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Lima, 30 de octubre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 029-2016-CG de fecha 08 de febrero de 2016, se designó a la señora María Laura Ramírez Rodríguez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Defensoría del Pueblo;
Que, el numeral 7.2.4 de la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, vigente a la fecha, establece que la designación de los Jefes de Órganos de Control Institucional termina por la ocurrencia de los hechos siguientes: a) Advertirse alguna situación sobreviniente que no le permitan continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.4.1 de dicha Directiva; b) Por renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; y, c) Por razones de interés institucional de la Contraloría General de la República, para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;
Que, en ese sentido, por razones de interés institucional resulta pertinente dar por concluida la designación de la señora María Laura Ramírez Rodríguez en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Defensoría del Pueblo;
Que, por lo señalado y en el marco de la normativa citada resulta por conveniente disponer las acciones necesarias respecto de la Jefatura del Órgano de Control Institucional de la entidad mencionada en el considerando precedente;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida a partir del 02 de noviembre de 2020, la designación de la señora María Laura Ramírez Rodríguez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Defensoría del Pueblo.
Artículo 2º.- Designar a partir del 02 de noviembre de 2020, al señor Ricardo Andrés Leiva Eyzaguirre, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Defensoría del Pueblo.
Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información, adopten las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe). Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
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