Modifican el formato del Anexo Nº 2 - Acta de Supervisión Ambiental, del Reglamento de Supervisión Ambiental
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 12-2020-MDL
Lince, 26 de octubre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LINCE
VISTOS: El Informe Nº 150-2020-MDL-GGA, de fecha 15 de octubre del 2020, de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Informe Nº 308-2020-MDL-GAJ, de fecha 23 de octubre de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 73º numeral 3, apartado 3.1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales en materia de protección y conservación del ambiente formulan, aprueban, ejecutan y monitorean los planes y políticas ambientales, en concordancia con las políticas, normas u planes regionales, sectoriales y nacionales;
Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: “el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía”. Asimismo, el artículo 42º de la norma citada prescribe que: “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 26-2016-OEFA/CD, de fecha 07 de diciembre de 2016, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), incorpora el Plan de Implementación de Instrumentos Legales, y considera el Reglamento de Supervisión Ambiental y el Procedimiento para la Atención de Denuncias ambientales, como instrumentos legales necesarios para el desempeño de las funciones de fiscalización ambiental de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) de nivel local;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2018-MDL, de fecha 23 de febrero de 2018, se aprobó el Reglamento de Supervisión Ambiental y el Procedimiento para la Atención de Denuncias Ambientales, para el distrito de Lince;
Que, mediante Informe Nº 150-2020-MDL-GGA, de fecha 15 de octubre de 2020, la Gerencia de Gestión Ambiental, propone la modificación del Anexo Nº 2 - Acta de Supervisión Ambiental, del Reglamento de Supervisión Ambiental, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2018-MDL, a fin de tener una mejora de la Ecoeficiencia Institucional y Control Interno;
Que mediante Informe Nº 308-2020-MDL/GAJ, de fecha 23 de octubre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la modificación del Acta de Supervisión Ambiental;
Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 6) del artículo 20º de la ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR, el formato del Anexo Nº 2 - Acta de Supervisión Ambiental, del Reglamento de Supervisión Ambiental, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2018-MDL, que se anexa y forma parte del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Gestión ambiental y Subgerencia de Operaciones Ambientales, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, conforme a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
VICENTE AMABLE ESCALANTE
Alcalde
1898130-1