Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP

Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP

Resolución Ministerial

N° 222-2020-MINAM

Lima, 4 de noviembre de 2020

VISTOS; el Memorando Nº 01102-2020-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00362-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 00499-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; se expide la Resolución Ministerial N° 406-2019-MINAM, mediante la cual se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por toda fuente de financiamiento;

Que, a través del numeral 10.2 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor del Ministerio del Ambiente, con cargo a la Reserva de Contingencia, hasta por la suma de S/ 10 039 000,00 (DIEZ MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL 00/100 SOLES), para que, de manera excepcional, se puedan realizar contrataciones de bienes y servicios para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados en el ámbito de Lima y Callao, a requerimiento del Ministerio de Salud y gobiernos locales, para ser destinado a la prevención del COVID-19, durante el año fiscal 2020;

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 057-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el marco de la atención de la Emergencia Sanitaria por los efectos del Coronavirus (COVID-19) y dicta otras disposiciones, se modifica el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, autorizando al Ministerio del Ambiente, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2020, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, hasta por el monto de S/ 4 496 709,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES);

Que, posteriormente, con la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 127-2020, se autoriza al Ministerio del Ambiente, durante el Año Fiscal 2020, para realizar transferencias financieras a favor de los pliegos presupuestarios del Sector Ambiente, hasta por la suma de S/ 4 243 841,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de intervenciones o inversiones prioritarias sectoriales establecidas por el Titular del Sector Ambiente, con cargo a los montos no ejecutados de los recursos autorizados en el numeral 10.2 del artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 026-2020 y sus modificatorias;

Que, la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 tiene un impacto negativo en el cumplimiento de algunos objetivos estratégicos de las instituciones públicas, entre ellas, las que forman parte del Sector Ambiente, y como consecuencia de ello, se ha producido, la suspensión de actividades vinculadas a la ejecución de intervenciones o inversiones, motivo por el cual, se requiere dotar de recursos que permitan su adecuación y continuación. Por ello las transferencias financieras a las que se hace referencia en el Decreto de Urgencia N° 127-2020, impulsan la ejecución de intervenciones priorizadas que además contribuyen a la reactivación económica del país;

Que, por medio del Oficio Nº 124-2020-SERNANP-GG, la Gerencia General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP en atención al Informe N° 269-2020-SERNANP-OPP emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP, sustenta el pedido de una demanda adicional de recursos por el monto de S/ 2 308 441,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la Genérica del Gasto 2.6: Adquisición de Activos no Financieros, señalando que el financiamiento de la intervención e inversiones prioritarias de dicho Pliego permitirá el cumplimiento de algunos objetivos estratégicos y se realizarán conforme al siguiente detalle:

- CUI 2195129: Mejoramiento del servicio de atención al público en temas de conservación de la biodiversidad y desarrollo sostenible de las ANP en la sede administrativa Loreto del SERNANP, distrito de Iquitos, provincia de Maynas – Loreto, por el monto de S/ 1 428 160,00.

- CUI 2195131: Mejoramiento del servicio de belleza escénica y paisajística de las áreas naturales protegidas del Parque Nacional Tingo María, Parque Nacional Yanachaga Chemillén, Reserva Nacional de Junín, Santuario Histórico Chacamarca y Santuario Nacional de Huayllay, la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; las provincias de Oxapampa y Pasco del departamento de Pasco y las provincias de Junín y Tarma del departamento de Junín, por el monto de S/ 11 000,00.

- CUI 2150008: Reforestación con especies nativas con fines de recuperación de áreas degradadas y conservación en el Santuario Histórico Machupicchu, distrito de Machupicchu - provincia de Urubamba - departamento del Cusco, por el monto de S/ 127 950,00.

- CUI 2172424: Mejoramiento del servicio de gestión en las sedes administrativas de la ANP Santuario Histórico Machupicchu, Parque Nacional Manu y subsede administrativa enlace territorial sur, asociación pro vivienda ingenieros Larapa Grande, provincia de Cusco, por el monto de S/ 356 130,00.

- CUI 2251102: Mejoramiento del servicio de belleza escénica y paisajística de las áreas naturales protegidas del Parque Nacional Cerros de Amotape, Santuario Nacional los Manglares de Tumbes, Santuario Histórico Bosque de Pómac y Refugio de vida silvestre Laquipampa, de las provincias de Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes, y la provincia de Ferreñafe del departamento de Lambayeque, por el monto de

S/ 5 000,00.

- CUI 2498044: Adquisición de cuatrimoto, deslizador y vehículo aéreo no tripulado - DRONE; en el(la) ámbito de control azul de la Reserva Nacional Tambopata distrito de Inambari, provincia Tambopata, departamento Madre de Dios, por el monto de S/ 300 537,00.

- CUI 2498051 Adquisición de motocicleta; en el(la) ámbito de control Otorongo del ANP Reserva Nacional Tambopata distrito de Inambari, provincia Tambopata, departamento Madre de Dios, por el monto de S/ 21 798,00;

- Intervención en la actividad 5000276: Gestión del Programa, del producto 3000001: Acciones comunes, por el monto de S/ 57 866,00.

Que, la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, conforme a la información contenida en el Memorando N° 00223-2020-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración, ha aprobado la Certificación de Crédito Presupuestario N° 00000000642 por la suma de S/ 2 308 441,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), el cual garantiza que se cuenta con los recursos presupuestales disponibles y libres de afectación para que se autorice la transferencia financiera a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, con cargo a la Meta 106, Categoría Presupuestal 9002: Acciones Presupuestales que no resultan en productos (APNOP), Actividad: 5000406: Administración Financiera, Genérica 2.4: Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente;

Que, mediante el Memorando N° 01102-2020-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en atención al Informe N° 00362-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable para efectuar la transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 2 308 441,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Especifica de Gastos 2.4.2.3.1.1: A otras unidades del Gobierno Nacional, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP;

Que, con Informe N° 00499-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 2 308 441,00 a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 127-2020, y el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia financiera

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/ 2 308 441,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, para atender el financiamiento de las intervenciones e inversiones prioritarias, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo

La Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KIRLA ECHEGARAY ALFARO

Ministra del Ambiente

1900413-1