Autorizan transferencia financiera del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú a favor de la Contraloría General para la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº D000066-2020-IRTP-PE
Lima, 14 de octubre de 2020
VISTO: El Oficio Nº 00314-2020-CG/GAD de fecha 01 de octubre 2020 de la Contraloría General de la República y el Informe Nº D000166-2020-IRTP-OPP de fecha 13 de octubre de 2020 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del IRTP.
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fiscal 2020; y mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº D000120-2019-IRTP de fecha 27 diciembre del 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al año Fiscal 2020, del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP.
Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del sistema nacional de Control y de la contraloría General de República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la república para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y de la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Las transferencias financieras se a prueban mediante resolución de titular del pliego en el caso del Gobierno nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del IRTP. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial el peruano;
Que, es atribución de la Contraloría General de la República, la designación y contratación de la sociedad de auditoría, que examinara los estados financieros y presupuestarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP correspondiente a los periodos 2019 y 2020;
Que, a efectos de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 30742 para el periodo 2019-2020, mediante Resolución de Contraloría Nº 469-2019-CG, establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas.
Que, dentro del contexto antes señalado, indican que se tiene programado iniciar en el presente año fiscal las convocatorias públicas de méritos para la designación de sociedades de auditoria, mediante el Oficio Nº 000314-2020-CG/GAD la Contraloría General de la República solicita al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, efectuar la transferencia de recursos por el importe de S/ 108 097,00 (Ciento ocho mil noventa y siete y 00/100 soles), que incluye el impuesto general a las ventas, indicando excepcionalmente y dentro del plazo otorgado el IRTP podrá efectuar la transferencia del 50 % de la retribución económica y el otro 50% deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional del año 2021, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en enero del año 2021.
Que, mediante el Informe Nº D001175-2020-OPP-LFE, el Especialista en Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 54 048.50, que incluye el impuesto general a las ventas en el marco de lo establecido en la Ley 30742 y la Resolución de Contraloría Nº 469-2019-CG; por cuanto en el Presupuesto Institucional del Pliego 116: IRTP, por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada transferencia. Por otro lado, se evidencia que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para el financiamiento del otro 50% a favor Contraloría General de la República, para lo cual mediante el Informe Nº D000166-2020-IRTP-OPP se indica la correspondiente previsión presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con cargo al presupuesto institucional del año 2021.
Que, en atención las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visto de la Gerencia General, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica del IRTP; y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y a lo indicado en nuestras normas de creación, decreto legislativo Nº 829 y en uso de las facultades previstas en el Decreto Supremo Nº 006-2018-MC, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República.
Autorizar a la transferencia financiera del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, hasta por la suma de S/ 54 048.50, a favor del Pliego 019: Contraloría General en el marco de lo establecido artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la república, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2º.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto institucional del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta 00000029, especifica de gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 54 048.50.
Artículo 3º.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1º de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Publicación y difusión
Encargar a la Oficina de Administración, comunicar a la Contraloría General de República, la ejecución de la transferencia realizada y a la Oficina de Informática y Estadística publicar la presente Resolución en el portal institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EDUARDO FERNANDO GUZMAN ITURBE
Presidente Ejecutivo
1900400-1