Aprueban Reglamento para la Verificación de Firmas - Tercera Versión
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000170-2020/JNAC/RENIEC
Lima, 20 de octubre de 2020
VISTOS: Los Memorandos Nº 000370-2019/GRE/RENIEC (25MAR2019), Nº 000018-2020/GRE/RENIEC (07ENE2020), Nº 000390-2020/GRE/RENIEC (24JUL2020) y Nº 000455-2020/GRE/RENIEC (01SET2020) y la Hoja de Elevación Nº 000300-2019/GRE/RENIEC (27SET2019) de la Gerencia de Registro Electoral; la Hoja de Elevación Nº 000082-2019/GRE/SGVFATE/RENIEC (21MAR2019) y los Informes Nº 000032-2019/GRE/SGVFATE/RENIEC (21MAR2019), Nº 000002-2020/GRE/SGVFATE/RENIEC (03ENE2020), Nº 000045-2020/GRE/SGVFATE/RENIEC (21JUL2020), Nº 000101-2019/GRE/SGVFATE/RENIEC (27SET2019) y Nº 000055-2020/GRE/SGVFATE/RENIEC (30AGO2020) de la Sub Gerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral de la Gerencia de Registro Electoral; la Hoja de Elevación Nº 000232-2019/GPP/RENIEC (16OCT2019) y los Memorandos Nº 004681-2019/GPP/RENIEC (06DIC2019), Nº 000150-2020/GPP/RENIEC (20ENE2020), Nº 001391-2020/GPP/RENIEC (12AGO2020) y Nº 001691-2020/GPP/RENIEC (14SET2020) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 000307-2019/GPP/SGRM/RENIEC (16OCT2019), Nº 000349-2019/GPP/SGRM/RENIEC (06DIC2019), Nº 000028-2020/GPP/SGRM/RENIEC (20ENE2020), Nº 000180-2020/GPP/SGRM/RENIEC (12AGO2020) y Nº 000221-2020/GPP/SGRM/RENIEC (14SET2020) de la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 000025-2020/GAJ/SGAJR/RENIEC (27ENE2020), Nº 000259-2020/GAJ/SGAJR/RENIEC (27AGO2020) y Nº 000281-2020/GAJ/SGAJR/RENIEC (21SET2020) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 000893-2020/GAJ/RENIEC (27AGO2020) y las Hojas de Elevación Nº 000070-2020/GAJ/RENIEC (27ENE2020) y Nº 000404-2020/GAJ/RENIEC (21SET2020) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;
Que el artículo 4º de la Ley Nº 28716 “Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, señala que las entidades del Estado deben incorporar obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales;
Que atendiendo a lo expresado, se tiene que la dinámica institucional ha llevado a que se efectúen modificaciones a la estructura orgánica y al Reglamento de Organización y Funciones institucional, por lo cual se hace imperiosa la necesidad de adecuar los documentos normativos, los cuales se consideran que deben ser ajustados acorde a la operatividad y el logro de las metas y objetivos institucionales;
Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas;
Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Registro Electoral, en virtud de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias, propone el Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Tercera Versión, el cual tiene como objetivo establecer los lineamientos y pautas para el adecuado desarrollo del procedimiento de verificación de firmas -o impresiones dactilares- de listas de adherentes presentadas por los ciudadanos que, en virtud del ejercicio de sus derechos de participación y control ciudadano que la Constitución y el ordenamiento jurídico les reconocen, requieren como acto previo la comprobación de firmas de los adherentes al derecho que promueven; así como de las fichas de afiliados y actas de constitución de comités originales remitidas por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas en ceñimiento a las obligaciones establecidas en el convenio celebrado con el Jurado Nacional de Elecciones y su adenda;
Que a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto sobre la base de lo informado por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización, indica que el proyecto de Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Tercera Versión, se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI-200-GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC”, Sexta Versión, aprobada por Resolución Secretarial Nº 000055-2017/SGEN/RENIEC (28AGO2017); recomendando que, previamente se deje sin efecto el Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Segunda Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000005-2018-JNAC/RENIEC (12ENE2018);
Que conforme lo establecido en la Directiva DI-200-GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de Documentos Normativos del RENIEC”, Sexta Versión, aprobada mediante Resolución Secretarial Nº 000055-2017-SGEN/RENIEC (28AGO2017), previo a la aprobación del documento normativo propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, resulta necesario dejar sin efecto el Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Segunda Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000005-2018-JNAC/RENIEC (12ENE2018);
Que en ese contexto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los documentos de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Tercera Versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural, para lo cual indica, que previamente deberá dejarse sin efecto, por acto administrativo pertinente, el Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Segunda Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000005-2018-JNAC/RENIEC (12ENE2018);
Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y,
Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso j) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias; y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009), modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Segunda Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000005-2018-JNAC/RENIEC (12ENE2018).
Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento RE-211-GRE/001 “Reglamento para la Verificación de Firmas” - Tercera Versión, propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, que en anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
1899550-1