FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 383-2020-PRODUCE
A solicitud del Ministerio de la Producción, se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 383-2020-PRODUCE, publicada en la edición del día 8 de noviembre de 2020.
En el epígrafe del artículo 2:
DICE:
“Artículo 2.- Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Segunda Temporada de Pesca 2019 de la Zona Norte–Centro del Perú”.
DEBE DECIR:
“Artículo 2.- Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Segunda Temporada de Pesca 2020 de la Zona Norte–Centro del Perú”.
En el sub literal a.6. del literal A) del artículo 5:
DICE:
“a.6. Informar de inmediato, a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, así como a las autoridades pertinentes, en caso alguno de los trabajadores sea diagnosticado con alguna de las morbilidades que lo determine dentro de los grupos de riesgo contemplados en los “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados con la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA, o cumplan los 60 o más años de edad”.
DEBE DECIR:
“a.6. Informar de inmediato, a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, así como a las autoridades pertinentes, en caso alguno de los trabajadores sea diagnosticado con alguna de las morbilidades que lo determine dentro de los grupos de riesgo contemplados en los “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados con la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA, o tengan una edad mayor a 65 años”.
1901687-1