue anunciada junto con el «Estado de emergencia», que impuso el cierre total de las fronteras y el transporte, entrando en vigor el día lunes 16 de marzo de 2020 desde las 00:00 Hrs. (UTC-5). , lo que motivó la suspensión del evento submateria.

Que, la Corporación Autónoma Iberoamericana para el Desarrollo del Talento Humano “CORIBEROAMERICA”, a través de su Directora de Convenios LEILA YANETH THALJI RAVELO-Colombia, vía correo electrónico comunica la invitación a los representantes de esta Casa Superior de Estudios, para visitar sus Universidades e instalaciones respecto de la Alianza Estratégica promovido por dicha organización; para lo cual se requiere sus presencia del 25 al 30 de Noviembre de 2020 en la ciudad de Bogotá y Medellín-Colombia; quedando modificado de este modo la invitación primigenia que dio lugar al acuerdo y resolución descritos en los considerados anteriores; por lo que resulta necesario actualizar los trámites administrativos con dicho fin;

Que, con Memorando N° 226-2020-UNU-R, de fecha 30 de Octubre de 2020, el Rectorado dispone que la Dirección General de Planificación y Presupuesto expida las certificaciones presupuestales para viáticos y pasajes nacional internacional, inscripción del evento, para los asistentes, señalando como fecha de partida de la ciudad de Pucallpa el día 21 y con retorno el 03 de Diciembre de 2020.

Que, con Memorando N° 232-2020-R, de fecha 04 de Noviembre de 2020, el Rectorado remite las Certificaciones de Crédito Presupuestario 332, 334, 335 y 336-2020, para la asistencias al evento que se describe en el Tercer considerando, para la emisión de resolución autorizando el viaje nacional e internacional y su publicación en el diario Oficial El Peruano, cuyo detalle presupuestal se describe en el presente documento;

Que, el Artículo 128.16 del Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali, expresa: “Celebrar convenios con universidades extranjeras, organismos gubernamentales, internacionales u otros sobre investigación científica y tecnológica, así como otros asuntos relacionados con las actividades de la Universidad”;

Que, el Artículo 129° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali, expresa: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la Ley N° 30220 y del Estatuto de la UNU“;

Que, estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria N° 30220 y por el Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali;

SE RESUELVE:

Artículo 1°: MODIFICAR, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, la Resolución N° 267-2020-CU-R, de fecha 11 de marzo de 2020, respecto de las fechas que se describen como inicio y retorno del viaje al País de Colombia; y respecto de los montos asignados por concepto de pasajes y viáticos por cada servidor, en la forma que se describe en la siguiente artículo de las presente resolución.

Artículo 2°: ACTUALIZAR la autorización, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, el VIAJE AL EXTERIOR del señor Rector DR. CARLOS ENRIQUE FACHIN MATTOS, en calidad de Titular de esta Casa Superior de Estudio, del Dr. PEDRO JULIAN ORMEÑO CARMONA en calidad de Vicerrector Académico, del Dr. JULIO CESAR PASTOR SEGURA en calidad de Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables y del Dr. JORGE LUIS HILARIO RIVAS en calidad de Director General del CEPREUNU de esta Casa Superior de Estudios a fin de participar en la VISITA PROTOCOLAR Y ACADEMICA, Y MOVILIDAD DOCENTES A LA FUNDACION UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES – COLOMBIA, del 21 de Noviembre 2020 al 03 de Diciembre de 2020 en el país de Colombia, cuyo detalle presupuestal es conforme al siguiente detalle:

Certificación Crédito Presupuestario N° 332-2020 del 03 de noviembre de 2020

Concepto: Pasajes y viáticos nacional e internacional – Dr. Carlos Enrique Fachin Mattos

Partida presupuestaria de gasto:

- 2.3.2.1.2.1. Pasajes y gastos de transporte - Nacional

S/. 618.00

- 23.21.22. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Nacional

S/. 760.00

- 2.3.2.1.1.1. Pasajes y gastos de transporte – Internacional

S/. 2,178.00

- 2.3.2.1.1.2. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Internacional

S/. 9,402.00

Total,

S/. 12,958.00

Certificación Crédito Presupuestario N° 334-2020 del 03 de noviembre de 2020

Concepto: Pasajes y viáticos nacional e internacional – Dr. Pedro Julián Ormeño Carmona

Partida presupuestaria de gasto:

- 2.3.2.1.2.1. Pasajes y gastos de transporte - Nacional

S/. 618.00

- 23.21.22. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Nacional

S/. 760.00

- 2.3.2.1.1.1. Pasajes y gastos de transporte – Internacional

S/. 2,178.00

- 2.3.2.1.1.2. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Internacional

S/. 9,402.00

Total,

S/. 12,958.00

Certificación Crédito Presupuestario N° 336-2020 del 03 de noviembre de 2020

Concepto: Pasajes y viáticos nacional e internacional – Dr. Julio Cesar Pastor Segura

Partida presupuestaria de gasto:

- 2.3.2.1.2.1. Pasajes y gastos de transporte - Nacional

S/. 618.00

- 23.21.22. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Nacional

S/. 760.00

- 2.3.2.1.1.1. Pasajes y gastos de transporte – Internacional

S/. 2,178.00

- 2.3.2.1.1.2. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Internacional

S/. 9,402.00

Total,

S/. 12,958.00

Certificación Crédito Presupuestario N° 335-2020 del 03 de noviembre de 2020

Concepto: Pasajes y viáticos nacional e internacional – Dr. Jorge Luis Hilario Rivas

Partida presupuestaria de gasto:

- 2.3.2.1.2.1. Pasajes y gastos de transporte - Nacional

S/. 618.00

- 23.21.22. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Nacional

S/. 760.00

- 2.3.2.1.1.1. Pasajes y gastos de transporte – Internacional

S/ 2,178.00

- 2.3.2.1.1.2. Viáticos y asignación por comisión de servicio – Internacional

S/. 9,402.00

Total,

S/. 12,958.00

Artículo 3°: ENCARGAR, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario al Vicerrector de Investigación Dra. Teresa de Jesús Elespuro Najar el despacho del Rectorado y del Vicerrectorado Académico, mientras dure la ausencia de los Titulares.

Artículo 4°: DISPONER, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, que a la Dirección General de Administración PUBLIQUE la presente resolución en El Diario Oficial El Peruano de conformidad con las normas vigentes.

Artículo 5°: PUBLICAR, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, que se publiquen la presente resolución en la Página Web Institucional de la Universidad Nacional de Ucayali.

Artículo 6°: REMITIR, la presente resolución a las autoridades de esta Casa Superior de Estudios, a la Dirección General de Administración, interesados y demás dependencias pertinentes de la Universidad Nacional de Ucayali.

Regístrese, comuníquese y archívese.

CARLOS ENRIQUE FACHIN MATTOS

Rector

1903365-1