Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ferreñafe departamento de Lambayeque

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque

Resolución Nº 0413-2020-JNE

Expediente Nº JNE.2020032309

FERREÑAFE - LAMBAYEQUE

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, veintiocho de octubre de dos mil veinte

VISTO el Oficio Nº 036-2020-MPF/GSG, recibido el 28 de octubre de 2020, a través del cual Ana Lucía de Jesús Vidaurre Ruiz, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado debido a la declaratoria de vacancia de Beder Amadeo Soplapuco Purizaca, regidor de la citada comuna, por la causal de muerte, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Mediante Oficio Nº 036-2020-MPF/GSG, recibido el 28 de octubre de 2020, Ana Lucía de Jesús Vidaurre Ruiz, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado debido a la declaratoria de vacancia de Beder Amadeo Soplapuco Purizaca, regidor de la citada comuna, por la causal de muerte, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), a fin de que se convoque al suplente respectivo que corresponde conforme a ley.

Dicha solicitud se sustenta en la declaratoria de vacancia aprobada por el Concejo Provincial de Ferreñafe, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 052-2020-CMPF, de fecha 23 de octubre de 2020. Asimismo, al citado pedido, se adjuntó copia certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, además del comprobante de pago.

CONSIDERANDOS

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

2. Por ello, la Resolución Nº 539-2013-JNE, de fecha 6 de junio de 2013, también ha considerado que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio contra la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos.

3. En ese sentido, al estar acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del Acta de Defunción, y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el Acuerdo de Concejo Nº 052-2020-CMPF, de fecha 23 de octubre de 2020, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Beder Amadeo Soplapuco Purizaca y convocar al suplente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM.

4. Por consiguiente, para completar el número de regidores, corresponde convocar a Jessica Evelin García Inoñan, identificada con DNI Nº 41163610, candidata no proclamada de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ferreñafe.

5. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de fecha 16 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

6. Finalmente, se señala que la notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Beder Amadeo Soplapuco Purizaca como regidor del Concejo Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jessica Evelin García Inoñan, identificada con DNI Nº 41163610, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal.

Artículo Tercero.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

SANJINEZ SALAZAR

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

1899808-1